- Quienes emprenden de manera independiente no tienen prestaciones y no contratan seguros que les brinden estas garantías
- Se recomienda un seguro de gastos médicos, plan de ahorro para el retiro y cobertura por invalidez o incapacidad
Para quienes se desempeñan como empresarios independientes, las prestaciones no están consideradas en su vida laboral y no se tiene la prevención de contratar seguros y pólizas que contrarresten la falta de estos recursos que al momento del retiro no tendrán; esto aplica incluso con quienes son asalariados derivado del cambio que se registra en la pirámide poblacional, ya que en unos años no será suficiente la aportación de los contribuyentes para solventar los pagos de quienes serán pensionados, advirtió Xóchitl Padilla Padilla, exvicepresidente de la Asociación Mexicana de Agentes de Seguros y Fianzas (Amasfac).
Resaltó la importancia de que contraten sus propias prestaciones, mismas que pueden deducir de impuestos; quien trabaja por su cuenta carece de seguridad social, por lo cual se recomienda la contratación de un seguro de gastos médicos; en caso de Afore o pensión, puede contratar un plan para el retiro y todas las aportaciones que haga para este ahorro, son deducibles de impuestos, incluso al recibir su dinero luego de llegar a los 65 años de edad, éste estará libre de gravámenes.
Subrayó que este beneficio fiscal sólo es aprovechado por un tres por ciento de la población, por desconocimiento o bajo la falsa creencia de que no es necesario, o se considera un oneroso gasto, siendo que hay planes que se pueden diseñar de acuerdo a las necesidades de cada persona, bajo la importancia de ahorrar para el retiro.
Padilla Padilla refirió que se debe hacer conciencia de ello sobre todo en los jóvenes, ya que a más temprana edad que se comienza con el ahorro, se tendrá la oportunidad de lograr un mayor monto para el retiro, sin que le implique desembolsar grandes cantidades de manera mensual; “no es lo mismo una persona que empieza a ahorrar a los 60 para retirarse a los 65, a alguien que empieza a los 20 o 25 años, que tiene toda una vida, que aunque ahorre muy poquito, realmente puede ser una cantidad muy importante”.
Por invalidez o incapacidad tampoco hay respaldo para quienes se desempeñan de manera independiente en la vida laboral, una situación de este tipo podría dejarlo en la ruina y con un problema grave para afrontar la enfermedad o la limitante que le aqueje, cuando se debería prever con un seguro que lo cubra, incluso en caso de fallecimiento.
La integrante de Amasfac precisó que con el cambio de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, quienes fueron adscritos en lo posterior, no tendrán lo suficiente para su retiro, porque se irá acumulando lo que ahorran, pero no tendrán la garantía de un cierto nivel de ingresos con la pensión que se contemplaba anteriormente. “Está demostrado con números que este tipo de ley no favorece a las nuevas generaciones y más porque en muchas empresas no se les da de alta con el total, pero además los chicos no generan antigüedad como antes”.
Desde luego que el entrevistado está “llevando agua a su molino”. Lo que no dice es que las aseguradoras son muy accesibles para los jóvenes y sanos pero todo lo contrario para los viejos y enfermos. Sólo revisen el costo de los seguros de gastos médicos a los 25 y a los 50 años .
La mejor opción para los emprendedores es darse de alta en el IMSS como patrón-empleado. También puede dar de alta a su esposa como empleada y ella darlo de alta a él y a sus hijos, como beneficiarios.