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sábado, diciembre 20, 2025

Transparencia: un derecho de derechos (sobre la presentación de la revista La voz que clama) / Cinefilia con derecho

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¿Por qué considerar a la transparencia como un derecho de derechos? En la medida que los poderes públicos traslucen los recursos que ejercen y los actos de poder que emiten, el ciudadano se ve en posibilidades de explotar otros derechos: salud, trabajo, bienestar y un largo etcétera. Efectivamente, el objetivo de que el gobierno sea como una caja de cristal, tiene una doble perspectiva: primeramente combatir con ello la corrupción y en segundo lugar, que si todos nos enteramos de qué hace la administración, podamos acceder a aquellas acciones y programas que nos interesen más, aunado a que nuestra percepción sobre los gobiernos y otras entidades que funcionan con recursos públicos definitivamente será otra al conocer el cúmulo de información que publican en sus portales y que no son sino la evidencia de su quehacer, su estructura, sus capacidades y la manera de administrar sus recursos.

Por lo anterior y pensando justamente en esa transversalidad del derecho de acceso a la información, el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes (ITEA) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) llevamos a cabo un número especial sobre esta prerrogativa, dentro de la revista de la Comisión llamada La Voz que Clama. El reto fue doble, pues implicó tocar, además, la otra cara de la moneda: los datos personales y su protección; en este sentido, se decidió editorialmente hacer un número doble, dos caras invertidas de tal forma que la contraportada fuera en realidad otra portada, y físicamente, hacer obvio este carácter cóncavo-convexo de transparencia-datos personales.

La revista incluyó las participaciones de académicos de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, periodistas, miembros de la CEDH o los comisionados del ITEA entre otros. El punto, era aglutinar diversas visiones que permitieran dar un panorama no sólo de la cuestión del arte de la transparencia y la protección de los datos personales, sino además conocer los retos en el corto y largo plazo. En el lado A, protección de la información confidencial, entre otros articulistas, se encuentran el maestro Asunción Gutiérrez que hace un recuento de la recepción constitucional y la regulación jurídica; la maestra Marcela López Serna toma un ejemplo francés en materia de la defensa a la intimidad; la Dra. Martha Elba Dávila desarrolla el derecho al olvido y el Dr. Muñoz Delgado toma al amparo y cómo se protegen los datos personales en él. Del lado B, acceso a la información, el doctor Andrés Reyes explora la veta ciudadana; Armando Robledo se enfoca en el secreto fiscal; José Manuel López Libreros nos da cuenta de cómo se reciben en la materia los estándares internacionales; la periodista de investigación hace un muy buen ejercicio de cómo la corrupción ha sido desenmascarada gracias a la transparencia. Es interesante el estudio de caso de la Comisionada Brenda Ileana Macías de la Cruz, quien usando los nuevos formatos de la Plataforma Nacional descubre la brecha salarial y cómo esto afecta para lograr la equidad de género.

Uno de los tópicos que se tocaron en la revista, fue el correspondiente a las críticas que se han hecho al modelo del Sistema Nacional de Transparencia y su Plataforma, y es que bajo la égida de la autollamada Cuarta Transformación, los diversos asesores del futuro presidente de la nación han criticado y afirmado que habrá cambios. Sin dejar de reconocer que son necesarios ajustes (¿Qué materia del derecho o de la vida no los necesita?) se debe valorar que este sistema lleva apenas tres años de haber entrado en funciones, es decir, es poco tiempo para poder palpar resultados concretos, por ello lejos de virar el mando, consideramos la necesidad de los ajustes razonables y dejar asentar para que no pase como con el sistema penal, que tan solo en cerca de 20 años ha sufrido más de 4 modificaciones trascendentales, de tal forma que no ha logrado cuajar y dar resultados a la sociedad.

El derecho al acceso a la información relativamente es nuevo en el derecho mexicano, se remontan a hará unos 15 años; la protección de los datos personales es de más reciente creación (2017). Esta precariedad, necesita continuar haciendo ejercicios de difusión y exploración de ambas prerrogativas, por ello es fundamental este generoso auspicio de la CEDH, pues demuestra que no solo sigue preocupada por los llamados derechos de primera y segunda generación, sino que no pierde de vista que, los derechos humanos son universales, interdependientes, indivisibles y progresivos.

 

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