Niega Seguro Social pensión a jubilados - LJA Aguascalientes
24/11/2024

  • Echa mano de diferentes ilegalidades para justificar dicha negligencia
  • Denuncia Asociación Libre de Contadores Públicos falta de voluntad para atender este tipo de casos

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha negado pensiones de cesantía por edad avanzada y vejez a derechohabientes asegurados por la ley de 1973, denunció el presidente de la Asociación Libre de Contadores Públicos, René Manuel Campos Zambrano: “Cada vez más personas quedan en la miseria porque no les pagan esos míseros dos mil 300 pesos para poder subsistir y además los dejan sin atención médica”. En el año se han atendido al menos cuatro casos de esta naturaleza.

Para acceder a dicho régimen es necesario tener 60 años, haber cumplido por lo menos 500 semanas de cotización y estar asegurado en el momento en el que se inicia el trámite. Cuando se dictamina favorablemente, el pensionado recibe dos mil 300 pesos mensuales y el derecho a contar con Seguro Social y todo lo que esto implica -consultas, hospitalización, medicamentos- pero cuando no, las personas no pueden disfrutar de esos derechos. El contador estimó que seis de cada diez jubilados obtienen respuesta negativa a pesar de reunir todos los requisitos.

El IMSS echa mano de diferentes ilegalidades para justificar dicha negligencia. Primeramente la ley, pues si los interesados no tienen un patrón que los afilie en el último de año de su vida laboral, la pensión no les es autorizada; pero cuando logran darse de alta, el Seguro Social persigue tanto a los derechohabientes y como a los empleadores y mediante intimidaciones y argucias legales buscan demostrar que no hay relación laboral para no tener que pagar: “La misma ley pone una trampa para que las personas no acudan a solicitar este derecho, porque tienen que estar trabajando y desde los 45 años ya nadie encuentra trabajo, es una contradicción y trampa del sistema”.

En otros casos, el Seguro Social argumenta la aplicación de supuestas auditorías que se prolongan indefinidamente, poniendo en riesgo la calidad de vida de los adultos mayores, a quienes incluso se les niega el derecho de petición.

Campos Zambrano abundó que este año se ha dirigido quejas, a nombre de sus clientes, a la contraloría del IMSS, al delegado, los subdelegados y los jefes del Departamento de Auditorías, pero no han contestado. “La primer queja la presentamos en abril, hasta el 23 de junio fue recibida y en octubre contestaron que apenas se iba a comenzar a investigar”.

Añadió que otras dependencias como la Defensoría de Oficio, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) y la Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon) tampoco muestran voluntad para solucionar estos problemas: “Nadie nos quiere ayudar, las personas tienen que contratar servicios jurídicos privados, no tienen dinero y aun así tienen que conseguir para contratar abogados que los ayuden a luchar por un derecho que a ellos les corresponde”.

El artículo 1 de la Constitución establece que todas las dependencias y Poderes de todos los ámbitos están obligados a respetar los derechos humanos y hacerse responsables de su cumplimiento, sin embargo, en palabras del presidente de la Asociación Libre de Contadores Públicos, el derecho a la salud parece una excepción.

 



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Hilda Hermosillo

Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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2 thoughts on “Niega Seguro Social pensión a jubilados

  1. Hola, no dudo ni tantito que haya algunos casos en los que la pension sea negada por algun motivo pero…. en la nota dicen que los requerimientos para obtener una pension por cesantia es la de estar asegurado en el momento en que se solicita la pension, esto es un error puesto que la ley precisa que el trabajador debe de estar o bien cotizando en ese momento o bien estar dentro del PERIODOS DE CONSERVACION DE VIGENCIA DE DERECHOS, esto ultimo significa que desde que dejo de coitzar no haya transcurrido un periodo mayor al 25% de las semanas que si cotizo. Ejemplo: Si el trabajador cotizo durante 20 años, su periodo de conservacion de vigencia de derechos es de 5 años asi que durante ese periodos podra solicitar la pension sin problema alguno. Ahora, si ya paso ese plazo el trabajador tiene mas de una opcion para reactivar su vigencia, ya sea bajo el programa crezcamos juntos, o inscripcion voluntaria al imss o ya en ultimo caso obtener una relacion laboral. Tambien hay un terrible error en el monto de la pension, este monto se calcula en base al promedio de salarios de los utlimos 5 años cotizados, NO EXISTE MONTO FIJO COMO SE MENCIONA.

    1. PUEDE QUE SE EQUIVOCARAN EN ALGUN DETALLE EL PROBLEMA EN REALIDAD ES QUE SE LAS NIEGAN Y QUE HACEMOS SI CUMPLEN LOS REQUISITOS Y AUN ASI SE LA NIEGAN A QUIEN ACUDIR

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