- Considera que el INE no fue objetivo en la valoración de los argumentos para remover a miembros del IEE
- Hasta este viernes, el tricolor no había sido notificado por escrito sobre la resolución emitida el martes
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) analiza impugnar el fallo emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE), que el martes desechó la denuncia para la destitución de los consejeros locales electorales por los errores en el cómputo de votos en el Distrito I, cometidos en la pasada elección.
El secretario jurídico del tricolor, Fidel Arteaga Solorio, reveló que podría recurrirse a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al considerar que lo argumentado por el Consejo General del INE no fue objetivo para calificar la queja como improcedente: “No están considerando absolutamente nada de los argumentos con los que sustentamos con documentales públicos, que no tienen prueba en contrario”.
En opinión del priista, los siete consejeros del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Aguascalientes son responsables de que no se hayan contabilizado cerca de tres mil votos a favor de la Coalición Aguascalientes Grande y para Todos, a pesar de que el INE determinó que la equivocación recae sobre el Consejo Distrital de dicha circunscripción.
“Es responsabilidad del consejero presidente -Luis Fernando Landeros Ortiz- y de los consejeros electorales que forman parte de ese cuerpo colegiado. Cada uno de ellos tiene su responsabilidad (…). Es como si nos fuéramos, por ejemplo, al artículo 98 del Código Municipal donde dice que el único responsable de la actuación y los trabajos que hagan los responsables del municipio o del Ayuntamiento es el único responsable es el presidente municipal. Es lo mismo aquí, el único responsable de las decisiones, criterios, resultados emitidos de propia voz y en documentación oficial del IEE es el presidente”, declaró en entrevista para La Jornada Aguascalientes.
Los errores, dijo, encuadran en las causales de remoción previstas en el artículo 102, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), específicamente en la fracción II del inciso a) “realizar conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de terceros y del inciso b) “cuando tengan notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones o labores que deben realizar”.
Se cuenta con cuatro días para que el PRI y los partidos de la otrora Coalición Aguascalientes Grande y para Todos presenten el recurso a partir de la notificación por escrito del fallo, que según el abogado priista, todavía ayer no había sido recibida por el Comité Directivo Estatal (CDE). Una vez que esto suceda, se reunirán con Francisco Ramírez Martínez, representante legal coalición, y posiblemente con los líderes de los demás partidos para tomar una decisión. Aunque de entrada, aseguró contar con los elementos jurídicos para hacerlo.