Coaliciones ausentes / Debate electoral - LJA Aguascalientes
21/11/2024

De acuerdo con la agenda electoral aprobada por el Consejo General del IEE, que representa la brújula que orienta no solo las actividades de la autoridad electoral, sino prácticamente la de todos los involucrados directa o indirectamente en la preparación y desarrollo de los comicios en curso para nuestro Estado, el pasado domingo 10 de febrero feneció la posibilidad para todos los partidos políticos de presentar para su registro y aprobación los convenios de coalición y para sorpresa de propios y extraños, ese domingo concluyó sin la presentación de ningún documento por parte de los partidos políticos.

Lo anterior representa que durante lo que resta del proceso electoral, llámese precampañas, campañas y por supuesto la jornada electoral,  todas las fuerzas políticas competirán por primera vez en Aguascalientes de manera individual, situación que no acontecía desde hace 18 años.

Las coaliciones por mucho tiempo sirvieron como una herramienta poderosa de los partidos políticos para asegurar el triunfo para unos, y para otros representó la posibilidad de asegurar alcanzar el umbral mínimo de votación necesario para mantener la vigencia de su acreditación en el Estado y los beneficios que ello implica, por ejemplo, el acceso al financiamiento público, franquicias postales, uso gratuito de espacios públicos, entre otros.

En la historia contemporánea de nuestra democracia estatal, la presencia de las coaliciones sin lugar a dudas ha sido permanente, el último registro que se tiene de un proceso electoral local en el que no hubieran existido coaliciones en la contienda data del ya lejano proceso electoral local intermedio del año 2001, en el que todas las fuerzas políticas compitieron de manera individual, de esa fecha en delante, la constante fue  elección tras elección que por lo menos existiera una coalición en la boleta electoral, así, en la elección celebrada en 2004, el PRI, PVEM y el PT formaron una coalición, en la intermedia del 2007 ahora fue el PAN y el PANAL quienes compitieron coaligados, de igual manera en el proceso electoral del 2010 ahora tocó el turno al PRI, PVEM y al PANAL que compitieran con los mismos candidatos, incluso en el proceso electoral intermedio del 2013, se presentaron dos coaliciones, una integrada por PAN y PRD y la otra por PRI y el PVEM, tres años más tarde, en la elección completa (de gobernador) efectuada en el 2016 se registró una coalición integrada por el PRI, PANAL y PT, siendo el más reciente antecedente el de la elección 2018 -que por cierto ha sido la elección con mayor número de coaliciones presentes en un mismo proceso electoral-, fueron registrados tres convenios de coalición, el primero de ellos integrado por el PRI, PVEM y PANAL, la segunda integrada por el PAN, MC y PRD, y la tercera integrada por MORENA, PT y el PES.

Dicho patrón no es más que un indicador de la utilidad que rendía a los partidos políticos coaligados en la competencia electoral, si bien no les garantizaba la victoria per se, evidentemente constituyó una herramienta para asegurar un mayor porcentaje de votación y con ello los beneficios antes mencionados.

Sin embargo, como cualquier otra figura jurídica, la de las coaliciones no está exenta de abusos en su implementación, una muestra de ello es la denominada transferencia de votos, figura que amparado en la libertad de configuración y respeto a la vida interna de los partidos políticos, en el convenio de coalición se establecían ciertos supuestos en los cuales los votos depositados a favor de la coalición contaban para el candidato en común, pero en cuanto hace a la distribución de la votación para desprender el porcentaje de votos por partido político se realizaba de conformidad con el contenido de los acuerdos tomados entre las dirigencias de los partidos coaligados, situación que posteriormente fue declarada inconstitucional y con ello se plasmó en la norma la prohibición de cualquier tipo de transferencia de votos amparados en el convenio de coalición.

Y es que resultaba violatorio el que a través de un convenio de voluntades, se decidiera a qué partido político debería contar cada uno de los votos recibidos el día de la jornada electoral, los ciudadanos no manifestaban su preferencia por un partido político en particular, sino por un proyecto político en común, por lo que los mecanismos de transferencia de un determinado porcentaje de votos fue considerado como una vulneración a la voluntad expresa del elector.

Como recordará amable lector, en aquellos tiempos, la boleta electoral presentaba un emblema individual para la coalición e incluso, en determinado momento se suplantaba en la mesa del Consejo General y de todos los órganos desconcentrados del Instituto (llámese consejos distritales y municipales), a un representante (propietario y suplente) de la coalición como tal,  incluso a nivel casilla, dicho figura del representante de la coalición permanecía, por lo que todos los acuerdos y resoluciones del proceso electoral que se emitían, transitaban por un solo representante de todos los partidos políticos integrantes de la coalición en comento.

Así, la figura de las coaliciones se convirtieron en una estrategia poderosa para todos los partidos políticos, ya que brindaba beneficios para todos sus integrantes sin distingo de sus objetivos, es decir, para aquellos de menor estructura que requerían de asegurar su porcentaje de votación para conservar su registro buscaban pactar en coalición la transferencia de votos necesaria para lograr su fin, y para aquellos con una estructura más robusta buscaban pactar con otros con tal de adelgazar la competencia electoral y con ello acercarse con mayores posibilidades a la victoria.


Posteriormente y debido a la declaratoria de inconstitucionalidad antes referida, se modificó la regulación a las coaliciones, se suprimió por ejemplo la obligación de registrar un solo emblema por coalición, de igual manera cada partido coaligado continuaba con su lugar dentro de la mesa de consejo general, ahora se permite al electorado marcar más de una opción sin que se generará la nulidad de su voto, así es que se permitió el voto por un candidato, o bien por la propia coalición (en aquellos casos en que se marcara más de una opción entre partidos coaligados), situación que si bien es cierto ayudó para que se evitara la indebida transferencia de votos y con ello se protegiera la voluntad popular traducida en votos, también trajo consigo una mayor complejidad para contabilizarlos ya que las posibles combinaciones elevan la posibilidad de errores involuntarios al momento de contabilizarlos, generando situaciones complicadas para la autoridad electoral.

Así las cosas, mientras que seguramente se analizará próximamente la regulación a la figura de la coalición electoral, en lo tocante al actual proceso electoral en Aguascalientes,  es un hecho que los electores tendremos un aumento en la oferta política, la boleta electoral que se nos pondrá a disposición contendrá un número de candidatos sin precedente por lo menos en los últimos 18 años, ello representa un reto para nosotros como ciudadanos, ya que tendremos más opciones, más propuestas  de campaña, por lo que el análisis y contraste de las mismas será una obligación, lo invito amable lector a que esté atento a todas las opciones políticas que se nos presentarán y se documente respecto a lo que cada candidato nos ofrece, todo ello para que el primer domingo de junio, nos presentemos a las casillas lo más informados posible, que nuestro voto sea un voto informado, un voto razonado, el proceso electoral implica un principio de corresponsabilidad, el cual alcanza también al elector, somos responsables también del buen éxito de esta elección, por lo que la invitación es que juguemos nuestro papel y participemos responsablemente en este proceso electoral.

Buen fin de semana.

 

/LanderosIEE | Twitter: @LanderosIEE

 


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