- Ayer fue aprobado por el Cabildo el Reglamento de Protección del Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes
- Se prohíbe el embalaje con plásticos de un solo uso por parte de comercios
- Comerciantes tienen un año para dejar de expedir estos productos de forma gratuita, los podrán vender, dejar de otorgar o sustituir por materiales 100 por ciento biodegradables
Este martes 9 de octubre fue aprobado por unanimidad del Cabildo de Aguascalientes el Reglamento de Protección del Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes que, entre otras cosas prohíbe la el embalaje con plásticos de un solo uso por parte de comercios, posibilita a la Administración Municipal para declarar zonas naturales protegidas, aumenta las sanciones por tala de árboles, crea la figura de árboles patrimoniales, ordena la creación de un programa para vigilar el cambio climático, la institución de un premio anual para personas que se dediquen a la protección ambiental y brinda de facultades sancionadoras a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable (Semadesu).
Tras casi un año de haber sido presentado el Reglamento de Protección del Medio Ambiente por el titular de la Comisión de Ecología en el Cabildo, Miguel Romo Reynoso, ayer fue incluido en el orden del día de la sesión ordinaria de octubre en el punto 19: “Análisis, discusión y en su caso aprobación del Dictamen que presenta la Comisión de Gobernación, en conjunto con la Comisión de Ecología, Parques, Jardines y Panteones, que contiene el Proyecto de Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del Municipio de Aguascalientes”.
Uno de las directrices que más ha causado interés respecto a este reglamento es la prohibición sobre el embalaje con plástico de un solo uso para los comercios de Aguascalientes, es decir que una vez que se publique en el Periódico Oficial del Estado (POE), quedará prohibido que los comercios dentro de la demarcación del municipio de Aguascalientes entreguen bolsas de plástico y envases y popotes de materiales sintéticos, entre otros, a sus clientes; teniendo la alternativa del uso de productos 100 por ciento biodegradables, vender los materiales plásticos o el simplemente no entregar ninguna clase de embalaje.
La prohibición, apuntó Romo Reynoso, comienza desde que se publica el reglamento en el POE, sin embargo, a partir de entonces los comerciantes tendrán un año de gracia para seguir entregando estos productos sin que exista una sanción.
Como se indicó anteriormente, el reglamento prevé mayores sanciones para la tala de árboles, inclusive para los organismos gubernamentales, la creación de la figura de árboles patrimoniales, que son especímenes que a solicitud de sus vecinos, merecen de una protección especial por su valor histórico, paisajístico o ambiental y obliga a Semadesu a realizar un censo de las especies arbóreas del área urbana del municipio.
A pesar de que como se comprobó ayer con la declaratoria de zona de conservación ecológica de competencia municipal de La Pona el Cabildo ya tenía la posibilidad de realizar este tipo de protección, el reglamento lo posibilita para que esta goce de este nombramiento con 20 años como mínimo sin que existan cambios de ninguna administración.
El reglamento prevé el aumento de sanciones para la tala de árboles, explicó el regidor, siendo que el derribar un árbol patrimonial generaría una multa de hasta 80 mil pesos, toda vez que actualmente la máxima multa en la actualidad es de siete mil pesos, normativa que será aplicada también para las autoridades, lo cual se pondrá a prueba en el proyecto de movilidad del Gobierno del Estado para López Mateos donde se prevé el derribo de varios especímenes.
Aunque se prevén sanciones por parte de Semadesu para varias faltas a este reglamento, el regidor aclaró que la dependencia tiene un periodo para generar una nueva tabla de sanciones donde se especificará el monto, lo cual debe ocurrir antes de se elabore la Ley de Ingresos de 2019, para no tener que esperar hasta 2020 para que existan las penas.
En términos generales, comentó Miguel Romo, la Semadesu es la dependencia rectora de garantizar el cumplimiento de esta normativa, para lo cual resulta lógico que esta necesita consolidar un grupo de verificadores, “A la Semadesu se le está dando un plazo hasta el 30 de noviembre para que conforme al Código Municipal en su artículo 98, entregue los dictámenes en donde dé a entender cuáles son los recursos que requiere para dar cumplimiento cabal a este reglamento, entre ellos van los inspectores”.
A pesar de que la aprobación fue unánime, hubo observaciones como la de Netzahualcóyotl Ventura Anaya, quien solicitó que el tiempo para poder sancionar a las empresas con más de cinco sucursales la entrega de embalajes de un solo uso se recorte a seis meses toda vez que como con el resto de los comercios, estos tienen un año para acatar el reglamento antes de que se les impongan sanciones, medida que fue considerada como discriminatoria para los grandes comerciantes, según el regidor Mauricio González López.