Se deben aplicar multas millonarias y sanciones contundes para hacer frente a la corrupción - LJA Aguascalientes
22/11/2024

 

  • Es necesario que instancias que trabajan en el tema de anticorrupción determinen mecanismos que abonen a una justicia más pronta y expedita en la materia, sin duplicar procedimientos
  • Con mediciones y un informe puntual de cada caso de presunto acto de corrupción, se podrá determinar la responsabilidad o no del funcionario señalado por este delito

 

En materia del combate a la corrupción, se debe entender el proceso de revisión de los procedimientos de investigación que se hacen desde las instancias competentes, como es el caso de la Fiscalía Anticorrupción, los órganos de control internos y el propio Órgano Superior de Fiscalización; el contralor del estado, David Quezada Mora, indicó que es fundamental que para el avance de la consolidación integral del Sistema Estatal Anticorrupción, se entreguen buenos productos en el tenor de la investigación y los juicios que de ello se entablen a fin de dar resultados contundentes a la ciudadanía.

La estrategia de transparencia que se ha planteado desde el Instituto Estatal en materia, ayuda a conocer los indicadores con base en los resultados que se alcanzaron en la última revisión efectuada por ese órgano; sin embargo, se debe apostar a la especialización en corrupción y rendición de cuentas para poder determinar en el caso de los procedimientos de adjudicación de bienes públicos de cualquier índole, si se realizó de manera correcta el procedimiento, “Es lento el proceso y se debe realizar en etapas para coordinar ese sentido, brincando de un auditor a la correcta interpretación para poder identificar con mediciones y plasmar en un informe detallado si cuadra o no para emitir en determinado caso, una sanción de responsabilidades”, puntualizó Quezada Mora.

El fiscal anticorrupción, Jorge Humberto Mora Muñoz, indicó que establecer puntualmente un proceso y las etapas de revisión, ayudan al ente que encabeza, a las contralorías y a los órganos superiores de fiscalización, a que se determinen, en los casos de señalamientos en contra de funcionarios que presuntamente incurrieron en algún acto de corrupción, si violaron los temas presupuestales; se turnan aquellas faltas graves a la sala administrativa que emitirá una sentencia por juicios de amparo, y es en ese momento que adquiere carácter de cosa juzgada para que no se ejecute una doble administración con la sentencia y análisis del procedimiento administrativo. “Cuando ya se da una cosa juzgada, en la resolución se pueden encontrar muchas situaciones como en el caso de peculado; dichas atribuciones son de los órganos”.

Miguel Ángel Arellano Aranda, representante del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, particularizó que la ley establece para estos casos sanciones que van hasta la inhabilitación por 15 años del ejercicio público, y multas millonarias en caso de comprobarse un caso grave de delito de corrupción.

Acentuó la urgencia de que los procesos que realizan en los entes no se dupliquen, sino que sea un trabajo que coadyuve a que la Fiscalía Anticorrupción no lleve a cabo un doble trabajo que sirva para aplicar una sanción administrativa; desde 2015 se establece en el ámbito federal una reforma a la Constitución, que si bien no tuvo una aplicación inmediata para que se lleven a cabo procesos en los que queden precedentes y criterios, a fin de que estos delitos realmente se castiguen.


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Adriana García Campos

Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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