Modifica TEPJF montos de sanciones impuestas por el INE a televisoras - LJA Aguascalientes
24/11/2024

  • La Sala Superior determina el monto de las multas a Televisa por 175 mil 249.65 pesos y a Televimex por 192 mil 774.28 pesos
  • Dichas sanciones deberán pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó modificar la resolución aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el 14 de julio, en el procedimiento ordinario sancionador identificado como UT/SCG/Q/CG/125/PEF/140/2015, en el cual se sancionó a Televisa y Televimex, por participar indirectamente en la difusión indebida de propaganda política-electoral, durante la transmisión del encuentro de futbol entre el Club América y Toluca, el 2 de mayo de 2015, a través de diversas vallas y “unimetas” colocadas alrededor de la cancha del Estadio Azteca.

Al respecto, las magistradas y magistrados del TEPJF consideraron que la infracción por parte de las citadas empresas era cosa juzgada, ya que al resolverse el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-432/2015, la anterior integración de la Sala Superior estableció que dichas personas morales participaron en la difusión de propaganda política-electoral en televisión, fuera de la administrada por el Instituto Nacional Electoral.

El Pleno resolvió que la sanción impuesta por el Instituto Nacional Electoral a las citadas empresas no consideró que su responsabilidad fue indirecta, por lo que resultaba desproporcionado que se les sancionara con una multa similar a aquellos sujetos que participaron de forma directa.

En consecuencia, la sentencia modificó lo resuelto por el INE, para el efecto de individualizar de nueva cuenta la sanción acorde a las circunstancias del caso.

El Pleno de la Sala Superior estableció una nueva individualización de las sanciones en donde se ponderaron diversos elementos e impuso a Televisa, S.A. de C.V., una multa de $175,249.65 (Ciento setenta y cinco mil doscientos cuarenta y nueve pesos 65/100 M.N.), y otra a Televimex, S.A. de C.V., por la cantidad de $192,774.28 (Ciento noventa y dos mil setecientos setenta y cuatro pesos 28/100 M.N.). El monto de las sanciones a Televisa, S.A. de C.V. y Televimex, S.A. de C.V., deberá pagarse dentro de los quince días siguientes en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE.

 

Con información del TEPJF


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