- Los magistrados confirmaron a las asociaciones Somos de Aguascalientes y Corazón Hidrocálido
- Entre los alegatos del recurrente, es que ambas están conformadas por personas con afiliación partidista a Movimiento Ciudadano y PRI
La Sala Administrativa y Electoral (SAE) avaló otras dos solicitudes para constituir nuevos partidos políticos locales, de las asociaciones civiles Somos de Aguascalientes y Corazón Hidrocálido.
Por unanimidad, los magistrados avalaron las resoluciones CG-R-01/17 y CG-R-
04/17 -respectivamente- dictadas el 28 de febrero de 2017 por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Aguascalientes, en las cuales se resolvió procedente la manifestación de intención.
Las solicitudes fueron impugnadas por Mauricio Romo Rábago, representante legal de Unidos Podemos por Aguascalientes, quien consideró que las organizaciones no cumplen con los requisitos legales que se necesitan para convertirse en partidos locales. Entre sus alegatos, destaca que sus respectivos presidentes, Vicente Pérez Almanza y Salvador Farías Higareda, tienen doble afiliación partidista, lo que viola el artículo 18 de la Ley General de Partidos Políticos (LGIPE).
Romo Rábago acusa a Somos de Aguascalientes de estar conformada por miembros de Movimiento Ciudadano, ya que la secretaria y el tesorero, Jessica Alejandra Santillán Malo y Julián Alejandro Pérez Aguayo, también militan en ese partido, se lee en el expediente SAE-RAP- 005/2017. Sin embargo, la SAE determinó que como fundadores, se les debe considerar afiliados al partido en ciernes no obstante la doble afiliación.
En el recurso de apelación SAE-RAP- 006/2017, el recurrente acusa al dirigente de Corazón Hidrocálido, Farías Higareda, de formar parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y cuestiona la ausencia de renuncia al momento de presentar su escrito de intención ante el IEE. No obstante, los magistrados rechazaron lo anterior luego de constatar que no aparece en el padrón de afiliados del tricolor registrado en el Instituto Nacional Electoral (INE).
El órgano jurisdiccional del Poder Judicial del Estado sentenció que ninguna de las dos agrupaciones trastoca los derechos políticos electorales del inconforme y por tanto, carece de interés jurídico para exigir la revocación de su registro.
Hasta el momento, la agrupación de Vicente Pérez Almanza aventaja al resto, ya que es la única a la que se le ha validado una asamblea distrital, por haber logrado reunir el número mínimo de afiliados previsto en la LGIPE que equivale al 0.26 por ciento de dos terceras partes del padrón electoral de la circunscripción. Pero todavía le faltan otros once distritos para estar en condiciones de registrarse. El resto de las asociaciones civiles han tenido intentos fallidos para reunir el umbral mínimo en las asambleas realizadas en presencia de un funcionario del Instituto Estatal Electoral (IEE). La presentación de solicitud de registro será en enero del próximo año.