Hacen falta precisiones sobre la reelección de alcaldes y diputados - LJA Aguascalientes
24/11/2024

 

  • El Código Electoral se quedó corto: presidente del IEE
  • Tiene que aumentarse la regulación para evitar confusiones en futuros procesos electorales

El consejero presidente del Instituto Estatal Electoral (IEE), Luis Fernando Landeros Ortiz, consideró que hacen falta modificaciones al Código Electoral del Estado de Aguascalientes que expliquen el funcionamiento de la reelección de diputados locales y presidentes municipales, que será posible a partir de 2018.

En entrevista con los medios de comunicación, advirtió que las especificaciones son necesarias para evitar confusión en los futuros procesos electorales: “El plazo como tal es genérico como cualquier tipo de servidor público y tendrían que retirarse con la temporalidad que establece el Código, pero de igual manera creo que el Código Electoral se queda un poco corto en ese aspecto y se tiene que regular un poco más para evitar cuestiones de incertidumbre”.

En julio de 2014, el Congreso del Estado armonizó la Reforma Político-Electoral que prevé la reelección de presidentes municipales y diputados locales; las modificaciones a los artículos 18 y 72 de la Constitución local -contenidas en el decreto número 69- establecen que ambos cargos de elección popular, así como regidores y síndicos, solamente pueden ser reelectos por un periodo adicional consecutivo, es decir, podrán permanecer en el cargo seis años como máximo, a diferencia de la norma federal que permite la reelección hasta por cuatro periodos consecutivos.

La legislación también marca que en ambos casos, la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los postule, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato. Esto significa que pueden cambiarse de partido o incluso convertirse en candidatos independientes, siempre y cuando se cumpla con el plazo señalado.

La reforma constitucional en materia político electoral, aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre de 2013, obligó a los congresos estatales a legislar para introducir esta figura en sus leyes estatales que estuvo prohibida por la Carta Magna durante décadas. Sin embargo, la reelección no es aplicable para los diputados locales, presidentes municipales, regidores y síndicos que se encuentren en funciones a la entrada en vigor del decreto.

Dicha reforma permitió también a los diputados federales reelegirse hasta por cuatro períodos a partir de 2015, y a los senadores hasta por dos períodos consecutivos, sumando un total de doce años en ambos casos.


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Hilda Hermosillo

Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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