Lo bueno de escribir sobre la corrupción es que de alguna manera se parece al amor, es una vivencia tan común que todos tenemos una historia que contar
Edmundo González Llaca
Amigos invisibles que nos leen, el 8 de mayo del año en curso -ya se cumplieron cuatro meses y no hay avance en el tema- se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción -LSEA- en nuestro estado, entre sus objetivos están:
* “Establecer las bases mínimas para la emisión de políticas públicas integrales en la prevención y combate a la corrupción y faltas administrativas, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos” (fracción III, del artículo 2 de la LSEA);
* “Establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de cultura de integridad en el servicio público, así como de la rendición de cuentas, de la transparencia, de la fiscalización y del control de los recursos públicos” (fracción VII, del artículo 2 de la Ley en comento);
El proceso para instaurar este Sistema Estatal Anticorrupción -SEA- fue armonizar la legislación local con la Federal, la cual incluye las reformas a la Constitución local con la legislación correspondiente -cosa que ya ocurrió en Aguascalientes- a fin de crear los órganos que integrarán este sistema, entre los que se encuentran:
- Comité Coordinador
*Un representante del Comité de Participación Ciudadana, quién lo presidirá
*El titular del Órgano Superior de Fiscalización en el Estado
*El titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción
*El titular de la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas
*El presidente de la Sala Administrativa del Poder de Justicia del Estado
*Un representante del Consejo de la Judicatura del Estado
*Un representante del Instituto de Transparencia del Estado
*Los titulares de las Contralorías Municipales.
- Secretaría Ejecutiva, incluyendo el nombramiento del Secretario Técnico
- Comité de Participación Ciudadana (5 integrantes)
- Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana (9 integrantes)
La estructura del SEA es clara e innovadora, su lógica debe salvaguardar el componente de participación ciudadana que le otorga equilibrio y horizontalidad a las medidas, mecanismos y acciones que dan vida a este sistema. Ello exigió abrir una convocatoria para integrar la Comisión de Selección (CS), cuyos actos de autoridad deben conformar el Comité de Participación Ciudadana (CPC) estos nombramientos deberán hacerse del conocimiento público, expresando el método de registro, evaluación de expedientes, pruebas y documentos de tod@s y cada un@ de los aspirantes.
Los ciudadanos que integren el CPC deberán distinguirse por su integridad, probidad y capacidad, significándose por sus credenciales profesionales, técnicas y académicas que garanticen salvaguardar la independencia, su voz deliberante, escrutadora y socialmente comprometida con el estricto cumplimiento de la Ley y el funcionamiento del SEA.
Asimismo, este Comité de Participación Ciudadana tiene la responsabilidad de elaborar los lineamientos y criterios para conformar el Secretariado Técnico; convocar a la selección de su Titular; preservar la operatividad de criterios, acciones y mecanismos que se emprendan para combatir la corrupción e impunidad de los servidores públicos.
Una pieza clave en la articulación y operatividad del SEA, la constituye la designación del fiscal anticorrupción estatal, figura vital en la aplicación de la Ley y la imposición de sanciones; lo que garantizará que las acciones punitivas que correspondan a todo acto de corrupción, observen los principios de objetividad, operatividad, eficiencia y calidad y brinden certidumbre, imparcialidad y riguroso escrutinio del proceso de fiscalización.
Hay que señalar que el 19 de julio venció el plazo fijado por la Ley General del SNA para que las legislaturas de los estados expidieran leyes y realizaran las adecuaciones normativas pertinentes para la puesta en marcha de los Sistemas Locales Anticorrupción. Aguascalientes cumplió en el sentido de realizar las adecuaciones pertinentes, tanto en la normatividad del SEA, como las modificaciones Constitucionales locales.
Sin embargo, incumplió en la integración de los órganos del SEA.
Por lo anterior, el CPC Federal que preside Jacqueline Peschard promovió dos juicios de amparo ante juzgados de distrito de la CDMX en relación con los SEA y Leyes Locales de Responsabilidades Administrativas de los estados.
El primer amparo tiene por objeto que un juez federal obligue a los estados que incumplieron con reformar sus respectivos marcos normativos para adecuarlos a la Constitución Federal y a la LGSNA. Adicionalmente, este juicio de amparo solicita al juez que ordene a los Comités Coordinadores de los SLA a que se ajusten a las reglas establecidas en la Constitución Federal y la LGSNA en lo que respecta a quiénes son los funcionarios que deben integrarlos.
El segundo amparo va dirigido en contra de las leyes locales de responsabilidades administrativas que han generado incertidumbre entre funcionarios públicos y particulares que interactúan con ellos en el ámbito local, porque no está claro si sólo les es aplicable esa ley o la LGRA, es decir, porque hay una enorme incertidumbre al respecto.
¿Cuál es el estatus del Sistema Anticorrupción en Aguascalientes?
El 22 de junio del año en curso el Congreso del Estado aprobó la integración de la Comisión de Selección integrada por:
Propuesta de instituciones de educación superior y de investigación | Propuesta de Organizaciones de la Sociedad Civil |
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Esta CS deberá presentar y dar a conocer a la ciudadanía a la brevedad y en aras de la transparencia lo siguiente:
- Elegir de entre sus integrantes quién presidirá dicha CS, quién será el vocero, además de que carteras conformarán y quién las presidirá.
- Diseñar un Plan de Trabajo, en el cual implique las reglas de operación las cuales deben tener por objeto normar sus atribuciones, así como establecer sus procedimientos internos;
- Emisión de convocatoria -para elegir a los integrantes del CPC- y diseño de metodología para valoración de expedientes
- Versiones públicas de documentos y leyenda de información -protocolo de seguridad para la protección de datos personales-
- Cronograma de audiencias -entrevistas- de los aspirantes a integrar el CPC
- Generación de minutas de trabajo de los órganos que integren la CS
- Diseño de protocolo para generar lineamientos de contacto y transparencia.
Recordemos que este 15 de septiembre inicio el periodo ordinario de sesiones del segundo año legislativo en el Congreso del Estado. En este periodo emitirán convocatorias para elegir a los integrantes de la CPC del SEA, el fiscal anticorrupción y los comisionados del Instituto Transparencia del Estado de Aguascalientes. Los interesados en estos temas deberemos estar atentos a la emisión de estas convocatorias para que los ciudadanos que integren estos órganos no sean nombrados ni de cuotas, ni de cuates: perfiles profesionales y con conocimientos en el tema.
En particular, debemos de generar un observatorio ciudadano que dé seguimiento desde el registro de los participantes, integración de expedientes, entrevistas para integrar el CPC local, porque de ellos -CPC- dependerá la elección del Secretario Técnico quién será el encargado de ejercer las funciones que señala el artículo 35 de la LSEA.
Otro dato no menos importante que los ciudadanos de a pie deberíamos conocer con anticipación es el presupuesto que se le destinará a este sistema, el artículo 25 de la ley en comento menciona que: “El Congreso del Estado deberá asignarle año con año el presupuesto suficiente para el ejercicio integral, las atribuciones, objetivos y fines de la estructura operativa del SEA”. La pregunta a contestar: ¿contarán ya con un estudio, algún comparativo o aproximación de cuánto nos costará año con año este SEA?
Esa es una respuesta que tendrá que darnos el Poder Legislativo, pero esa es otra historia, que hay que darle seguimiento.
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