La Ley del Viario - LJA Aguascalientes
22/11/2024

Nuestra vida en sociedad está constituida alrededor de un sistema de usos y costumbres, la bien o mal denominada ley del monte, llena de expresiones, jerarquías y dominancias no verbales que rigen nuestro comportamiento. La seguridad vial y el tránsito no son la excepción, existe de hecho un área del conocimiento denominada psicología del tránsito que estudia el comportamiento de los usuarios en las carreteras y calles. En ella se explica, por ejemplo, como el comportamiento infractor de un conductor no se reduce a inclinaciones naturales por cometer ilícitos, sino que obedece a factores de tipo cultural (estereotipos hacia otros usuarios, imagen del espacio público, conocimiento de la ley, etc.) e históricos (aumento de flota vehicular, horarios de entrada y salida de lugares de trabajo, etc.) relacionados con la convivencia de los usuarios en los espacios públicos de tránsito (Ulloa, 2007).

Las calles y carreteras nos dotan de cierto anonimato, allí nos transformamos en sujetos con un rol (peatón, ciclista, conductor, motociclista, etc.) diluidos dentro del sistema y abstraídos de nuestros condicionamientos sociales, culturales y económicos. Bajo la Ley del Viario nuestras prácticas están regidas principalmente por las disposiciones lógicas y prácticas de los hábitos inculcados, se trata de un subsistema en el que el lenguaje no verbal nos sujeta a desigualdades de participación supeditadas al rol que ejercemos en el espacio-tiempo y que definen nuestra libertad de movilidad. El proceso de identificación cultural supone, que lo simbólico en el campo del tránsito vehículo-peatonal sustenta la estructuración de una precaria identidad como conductor, peatón o pasajero, a partir de la centralidad de la movilidad. Es decir, que nuestro “yo” peatón, ciclista, automovilista, etc., está marcado por las condiciones de producción de un entramado simbólico y unas prácticas instituidas en el campo del tránsito vehículo-peatonal que van desde la definición normativa de las leyes de tránsito, hasta las formas más comunes de interacción simbólica entre roles (Ulloa, 2011).

Desde esta perspectiva el uso del automóvil no está supeditado únicamente a su funcionalidad para movilizarnos en ciudades extensas o dispersas, es percibido como un medio confortable y seguro, que brinda independencia y control, además de que, de manera menos implícita, parece existir una asociación entre la posesión de un automóvil y el prestigio social alcanzado por los individuos, lo que los dota de poder (Ledesma, et al., 2011). La prioridad hacia su majestad el automóvil se hace visible en el viario urbano a través de la gran cantidad de infraestructura construida en torno a él pese a las externalidades negativas que causa (i.e., mayor riesgo de lesiones y daños materiales, contaminación ambiental, fragmentación urbana, reducción de espacios naturales públicos, reducción de la equidad y accesibilidad al transporte, por mencionar algunos). En la Ley del Viario su superioridad se hace visible a través de pitazos o de un lenguaje fuerte y florido. En el caso de los pitazos, por ejemplo, hemos aprendido a entender que si el pitazo iracundo y reiterativo se dirige a otro vehículo que demora al pasar por el semáforo, es porque “la libre movilización” de aquel que lleva prisa o tiene un auto mejor que el tuyo fue demorada por el vehículo de enfrente o porque otro vehículo intentó invadir su espacio; pero si ese pitazo es en contra de un peatón o ciclista significa, en la mayoría de los casos, una falta de “reconocimiento al estatus”. Es decir, el automovilista goza e impone su ley por medio de los pitazos. Y que decir de la velocidad y la maniobras (i.e., el falso adelantamiento, arrancones, competencias tipo “pique”, etc.) que emanan a la ley del más veloz, según la cual, quien más velocidad alcanza es el dueño de la libre movilización (Ledesma et al., 2011; Ulloa, 2011).

Esta es, señoras y señores, sólo la punta del iceberg de la Ley del Viario, con una invitación a reflexionar sobre la dificultad que la implementación de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes y el Reglamento de Movilidad del Municipio de Aguascalientes enfrentarán al buscar romper los hábitos y valores más arraigados y extendidos en nuestra cultura vial. El cambio de nuestra cultura de movilidad y la inversión de la pirámide de la movilidad que nos hemos planteado como meta es por tanto responsabilidad y tarea de todos.

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Referencias

Ledesma R., Poó F., Montes S. (2011). Psicología del tránsito: logros y desafíos de la investigación psiencia. Revista Latinoamericana de Ciencia Psicológica, vol. 3, no. 2, pp. 108-119.

Ulloa, G. (2007). Identidad religiosa: perspectiva psicocultural. Documento inédito


Ulloa G. (2011). El tránsito vehículo-peatonal desde un punto de vista psicocultural. Revista Costarricense de Psicología, vol. 30, no. 46-46, pp. 95-112


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