- Se habría incurrido en los delitos de peculado y uso de documentos falsos en el caso de las 17 plazas
- Juzgado ordenó investigación complementaria en un plazo de dos meses para desahogar el tema
Este miércoles se realizó la audiencia para imputar a funcionarios relacionados con irregularidades denunciadas en el Órgano Superior de Fiscalización del estado (Osfags), entre los que se investiga al exauditor superior, Arturo Solano López, hechos presuntamente cometidos durante la administración de Carlos Lozano de la Torre; el fiscal anticorrupción, Jorge Humberto Mora Muñoz, subrayó que en grado de partícipe se le señaló por la comisión de determinadas conductas con el objetivo de distraer recurso público a una excolaboradora de la instancia, quien en comunicado del Poder Judicial trascendió como Claudia N N en la carpeta digital instruida: “Se logró la vinculación de esta persona, no se trata de un servidor público, se trata de un particular que colaboró en estas situaciones y se determinó por el juez la imputación por el artículo 174 fracción primera peculado, así como por el uso de documentos falsos, por el artículo 162 fracción primera”.
Cabe resaltar que el Código Penal del estado bajo el cual se infringen sanciones en estos supuestos, precisa en el artículo 174 que el peculado consiste en la distracción que haga el servidor público, para su beneficio o el de una tercera persona física o moral, de dinero, valores, fincas o cualquier cosa perteneciente al estado o a un municipio, a un organismo descentralizado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiese recibido en administración, en depósito, en posesión o por otra causa. Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valorable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de 30 a 100 días multa; en caso de exceder este monto, se impondrán de dos años a 14 años de prisión y de 100 a 150 días multa.
En lo que se refiere al uso de documentos falsos, el artículo 162 indica que consiste en utilizar en su provecho, el inculpado, con conocimiento de esa circunstancia, un documento original alterado; al responsable se le aplicarán de uno a cinco años de prisión y de 25 a 150 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
Jorge Humberto Mora Muñoz explicó que en este caso se impusieron como medidas cautelares el no acercarse al Osfags ni a las víctimas, además de acudir a firmar y comparecer a los juzgados cada 15 días y está impedido para salir del país; se fijó una etapa de investigación complementaria de dos meses por lo que en la primera quincena de noviembre se estaría agotando este tema: “Tiene que ver con el tema de las 17 plazas, en realidad hay una participación no en relación a toda la distracción de la que se habló, pero tiene que ver con las 17 plazas”.
El denominado caso de las 17 plazas se refiere a la carpeta de investigación número CI/AGS/01797/01-18 que integró la Fiscalía Anticorrupción acreditando que se simuló la contratación de trece personas en el Osfags, de las que se obtuvieron sin su consentimiento varios documentos personales como credenciales de elector, currículum, entre otros, además de ser signados con firmas apócrifas para poder generar los pagos por estos supuestos servicios mediante cheques falsamente endosados y cobrados por terceros; la distracción de estos recursos económicos se estima en 600 mil pesos.