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miércoles, diciembre 17, 2025

Los once ayuntamientos adeudan a la CFE

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • El saldo por consumo de electricidad no pagada es de 15 millones 367 mil  pesos
  • Aguascalientes, Pabellón de Arteaga y Rincón de Romos, los que más deben

En total, los once municipios del estado de Aguascalientes adeudan 15 millones 367 mil 119 pesos a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

De acuerdo con un informe de la Dirección de Operación de la paraestatal, con datos al mes de octubre, el municipio capital es el que más debe a la paraestatal: por un consumo de energía eléctrica de tres millones 300 mil 882 kilowatts por hora (KWh), nueve millones 941 mil 920 pesos.

Le siguen Pabellón de Arteaga, con el rezago en el pago de 490 mil 138 kilowatts por hora (KWh), por un importe de un millón 224 mil 957 pesos; Rincón de Romos, 322 mil 786 KWh, 884 mil 206 pesos; Jesús María, 240 mil 364 KWh, 723 mil 341 pesos; Asientos, 266 mil 462 KWh, 672 mil 181 pesos; San Francisco de los Romo, 174 mil 320 KWh, 599 mil nueve pesos; El Llano, 128 mil 659 KWh, 415 mil 276 pesos; Calvillo, 131 mil 402 KWh, 407 mil seis pesos; San José de Gracia, 139 mil 94 KWh, 396 mil 22 pesos; Tepezalá, 53 mil dos KWh, 94 mil 635 pesos y Cosío, dos mil 752 kilowatts por hora, lo que se traduce en ocho mil 566 pesos.

El servicio, hasta el momento, no le ha sido suspendido a ninguno de los ayuntamientos morosos; sin embargo es probable que esta deuda sea heredada a los alcaldes electos que tomarán posesión el día 1 de enero.

El artículo 26 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica establece que la suspensión del suministro debe efectuarse en los siguientes casos: falta de pago oportuno de la energía eléctrica durante un período normal de facturación -diez días-, cuando se acredite el uso de energía eléctrica a través de instalaciones que alteren o impidan el funcionamiento normal de los instrumentos de control o de medida; cuando las instalaciones del usuario no cumplan las normas técnicas reglamentarias; cuando se compruebe el uso de energía eléctrica en condiciones que violen lo establecido en el contrato respectivo; cuando se esté consumiendo energía eléctrica sin haber celebrado el contrato respectivo; y cuando se haya conectado un servicio sin la autorización del suministrador. En cualesquiera de los supuestos anteriores, la Comisión Federal de Electricidad procederá al corte inmediato del servicio, sin requerirse para el efecto intervención de autoridad.

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