Víctor Díaz de León Alcalá
La conjunción entre las materias de transparencia y electoral no sólo es importante sino que se antoja de suyo natural, ambas fueron demandas insistentes de la sociedad que despertaba a la alternancia, los organismos garantes de transparencia y públicos locales electorales, somos producto de reclamos sociales: de la democracia electiva a una democracia participativa. Esta misma razón provoca que, en los comicios, se retome a la máxima publicidad como principio fundamental del actuar del OPLE y característica de todo el ejercicio democrático de emisión del voto. Por esta razón, cuando en el ITEA se pensó en destacar las experiencias locales de buenas prácticas en materia de acceso a la información, inmediatamente se invitó al Instituto Estatal Electoral (IEE u OPLE).
Justamente el OPLE hidrocálido tiene clara la naturaleza del acceso a la información, por ello, por ejemplo, constituyó su Comité de Transparencia, buscando que estuviera conformado por la más alta jerarquía institucional: las y los consejeros electorales, además de la titular de la contraloría interna. Por otra parte, inicialmente la Unidad de Transparencia tuvo un origen de accesorio a las facultades de la Secretaría Ejecutiva, sin embargo, por su especialización y la profesionalización necesaria del personal que la integra, hoy en día se decidió transformarla para hacerla parte directa de la Presidencia del Consejo General y con ello dar mayor dinamismo y energía a sus necesidades y decisiones.
En el trabajo conjunto que hacen ITEA-IEE, se destaca un caso particular: las sanciones a los partidos políticos que no alcanzaron el 100% en la revisión de sus obligaciones públicas de transparencia. Efectivamente, el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes realizó su ejercicio de verificación censal con efectos vinculantes, respecto de la revisión del segundo semestre de 2017 y el primer trimestre de 2018. En su dictamen, el organismo garante local determinó que los partidos políticos Encuentro Social, de la Revolución Democrática, Nueva Alianza, Movimiento Ciudadano y del Trabajo incumplieron con ciertas obligaciones, sin embargo la ley general de transparencia, señala que se debe dar vista al OPLE, lo que, al establecer una dualidad de competencias, complica el cumplimiento.
A través de su Comisionado Presidente, el ITEA remitió las constancias del Dictamen de Sanción aprobado por los Comisionados en pleno, relativo al Procedimiento Administrativo Sancionador por Evaluación, iniciado contra los sujetos obligados, dando vista al IEE para resolver lo conducente. El IEE radicó la denuncia interpuesta bajo la vía del Procedimiento Sancionador Ordinario y procedió a realizar los siguientes actos: Admisión vía denuncia; emplazamiento del partido denunciado por cinco días; admisión y desahogo de los medios probatorios y apertura del periodo de alegatos; cierre de instrucción y vista a la Comisión de Quejas y Denuncias; remisión del proyecto de resolución al Consejo General para su aprobación.
A juicio del Consejo, era necesario encontrar una sanción que en realidad buscara más que la pena, inhibir el incumplimiento de sus obligaciones; se valoró además que no se consideraba lesionado el derecho de acceso a la información de un particular concreto; por último se valoraron circunstancias de modo, tiempo y lugar, las condiciones socioeconómicas del sujeto infractor y su capacidad económica para hacer frente a la obligación, la calidad de reincidente, y la posibilidad de recibir un beneficio derivado del incumplimiento de obligaciones; atento a lo anterior se determinó imponer como sanción 250 veces el valor de la UMA. Hay un trabajo institucional ITEA-IEE que tiene otros retos en el futuro: la sanción a las asociaciones políticas que incumplen sus obligaciones de transparencia y el caso de los partidos que desaparecen. ¿A quién solicitar la información una vez liquidado?
Ahora bien, ¿cuál es la prospectiva del IEE en materia de transparencia? Actualmente se cuenta con más de 200 solicitudes de información por año con los siguiente tiempos promedios de respuesta: si es por sistema SISAI/PNT: 4.9 días. En el caso de correo electrónico: 3.2 días. Hay un caso interesante, de alguien que envió correo postal, se le respondió en 5 días. En materia electoral algunos otros datos a destacar: el 87.5% de las solicitudes son con nombre y apellido; 81.1% se refiere a información específica del proceso electoral: Presupuesto a partidos, candidatos que contienden, resultados Electorales; por todo esto, el IEE ha creado páginas de transparencia focalizada justamente en los tópicos. Sabemos que el trabajo aún es arduo, pero IEE-ITEA demostramos cómo el trabajo desde lo local, y desde dos organismos ciudadanos, puede tener mucho éxito.