- La Sala Superior determinó que la actualización de la aplicación no causa perjuicio a los aspirantes
- Actora no demostró que se le haya ocasionado alguna lesión a su derecho de ser votada
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por unanimidad de votos, confirmar la actuación del Instituto Nacional Electoral (INE), encaminada a notificar e implementar la versión 2.2 de la aplicación móvil para captar el apoyo ciudadano a favor de los aspirantes a candidatos independientes.
El Pleno declaró infundados e inoperantes los agravios expuestos por la parte actora en contra de la decisión del INE, mediante la cual informó sobre la actualización de la versión de la aplicación, tras considerar que no se afectó su derecho político a ser votada.
En la sentencia, la Sala Superior señaló que el INE no modificó los lineamientos para validar el apoyo ciudadano, sino que sólo se limitó a instrumentar una nueva versión de la aplicación que ya estaban utilizando los aspirantes.
Al resolver el SUP-JDC-0016/2018, los magistrados concluyeron que, a partir de la revisión de documentación del expediente, por una parte, quedó demostrado que la actualización no generó perjuicio alguno a los aspirantes a candidatos independientes y, por otra, que la actora no acreditó que se hubiera vulnerado su derecho a recabar apoyos ciudadanos.
En consecuencia, el Pleno confirmó la actualización e implementación de una nueva versión de la aplicación.
Con información del TEPJF