- Solicitar y recibir respuesta documentada permite evitar omisiones
- Para evitar revictimización se debe recordar que se hace uso de un derecho
Luego de que la Suprema Corte de Justicia de Nación ratificó la constitucionalidad de la Norma Mexicana 046, que permite la interrupción del embarazo en caso de violación, resulta importante que a la hora de exigir su cumplimiento éste se realice por escrito ante los servicios de salud públicos, subrayó Dahlia de la Cerda, integrante de la asociación civil Morras Help Morras.
Si bien a través de la NOM 046 es posible solicitar a las instancias de salud públicas la interrupción del embarazo sin que sea necesario levantar una denuncia penal y confiando en la palabra de la víctima, para la activista sí resulta trascendente que al momento que una mujer solicite este servicio se realice por escrito y se pida firma de recibido con una copia fotostática; así como pedir la respuesta también a través de un documento: “Hay que tener cuidado en pedirlo por escrito, porque muchas mujeres lo hacen de palabra y así les responden, entonces esto da pie a que no se cuenten con números reales. La Secretaría de Salud del Estado se contradice mucho en cuanto a los números que maneja de los casos o de las mujeres que lo ha solicitado”.
El no hacer la solicitud hace posible además caer en omisiones fácilmente, pues ante una respuesta verbal las mujeres no tienen cómo comprobarlo y por consecuencia no existe evidencia para respaldarse en caso de que se pretenda interponer un amparo.
En caso de que la respuesta de la instancia de salud sea positiva, Dahlia de la Cerda recomendó no permitir ser revictimizadas durante el proceso, y recordar en todo momento que se está haciendo uso de un derecho.
Luego del acompañamiento que en marzo realizó Morras Help Morras a una menor de edad, quien solicitó acogerse a la NOM 046, investigaron vía transparencia que sólo había una solicitud que se canalizó a Zacatecas, mientras que el secretario de Salud señaló ante los medios de comunicación que fueron cuatro casos, lo que evidencia que no existe un protocolo para documentar esta información; la cual para las organizaciones civiles resulta trascendente saber cuántas solicitudes se hacen, cuántas se atienden y en qué condiciones.
La activista recordó que si bien los médicos de sector público tienen derechos a objetar conciencia, el Estado y el sistema de salud deben contar con profesionales que cumplan la obligación de hacer cumplir la Norma.