- Es ilegal someter un derecho constitucional a este tipo de ejercicios democráticos
- En lo que va de 2019, seis parejas del mismo género han sido asesoradas por el OVSG para contraer matrimonio
- Otras dos parejas de mujeres buscan que la maternidad de sus hijos sea reconocida
Wilfrido Isamí Salazar Rule, asesor legal del Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG) de Aguascalientes, informó que pese a la resistencia al tema en el Congreso del Estado, han comenzado el trámite de amparo de al menos seis matrimonios entre personas del mismo género: “Es muy clara la constitución, el artículo que regula las consultas ciudadanas dice que no son sujetos de consulta los derechos que otorga la misma constitución”.
El 14 de febrero, el presidente municipal de la capital de Zacatecas, Ulises Mejía Haro, afirmó que en esa ciudad ya son posibles los matrimonios entre personas del mismo sexo, convirtiéndose de esta manera en el primer municipio de esa entidad en reconocer este tipo de uniones civiles.
Sin embargo, aclaró el asesor legal del OVSG de Aguascalientes, lo cierto es que el Código Civil de Zacatecas sigue igual y no contempla el matrimonio entre personas del mismo género, por lo que en realidad lo que hizo el presidente a la capital zacatecana es facilitar el trámite de amparo para las parejas igualitarias que desean contraer matrimonio.
En Aguascalientes, si bien no hay este tipo de voluntad política por parte de las autoridades municipales, lo cierto es que son varias las organizaciones que brindan asesoría legal y acompañamiento para el trámite del matrimonio entre personas del mismo género como la asociación civil Colectivo SerGay, la Secretaría de Diversidad Sexual del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el propio OVSG, que en conjunto acompañaron a la mayoría de los 23 matrimonios igualitarios que fueron aceptados por el Registro Civil de Aguascalientes en 2018.
En lo que va de 2019, puntualizó Salazar Rule, el OVSG ha acompañado a seis parejas del mismo género que desean contraer matrimonio mediante amparo en Aguascalientes, así como a otras dos parejas que desean obtener el reconocimiento para la maternidad lesboparental.
Pese a que los matrimonios en el estado de Aguascalientes se realizan ante el amparo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el Congreso del Estado la presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Aída Karina Banda Iglesias, busca someter a consulta ciudadana la posibilidad de que se modifique el Código Civil del Estado para legalizar este tipo de uniones.
Wilfrido Salazar aclaró que resulta ilegal el someter un derecho constitucional a consulta ciudadana: “Es muy clara la constitución, el artículo que regula las consultas ciudadanas dice que no son sujetos de consulta los derechos que otorga la misma constitución”.
Estos colectivos y observatorios están confundiendo a la ciudadanía, que yo sepa lo que se pretende es realizar “FOROS DE CONSULTA PUBLICA” no “CONSULTAS CIUDADANAS” ni mucho menos “CONSULTAS POPULARES”. entre estos tres mecanismos existe una amplia diferencia, que a continuación les voy a explicar:
CONSULTAS POPULARES: Están reguladas por el articulo 35.- de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en su Ley Reglamentaria, La Ley Federal de Consulta Popular, efectivamente en su fracción VIII establece que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución, este mecanismo NO es el que se quiere llevar a cabo en el Congreso del Estado de Aguascalientes.
CONSULTA CIUDADANA: Están reguladas en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Aguascalientes, efectivamente en su articulo 83° Fraccion III establece que no podrán ser objeto de consulta lo relativo a materia penal y Derechos Humanos, este mecanismo TAMPOCO es el que se llevara a cabo en el Congreso del Estado de Aguascalientes.
FOROS DE CONSULTA PÚBLICA: Están regulados en La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes así como en su Reglamento, es el mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las personas, instituciones académicas o sociales, grupos organizados de la sociedad civil y servidores públicos o dependencias de cualquier orden de gobierno, aporten a los Diputados sus propuestas y opiniones, en esta la ciudadanía podrá participar, además de la forma tradicional, por medio de plataformas tecnológicas como redes sociales y páginas electrónicas, no establece ninguna materia restrictiva para su realización.
Como claramente se puede observar, son totalmente diferentes inclusive en su esencia y naturaleza, ya que los primeros dos pretenden obtener un voto sobre determinado tema, mientras que los FOROS lo que pretenden es el dialogo y debate sobre temas de interés general, por lo que los observatorios parece ser que no están bien informados sobre las propuestas del Congreso de su Estado.
Sin lugar a dudas sacaron a pasear su ignorancia sin correa jajaja
Se te olvido decir que la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia solo es obligatoria para lo jueces, es por eso que cualquiera que se quiera casar por medio de un amparo lo gana, pero que yo sepa no obliga a los Congresos locales a crear leyes, sino para que existe una división de poderes. para nada es ilegal son diferentes los Foros de Consulta a las consultas ciudadanas. Ademas hasta eso confundieron en su ignorancia por que no se llaman Consultas Ciudadanas se llaman Consultas Populares las que vienen en la Constitución jajajaja
Esque la Jornada esta apoyando al PRD, por eso siempre saca este tema, porque es la bandera electoral de PRD para conseguir votos de su ganado político. hay muchos intereses de por medio para tratar de dividir a la ciudadanía con estos temas. Irónicamente el que debería de dictaminar el matrimonio igualitario es el diputado del PRD, porque esa iniciativa esta en su Comisión, la de Gobernación y Puntos Constitucionales, ya que es una reforma al Código Civil, que raro que no lo realice todavía