- El amparo colectivo protege a todo un sector poblacional, en este caso, todos los usuarios de camión que se ven afectados económicamente por el incremento en la tarifa son los que podrían verse beneficiados en caso de ser otorgado el amparo
- Las autoridades tendrán que justificar el porqué del incremento en el costo del camión, si el juzgador no cree que los argumentos sean suficientes, el amparo sería concedido en pro de los usuarios
El 29 de enero el Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG) emitió un amparo colectivo a través de la firma de cinco personas, con la finalidad de que la autoridad pertinente, en este caso el Gobierno del Estado, justifique el aumento de dos pesos en la tarifa del transporte público urbano, lo cual puede considerarse como una forma de violencia económica para aquellos que no tienen suficiente solvencia financiera. Julio César Esparza Hernández, expresidente de la Barra de Abogados de Aguascalientes, explicó que los amparos colectivos son una herramienta eficiente de justicia que busca acreditar el interés legítimo entendido desde un sector de la población que está siendo vulnerado: los usuarios que se ven verdaderamente afectados monetariamente por el “tarifazo”.
“El amparo colectivo no es para todo mundo. Debes de acreditar que perteneces a un sector vulnerable de la población”. Un ejemplo claro es el de los invidentes, si alguna persona con discapacidad visual no encuentra las condiciones que necesita y que por ley le atañen en la ciudad, como señalética en braille, rampas, etc., está siendo vulnerada como persona individual por su condición, sin embargo, no deja de pertenecer a un grupo de la sociedad minoritario, y es ahí cuando podría solicitarse, a través de una organización civil o de una persona que lidere, un amparo colectivo al Poder Legislativo Federal y así no sólo ayudarse en lo individual, sino que también protegería al sector poblacional del que forma parte.
En este caso es el OVSG la organización por la cual el amparo será tramitado y este se encuentra abierto en línea para que se puedan registrar más personas que se sientan identificados contra el incremento de la tarifa. El abogado señaló “no es lo mismo que tú resientas un acto de autoridad directamente a tu persona, que te afecte a ti directamente, porque ese sería un interés jurídico. El interés legítimo es acreditar que yo pertenezco a este sector de la población vulnerable, por lo tanto, a mí nombre y a nombre de este sector poblacional vulnerable es que acceso al juicio de amparo colectivo”.
Los amparos colectivos tienen la intención de mejorar las condiciones de ciertos sectores poblacionales y no necesita de un número específico de personas en él, sino que, se busca que todos los que acudan a esta herramienta acrediten su condición legítima para que sean beneficiados. El amparo personal sólo tiene efecto en quien lo presenta, pero el colectivo tiene la particularidad de que puede defender y abogar por todo un sector, explicó Julio Esparza Hernández.
El expresidente de la Barra de Abogados indicó que lo que el OVSG está haciendo es completamente viable y, en caso de que éste sí proceda, aquellos que usen el transporte público y que acrediten su legitimidad como vulnerados por el aumento en la tarifa podrían ser beneficiados con el acuerdo al que se llegue.
Dependiendo de la decisión del juzgador se sabrá si a los usuarios se les resarcirá económicamente o, incluso, se buscará hacer un revisión de la tarifa que, desde el 15 de diciembre del 2019, es de $9.50. El Gobierno del Estado tendrá que justificar el porqué de la alza en el costo del pasaje, con base en esos argumentos se dará a conocer si el amparo colectivo es concedido.