Sector empresarial de Aguascalientes promueve el voto razonado y la participación - LJA Aguascalientes
22/11/2024

 

  • Es obligación de los empresarios el facilitar a trabajadores ir a votar y participar como funcionarios de casillas
  • Falta más conciencia ciudadana para participar como funcionario de casilla

 

Recuerda el presidente del Consejo Coordinador Empresarial en Aguascalientes (CCEA) que la ley obliga a los padrones dar las facilidades para que sus trabajadores a vayan a votar y participen en las elecciones como funcionarios de casilla, en caso de haber sido elegidos para ello, el 1 de julio.

Pedro Gutiérrez Romo externó que resulta una actitud de congruencia que los empresarios que integran el CCEA faciliten estas situaciones a los trabajadores, dado que en las últimas semanas realizaron acciones para que la ciudadanía estuviera informada de las propuestas de los partidos políticos que contienden en el presente proceso, a fin de que se emita un voto razonado; lo cual representa una obligación moral.

De esta manera descartó que algún patrón se haya pronunciado en contra de que, por ejemplo, un trabajador aceptara ser funcionario de casilla, al considerar que en un caso así es el insaculado quien se niega a participar, argumentando prohibición para ello por parte de su empresa.

“Hay mucho rechazo de la gente, yo conozco al menos cuatro personas entre que dijeron que no aceptaron, no es tanto de los empresarios. No hay conciencia cívica, aunque tengan libre el domingo, no quieren regalarlo encerrados participando en casilla y no les interesa; la conciencia cívica no les llega todavía y lo más fácil es culpar a los demás”, manifestó el líder empresarial.

Reiteró que el problema no es que el empresario les impida que vayan a las casillas, porque es su obligación, además de que no existe una muestra representativa de trabajadores que laboren en domingo.

Apuntó que a fin de que por parte del sector empresarial no haya pretextos, promoverá entre los presidentes de cámara y organismos de profesionistas que se den las facilidades necesarias, ya que la participación de los votantes y como funcionarios de casilla conviene a todos.

Guadalupe Itzi-Guari Hurtado Bañuelos, licenciada en derecho por la Universidad Autónoma Metropolitana y maestrante en Derecho Constitucional en la Universidad Nacional Autónoma de México, señala que la fracción III del artículo 36 de nuestra Carta Magna textualmente destaca como obligación votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley; esto es, el derecho a votar se convierte en una obligación para hacerlo: “Si un patrón o superior jerárquico lo impide bajo el pretexto de que no puede separarse de su encargo, con la amenaza de que de hacerlo se le rescindirá su contrato; bajo este supuesto resultaría evidente que dicha persona, en su calidad de patronal o de superior jerárquico, no sólo estaría limitando el goce de un derecho fundamental, sino también obstruyendo el cumplimiento de una obligación constitucional y legal impuesta a su empleado como ciudadano del Estado mexicano. Sin olvidar que en términos de la legislación laboral también estaría violentando un derecho a favor del trabajador”, señala la investigadora.



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Claudia Rodríguez Loera

Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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