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jueves, diciembre 18, 2025

Dictaron sentencia en Aguascalientes a quien arrolló a Luis Fernando Ferra

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Quedó acreditado el delito como homicidio culposo 
  • Condena es de tres años y seis meses de prisión y una reparación del daño de dos millones 400 mil pesos

 

 

Con motivo del aniversario luctuoso de Luis Fernando Ferra Aguilar (Rojo), la familia y abogados informaron de la sentencia en primera instancia en la que se quedó acreditada la responsabilidad penal por homicidio culposo de quien arrolló al joven antes de iniciar una marcha por los derechos de las personas de la diversidad. Se dio al imputado una sentencia de tres años y seis meses de prisión y una reparación del daño cercana a los dos millones 400 mil pesos, así como una multa pecuniaria. 

Los abogados informaron en rueda de prensa sobre la sentencia dictada en primera instancia, el 10 de mayo, en la que quedó acreditada la responsabilidad penal del sujeto con la sentencia de tres años y seis meses de prisión; aunque el proceso se encuentra en apelación y en espera del dictamen de la sala penal.

La madre de Ferra Aguilar expuso que tras un largo proceso en la búsqueda de justicia, el inculpado continúa en libertad y a pesar de la sentencia cuenta con varios momentos procesales a los cuales recurrir.

El licenciado José Manuel Montes Reyes explicó que el proceso inició con el hecho donde perdió la vida el joven, se hizo la investigación inicial, en un término de 48 horas se integró la carpeta de investigación, y se envía a un juez de control para dar pie a la etapa inicial en el 2016, para luego generar la imputación por homicidio culposo, por lo que el juez de control vinculó a proceso al responsable, así como las medidas cautelares al no habérsele impuesto prisión preventiva.

Posteriormente se llevó a cabo la investigación complementaria, con una primera reposición del procedimiento como resultado de diversas impugnaciones, incluso un juez federal dictó la reposición al considerar que los abogados de las dos partes no contaban con el conocimiento de llevar a cabo el procedimiento a través del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y no vulnerar ningún derecho.

El error fue que los abogados del imputado pertenecían al mismo despacho que los anteriores y no supieron llevar a cabo la etapa intermedia, la juez de control dictó que no tiene conocimiento en el sistema y volvieron a reponer el procedimiento para que el imputado nombre a la defensa pública, la cual fue autorizada: “Esto fue lo que hizo que se alargara tanto el proceso, la falta de capacitación de los defensores, no de la fiscalía”, señaló el abogado.

Reconoció que debido al “excelente trabajo” de los elementos del ministerio público realizaron adecuadamente el procedimiento, lo cual llevó a la sentencia condenatoria, mientras que de parte de ellos como asesores legales sólo aportaron algunos medios de prueba y demandaron la reparación del daño para las víctimas.

El 26 de abril se dictó el fallo condenatorio en contra del sentenciado por homicidio culposo, al quedar acreditados elementos para el tribunal de enjuiciamiento como el ir conduciendo a una velocidad mayor a la permitida, al ser lo más importante que el conductor no bajó la velocidad ni hizo alto ante la presencia de una muchedumbre que se agrupaba para marchar.

Finalmente se dicta la sentencia definitiva el 10 de mayo del 2019, en la que se condenó al sentenciado a una pena de tres años y seis meses de prisión, una multa de 43 días de salario mínimo (tres mil 140 pesos), así como la reparación del daño que se dividió en tres conceptos: el daño material, que es por el monto de lo que ganaba Ferra García que asciende a un millón 666 mil 650 pesos; los gastos funerarios, por 29 mil; y el daño moral, por un millón 369 mil 562 pesos.

La sentencia provocó inconformidad por parte de todos los sujetos procesales como la Fiscalía, la defensa y asesores jurídicos de la familia Ferra García, por lo que ahora se encuentran en apelación de la sentencia y en espera de la fecha que la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado para determinar si es confirmada la sentencia.

 

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