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viernes, diciembre 19, 2025

Es necesaria una controversia de inconstitucionalidad para echar abajo Ley de Seguridad Interior

Carlos Olvera Zurita
Carlos Olvera Zurita
Nada, sólo 28 años de vida. Reportero en La Jornada Aguascalientes.

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  • Según el presidente de la Barra de Abogados, es necesario que la SCJN declare inconstitucional la Ley de Seguridad Interior
  • La ley faculta supresión de los derechos constitucionales como la libertad de tránsito

 

Es necesario que los amparos que solicite la sociedad civil en contra de la Ley de Seguridad Interior se enfoquen en la controversia de inconstitucionalidad que representa de tal forma que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la determine como vulneradora de los derechos de los mexicanos, asegura el presidente de la Barra de Abogados, Julio César Esparza Hernández.

A decir de Esparza Hernández la Ley de Seguridad Interior, aprobada por el Senado de la República el 15 de diciembre de 2017, es una flagrante violación a los derechos de los ciudadanos y funge como un permiso para que el Ejército Mexicano actúe en contra del ciudadano ya que atenta plenamente contra toda garantía individual consagrada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El fin primigenio y último de la creación de una Fuerza Armada en el país, explicó el presidente de la Barra de Abogados, es defender la soberanía nacional hacia el exterior, cuando exista una declaración de guerra o fuerzas extranjeras intenten invadir el territorio, “Para eso fue creado el Ejército, para defender la soberanía al exterior, no para combatir la delincuencia en los estados o los municipios”.

Para los estados y los municipios, agregó el abogado, fueron creadas las Secretarías de Seguridad Pública, las cuales por otro lado, no reciben inyecciones presupuestales adecuadas, “El Gobierno Federal no confía en las corporaciones policiacas estatales y municipales para garantizar la seguridad pública”.

La justificación de la Ley de Seguridad Interior, a decir de Esparza Hernández, se ha basado en tergiversaciones, como el argumento de que servirá para el combate de la delincuencia organizada y el narcotráfico, lo cual no es el mecanismo adecuado porque cuando se autorice que las fuerzas castrenses salgan, recorran las calles y se puedan restringir los derechos civiles como lo marca la ley se generará un toque de queda y se faculta al Ejército para que actúe en contra de cualquier civil que deambule por la calle a su libre criterio.

El entrenamiento del Ejército es para matar, para retener agresiones con armas de fuego y para liquidar al enemigo, según el abogado, quien narró un caso que sucedió hace años en el estado: “En Aguascalientes hubo un caso en el Puesto de Revisión Norte que era resguardado por elementos del Ejército, quienes pidieron a una camioneta ocupada por tres jóvenes que detuvieran la marcha sólo que los jóvenes malinterpretaron la señal que les hizo uno de los militares y en vez de parar siguieron con su camino lo que ocasionó que un militar disparara y matara al conductor del auto”.

Según el miembro de la Barra de Abogados, el posibilitar que el Ejército patrulle las calles es hablar de un Estado sin derecho, de un estado en el cual ya no habrá garantías para los ciudadanos por lo que para echar atrás a la Ley de Seguridad Interior es necesario que se formule una controversia constitucional.

Con una controversia constitucional, basada en juicios de amparo promovidos por ciudadanos organizados, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunciará a fin de que determine su no vigencia por vulnerar la Constitución Mexicana como la libertad de tránsito, por ejemplo.

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