- En la misma sesión se nombró la Autoridad Conciliadora del Servicio Profesional Electoral Nacional
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En sesión extraordinaria llevada a cabo este martes en la Sala Consejeros del IEE, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, siguiendo los preceptos legales correspondientes en la materia, designó a la funcionaria pública que ocupará a partir de esta fecha la Titularidad de la Unidad de Transparencia de este Organismo, nombramiento otorgado a Shearley Ivett Álvarez Robles, quien será la encargada de recibir las solicitudes de información con que cuenta este instituto por parte de cualquier persona interesada, así como de darles el trámite legal correspondiente.
Asimismo, el Consejo General del IEE eligió a Fidel Moisés Cazarín Caloca, Coordinador de Vinculación con el INE, como la Autoridad Conciliadora del Instituto Estatal Electoral, para llevar los trabajos de mediación respecto a los conflictos que surjan entre los miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional y de éstos con el personal de la rama administrativa, en apego a los lineamientos establecidos por la ley en el rubro.
Además, el Consejo resolvió sobre la manifestación de intención presentada por la Asociación Civil Aguascalientes Democrático y Ciudadano, para la constitución de un Partido Político Local, en cumplimiento a la sentencia recaída a los autos del expediente SAE-RAP-002/2017, dictada por la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial de Aguascalientes, declarando la autoridad electoral del IEE improcedente la manifestación de intención mencionada. El efecto de esta resolución del Consejo General es que la asociación citada no puede continuar con el proceso de constitución de un partido político local, y por ende está imposibilitada legalmente para celebrar asambleas a fin de afiliar personas a su proyecto. Esta resolución se toma a partir de que la Sala Administrativa y Electoral resolvió que quien se ostentó como presidente de la asociación Aguascalientes Democrático y Ciudadano carecía de personería para representarla; por lo cual, su escrito de manifestación de intención, presentado el último día del plazo para cubrir este requisito, 31 de enero de 2017, no es válido.
El Consejo General del Instituto también resolvió el procedimiento sancionador Ordinario con número de expediente IEE/PSO/002/2017 integrado con motivo de la queja presentada por Jorge López Martín, quien denunció hechos que considera violatorios a la normatividad electoral a cargo del Partido Revolucionario Institucional. Sin embargo, después de su estudio se aprecian que los hechos en realidad corresponden a actuaciones de servidores públicos en el ejercicio de recursos públicos del Congreso del Estado y del Ayuntamiento de Aguascalientes, en cumplimiento a lo establecido por el artículo 261 del Código Electoral del Estado, el Consejo General del IEE determina desechar la denuncia de hechos promovida por Jorge López Martín, debido a que los actos denunciados resultan incompetentes para esta autoridad electoral, ya que no se establece el vínculo de competencia de la queja presentada y la facultad del Instituto Estatal Electoral para investigar los hechos señalados en el escrito de querella. También, en esta resolución el Consejo General, determina dar vista a las Contralorías Internas del Congreso del Estado y del Ayuntamiento de Aguascalientes, autoridades competentes para esta investigación.
Con información del IEE