- Cuatro estaciones de servicio fueron multadas con montos de 55 mil pesos cada una
- Ninguna de las estaciones de servicio fue suspendida o clausurada
Durante los operativos de verificación efectuados en 2016, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) encontró en Aguascalientes cinco estaciones de servicio de gasolina que despachaban cantidades menores a las que cobraban a sus clientes.
De acuerdo con un informe obtenido vía transparencia, la Dirección General de Verificación de Combustibles detectó irregularidades en los establecimientos Super Servicio Bonaterra, Superservicio Terecar, Servicios de Combustible de Occidente, Tercer Anillo y Superservicio Gasero, por lo que fueron sancionados por montos de 55 mil pesos en los términos del artículo 126 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), con excepción de la última de las gasolinerías antes mencionadas, ya que se determinó que la desviación encontrada no afectaba al consumidor.
La dependencia detalló, en respuesta a la solicitud de acceso a la información 00569/16, que ninguna de las estaciones de servicio fue suspendida o clausurada, sin embargo sí se les impuso una medida de apremio consistente en la inmovilización de los instrumentos encontrados con la anomalía, hasta el momento en que esta fue subsanada, de conformidad con lo ordenado por el artículo 25 bis de la LFPC.
El despacho de gasolina no debe exceder el margen de diferencia especificado por la Ley Federal de Metrología y Normalización y la Norma Oficial Mexicana (NOM) 005-SCFI-2011, que contienen las errores máximos tolerados y evalúa a los sistemas de despacho de gasolina y otros combustibles líquidos, es decir, qué tan cerca se encuentra el valor obtenido del volumen despachado. Estos errores se refieren a la diferencia entre la lectura indicada por el dispensario y la medida volumétrica entregada al consumidor; de esta manera, para 20 litros despachados, la tolerancia será de 100 ml.
Cabe mencionar que durante la verificación, el personal de Profeco revisa también que el precio exhibido corresponda con el establecido por la Secretaría de Hacienda; que los instrumentos de medición cuenten con los distintivos que garantizan su calibración -hologramas- y que estos no estén rotos o mutilados; que el producto despachado -gasolina o diésel-. reúna las especificaciones de calidad, mediante la toma de muestras para su envío a un laboratorio especializado; que los sistemas de despacho no presenten fallas o averías; que los componentes mecánicos correspondan al sistema hidráulico del sistema de medición o dispensario, permanezcan de acuerdo con el diseño original aprobado por la autoridad; entre otros.