Madre de menor abandonada en Aguascalientes pudo incurrir en un delito - LJA Aguascalientes
15/11/2024

  • Las penas por abandono de personas contemplan de uno a tres años de prisión
  • No se puede comprobar intencionalidad de matar a bebé, a mujer que lo arrojó al contenedor

 

 

Inició la Fiscalía General del Estado una carpeta de investigación por el caso de la menor que fue localizada atada a la estructura de una bolería que se ubica a las puertas de las instalaciones del DIF estatal; el titular de la instancia, Jesús Figueroa Ortega, informó que ya se localizó a la madre, a quien ya se entrevistó y de acuerdo a los datos aportados hasta el momento podría configurarse un hecho delictivo ya que el Código Penal contempla la figura de abandono de personas en este supuesto: “En este caso vemos que se presenta; estamos en esta fase de investigación inicial, evidentemente también nos enfocamos al tema del cuidado de la niña; sabemos que el DIF está iniciando las acciones correspondientes para ver cuál es la situación legal de la niña en el sentido de qué va pasar con ella después de que nosotros podamos iniciar una investigación penal”.

Enfatizó que a la par se debe llevar a cabo un proceso de investigación para determinar la custodia y cuidado de la niña.

Si bien no dio más datos de los motivos que expuso la madre para haber dejado a la menor en una situación que podría clasificarse como abandono, con la finalidad de no entorpecer la investigación, además de la obligación que tiene la Fiscalía de mantener la secrecía en estos casos, pero dijo que se podrá avanzar en el asunto; precisó que en la revisión médica que en primera instancia se realizó a la niña de once años de edad se detectó que tiene algunas limitaciones tanto físicas como mentales y se tiene el antecedente de que padece una enfermedad crónica grave.

“Fuera de eso, la niña no tenía escoriaciones o hematomas que mostraran que estaba siendo agredida recientemente; tiene ella limitaciones o enfermedades y la niña físicamente, fuera de todo su problema, físico o mental, la niña estaba bien”, explicó en relación con los señalamientos que se habían hecho de que la madre infringía maltrato; dijo que se le realiza también una evaluación médica y sicológica. Se desconoce información sobre el padre de la menor.

Figueroa Ortega subrayó que el Código Penal contempla para este delito una pena muy baja que oscila de uno a tres años de prisión y no representa prisión preventiva, lo cual consideró mínimo por la situación en que se configuran este tipo de hechos y las repercusiones que conllevan; si bien recalcó que por fortuna en este caso la menor no estuvo expuesta por mucho tiempo y no corrió mayor riesgo. Ya se trabaja desde el área de Trabajo Social para conocer la situación en que vive la familia y detectar si existe algún otro menor en estado de vulnerabilidad.

 

Incumplió con su deber de madre 


En el caso de la mujer que arrojó a su recién nacido al contenedor en mayo, el fiscal aclaró que, si bien fue detenida, está acusada por homicidio culposo y dignidad de los muertos debido a que los dictámenes médicos periciales del bebé apuntan que las causas principales de la muerte son por broncoaspiración; se carece de otra versión de los hechos que no sea la de la madre, por lo cual podrá seguir el proceso en libertad.

“No teníamos forma de decir: esta mujer intencionalmente mató a su bebé (…) nos tuvimos que basar exclusivamente en la información pericial y hay dos datos que sobresalen sobre los demás para poder determinar que el hecho fue culposo; primero, la causa de muerte no fue estrangulación, fue una causa que pudiera ser hasta cierta manera natural, pero por la edad del bebé no podemos considerar que fue así (…), el niño no tuvo el acceso y la mujer el cuidado de tener a una persona, médico preferentemente, para su atención”, explicó Figueroa Ortega.

Recalcó que la acusada incumplió con su deber de madre de procurar todos los cuidados para el parto; agregó que el médico legista dio a conocer que se trató de un embarazo con una expulsión espontánea, no se preparó ni atendió adecuadamente para dar a luz. Pese a que se señaló que en esta decisión de falta de cuidados ginecobstétricos y la posterior disposición del menor en un contendor fue por presión del cónyuge de la acusada, el fiscal dijo que no se ha podido comprobar su participación en el delito, por lo que no recae ninguna responsabilidad legal sobre él.

Precisó que la condena que se podría dictar en este caso es de tres a siete años de prisión, más la pena por la afectación a la dignidad de los muertos.

 

 

 


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Adriana García Campos

Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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