- En el año anterior, se emitieron 338
- Prevé Poder Judicial aumento en las solicitudes durante la Feria de San Marcos
Durante 2017, los juzgados del estado han concedido 83 órdenes de protección a víctimas de violencia de género, precisó el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), Juan Manuel Ponce Sánchez.
La orden de protección es un instrumento legal que prevé medidas cautelares de naturaleza civil, penal y de asistencia social, con el objeto de proteger a las personas -principalmente mujeres- cuando exista una situación de riesgo doméstico, previsto por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En 2016, se emitieron 338 órdenes: “Las pueden dictar cualquier juez, no sólo familiar, cualquier juez civil, mercantil, mixto o penal, tienen la instrucción inmediata de que cualquier asunto en el que la mujer alegue violencia, inmediatamente se atienda”.
El trámite para su obtención se lleva a cabo en el juzgado, ya sea de forma verbal o escrita y en función de las circunstancias expuestas por la víctima, se dictan medidas para su protección tales como prohibir al agresor acercarse e incluso residir a cierta distancia hasta determinar la guarda y custodia de los hijos menores, la comunicación con ellos, el régimen de prestación de alimentos y la reparación de los daños.
Luego de recibida la solicitud, el juez debe convocar a audiencia en un plazo máximo de 72 horas, para que la acción correspondiente se expida dentro de las ocho horas siguientes, “Tiempo en el que el juez notifica al agresor que puede comparecer ante el juzgado y ahí el juez puede modificar o confirmar la orden de protección una vez que escucha a las dos partes y establece la vigencia del tiempo de protección que considere necesaria.”
El 15 de marzo, la diputada presidente de la Comisión de Género en el Congreso local, Josefina Moreno Pérez, presentó una iniciativa para reformar al Código Penal del Estado en busca de incrementar la vigencia de las órdenes de protección, planteamiento expuesto durante el Parlamento de las Mujeres por la Asociación Civil Mujer Contemporánea. Sin embargo, en opinión del magistrado, el periodo debe quedar a consideración de cada caso.
“Habrá casos en los cuales la mujer diga que el agresor ya salió del domicilio, entonces la orden de protección es que no se acerque; pero hay ocasiones en que la acción deriva en que la mujer demanda al marido por pensión alimenticia y si antes la agredía y no le daba de comer, ahora que ya lo demandó la va a seguir agrediendo y menos le va a dar, en esos casos la vigencia debería ser por todo el tiempo en que dure el juicio para salvaguardar la integridad de la mujer y sus hijos”, opinó en entrevista colectiva.
Reconoció que se prevé un aumento en las solicitudes durante la Feria de San Marcos pues “el exceso de copas implica mayor violencia doméstica contra la mujer”, a pesar de ser periodo vacacional, se podrá acudir al Juzgado Quinto de lo Familiar en el Centro de Justicia de la Mujer donde habrá personal de guardia.