Comisión Ejecutiva del SEA: Recomendaciones NO vinculantes / Arcana Imperii - LJA Aguascalientes
16/04/2025

Una de las facultades que posee el Comité Coordinador del Sistema Nacional 

Anticorrupción, se encuentra la de emitir recomendaciones públicas no vinculantes 

con el objeto de garantizar la adopción de medidas dirigidas al fortalecimiento 

institucional para la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción, 

así como para mejorar el desempeño del control interno.

Secretaria Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción

 

Estimados Amigos invisibles, regreso con el tema del Sistema Estatal Anticorrupción -SEA-. Recuerde que, de conformidad con el artículo 7 de la Ley del SEA, está integrado por el Comité Coordinador -CC-, el Comité de Participación Ciudadana -CPC- y el Comité Rector del Sistema Estatal de Fiscalización y de la Plataforma Estatal Digital. Sin embargo, para la organización y funcionamiento de dicho sistema estará a cargo de la Secretaría Ejecutiva -tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del CC, así como de proveer los insumos y asistencia técnica para el desempeño de sus funciones-, misma que contará para dicho funcionamiento con: una Junta de Gobierno, un Secretario Técnico, la Comisión Ejecutiva y el Órgano de control Interno. Como Usted sabe, he sido un crítico del avance en la implementación del SEA, y por fin, a casi dos años de conformado, alguien tenía y debía comenzar a poner orden, en este caso fue la Comisión Ejecutiva del SEA.

Acuérdese que, la Comisión Ejecutiva -CE- es la encargada de generar los insumos técnicos necesarios para que el CC realice sus funciones. Esta CE está integrada por el Secretario Técnico y los 4 Comisionados que integran el CPC (con excepción de la Comisionada Presidenta actual). Las funciones de la CE están señaladas en el artículo 31 de la LSEA. Menciono lo anterior, ya que el pasado viernes 29 de noviembre la CE celebró su última Sesión Ordinaria del 2019, en dicha sesión el punto álgido a tratar fue la propuesta de Recomendaciones NO vinculantes. 


De conformidad con los artículos 21, fracción XV, el cual señala: “Proponer al CC, a través de su participación en la CE, la emisión de recomendaciones no vinculantes”, y el artículo 31, fracción VII manifiesta que: “Las recomendaciones no vinculantes que serán dirigidas a las autoridades que se requieran, en virtud de los resultados advertidos en el informe anual, así como los el informe de seguimiento que contenga los resultados sistematizados de la atención dada por las autoridades a dichas recomendaciones”.

Pues bien, para no marearlo más, en dicha sesión ordinaria la CE propuso nada menos que 30 recomendaciones no vinculantes, con el objetivo de que los entes públicos pongan en orden su normatividad interna, es decir, ajusten sus disposiciones normativas en diversos temas.

Ahora bien, las recomendaciones constituirán una enérgica solicitud del CC para que se brinde la adecuada atención a los entes públicos, con el fin de que logren el objetivo de prevenir, investigar y sancionar las faltas administrativas, así como, los posibles actos de corrupción. Por ello, las recomendaciones, son un medio idóneo que le permite ejercer las atribuciones a los órganos del SEA para la observancia de prevención de hechos de corrupción en los entes públicos. Deben ser el medio idóneo que le permite al SEA seguir y aplicar el objeto que marca el artículo 6 de la LSEA.

Aplaudo, celebro y me pongo de pie por esta iniciativa, sobre todo de dos de los integrantes de la Comisión Ejecutiva, el Comisionado Francisco Miguel Aguirre Arias y el Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva, Aquiles Romero González, principales artífices de las propuestas, para que los entes públicos pongan en orden su normatividad y, con ello, exista una homologación de criterios de dichos entes, para prevenir, investigar y sancionar las faltas administrativas, así como, los posibles actos de corrupción. De lo anterior, debemos exigir que en el informe que presentará la actual presidenta, presente el avance del trabajo en las Comisiones que conformaron dentro de la CE, es decir, que presenten a la ciudadanía el avance del trabajo que cada comisionado realizó durante el año que se reporta, por ejemplo: comisión de capacitación, comisión del sistema de denuncias públicas, comisión de la plataforma digital, por nombrar algunas.

Ahora bien, ¿qué ocurrirá si los entes públicos no acatan dichas recomendaciones? Esa es la pregunta fundamental. Lo único que solicitará el CC es que funden y motiven la respuesta a dicha recomendación, ¿Qué pasará si no cumplen con las modificaciones que presentará el CC del SEA?

Aquí es donde la ley debe contar con “dientes” como comúnmente se le conoce cuando se le otorgan facultades de sanción a una institución, como lo es el SEA. A manera de propuesta, se le debe de otorgar la facultad al CC de solicitar al Congreso del Estado, la comparecencia de aquellos titulares de las autoridades responsables que se nieguen a aceptar o cumplir con las recomendaciones que emita este organismo local. Lo anterior, otorga mayor fuerza para que se creen los mecanismos que permitan una eficiente lucha contra la impunidad y el combate a la corrupción en Aguascalientes.

Lo anterior, porque existen recomendaciones a los Poderes Legislativo y Judicial, organismos autónomos, Municipios e instituciones que integran el Poder Ejecutivo del Estado. Lo anterior, para cumplir con el principio de máxima publicidad en materia de transparencia, ante todo, para cumplir con la rendición de cuentas.

Los engranes del SEA comenzaron a aceitarse, es decir, que los órganos comienzan a funcionar a la par, y cada uno desde su trinchera, para que el SEA, ponga el ejemplo a seguir a nivel nacional. Estas acciones llevarán a generar la credibilidad y confianza institucional que necesita Aguascalientes para combatir los hechos de corrupción.

La siguiente etapa es que el CC en su sesión del 18 de diciembre, apruebe dichas recomendaciones para que los entes públicos emitan su respuesta fundada y motivada. El SEA y nosotros los ciudadanos debemos dar seguimiento de que entes públicos cumplen con dichas recomendaciones y cuáles no, sobre todo, ¿qué sucederá con los entes que incumplan estas encomiendas? 

Una vez aprobadas las recomendaciones por el CC, le traduciré a lenguaje ciudadano cada una de las recomendaciones, por si le interesa dar seguimiento, para que identifique el número de la recomendación, a quién va dirigida y lo que se le solicita.

Ya sabe, alguien lo tiene que decir. Para no dejar que unos lo hagan y otros lo permitamos.

 

politologouaa@gmail.com | @chazito14


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