- La educación ha sido reconocida por los especialistas como la base del desarrollo del individuo, y fundamento de una sociedad democrática, tolerante y no discriminatoria
El artículo 3 constitucional estableció la educación básica, su carácter obligatorio, la calidad educativa, el respeto a los derechos humanos y su laicidad
El Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México (INEHRM) ha organizado el foro Derecho a la Educación. El derecho humano a la educación está consignado en el Acta Constitutivas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y, particularmente, en la de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), así como en las constituciones políticas de muchos países. La educación ha sido reconocida por los especialistas como la base del desarrollo del individuo, y fundamento de una sociedad democrática, tolerante y no discriminatoria.
En México, el derecho a la educación ha sido un anhelo que se puede encontrar desde el momento mismo en surgió la nación como independiente, en 1821. La preocupación por educar al pueblo mexicano estuvo presente durante todo el siglo XIX. De hecho, tanto en los planes de los liberales como en los de los conservadores se pensaba que sólo por medio de la educación la nación país podría progresar.
El primero de los artículos que polarizó el Congreso Constituyente de 1916-1917, fue el 3 constitucional, toda vez que el proyecto enviado por el presidente Venustiano Carranza se inclinaba por reproducir el artículo 3 de la Constitución de 1857, de esencia liberal clásica, en tanto que la Comisión de Constitución encabezada por el general Francisco J. Mújica, se inclinó por las tesis positivistas.
En la sesión del 13 de diciembre de 1916 se polarizaron los ánimos al grado que las alusiones personales hicieron su presencia, en particular, el enfrentamiento entre Francisco J. Múgica y el diputado Luis Manuel Rojas, quien lo consideró “vulgar”.
El debate fue largo y profundo, se hicieron presentes aspectos pedagógicos, jurídicos y políticos, y finalmente se impusieron los positivistas de Álvaro Obregón, ante la presencia de Venustiano Carranza, quien asistió a la sesión del 13 de diciembre de 1916, y fue testigo de cómo su proyecto sufría una dolorosa derrota política.
La redacción final del artículo 3 constitucional estableció la educación básica, su carácter obligatorio, la calidad educativa, el respeto a los derechos humanos y su laicidad, entre otros aspectos.
Participarán en el foro Concepción Barrón Tirado, autora de La lectura y la escritura en la educación en México. Aproximaciones teóricas, experiencias aplicadas y perspectivas de futuro, entre otros. Jorge Bartolucci Incico es autor del libro Desigualdad social, educación superior y sociología en México; Aurora Loyo es socióloga e historiadora de la educación, autora de El Movimiento Magisterial de 1958 en México y Armando Soto ha contribuido al estudio de la educación en el texto constitucional.
Con información de la Secretaría de Cultura
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