- A partir de la configuración del Pleno del INAI como órgano constitucionalmente autónomo, todas sus resoluciones han sido por la publicidad de la información
- Es de interés público conocer cómo se dieron las condonaciones y los beneficiarios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir y que afecta a la sociedad mexicana en general
Desde 2010, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), antes IFAI, ha ordenado la apertura de información sobre la condonación y cancelación de créditos fiscales, aseveró el Comisionado Joel Salas Suárez, en el foro Privilegios Fiscales: Retos ante la Desigualdad: “La primera resolución del IFAI que ordena la apertura de esta información data del 2010 y, a partir de la configuración del Pleno del INAI como órgano constitucionalmente autónomo, todas sus resoluciones han sido por la publicidad de la información”, enfatizó durante su participación en la mesa Transparencia y regulación de los créditos fiscales.
Salas Suárez destacó que el argumento central de las resoluciones ha sido que, aun cuando existe la obligación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) por resguardar la información de los contribuyentes, la condonación de créditos fiscales constituye un beneficio e implica un gasto público que debe ser reportado: “De esta forma, la condonación concierne a toda la ciudadanía, en tanto que, por disposición constitucional, todos los mexicanos están obligados a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa. Por tanto, es de interés público conocer cómo se dieron las condonaciones y los beneficiarios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir y que, como tal, afecta a la sociedad mexicana en general”.
El comisionado del INAI señaló que, si bien la Ley General de Transparencia, vigente desde 2015, establece como una obligación hacer público el nombre, montos, razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, persisten amparos promovidos por particulares para evitar que el SAT difunda información de años anteriores, por lo que confió en que pronto el Poder Judicial resuelva y la sociedad pueda acceder a esos datos.
Indicó que, de acuerdo con los registros del Instituto, de 2003 a 2013 se presentaron 2 mil 26 solicitudes de información y 250 recursos de revisión en la materia, y de 2014 a 2018, a pesar de ser una obligación transparentar la información, ingresaron 992 peticiones y 73 recursos. En lo que va de este año, se han presentado 128 requerimientos y seis recursos de revisión.
Joel Salas destacó la iniciativa de Ley, enviada por el presidente de la República al Congreso de la Unión, con el fin de modificar el primer párrafo del artículo 28 constitucional de la siguiente manera: En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijen las leyes, así como las prohibiciones a título de protección a la industria: “Esta iniciativa de Ley que manda el Ejecutivo Federal tiene que detonar un debate sobre los temas abordados en el foro y ojalá que el ejercicio de esa discusión de la reforma constitucional obligue también a revisar las leyes que, por el momento, norman esto, y se dé bajo una discusión de Parlamento Abierto”.
Con información del INAI