La difusión y el desarrollo de la cultura deben atender a la diversidad y libertad creativa - LJA Aguascalientes
15/11/2024

  • Luis Norberto Cacho, Luis Raúl González, Nuria Sanz y Berenice Gervassi participaron en mesa de diálogo en el Cenart
  • Es decisivo para la realización ideal del ser humano libre ejercer a plenitud los derechos culturales

En el primer día de trabajos del Foro Internacional Derechos Culturales y Derechos Humanos, convocado por las secretarías de Cultura y de Gobernación, con la colaboración de la Oficina en México de la Unesco, en la mesa Derechos culturales y marco normativo, los especialistas hicieron un recorrido por los acuerdos, convenciones y reuniones internacionales en los que se ha planteado y estudiado la importancia de los derechos culturales.

Luis Norberto Cacho, director general jurídico de la Secretaría de Cultura, comentó que casi se podría afirmar que la población en México concuerda en que el arte y la cultura, el patrimonio cultural, la creación artística y su difusión, deben protegerse y preservarse.

Indicó que es materia de la Secretaría de Cultura promover los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa.

“Deben establecerse los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural, según se señale en la ley. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos culturales previstos en los tratados internacionales y prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de los derechos culturales en los términos que establezca la ley”, expuso el funcionario.

Comentó que el 30 de abril de 2009, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se reformó para adicionar el párrafo 12 del artículo 4, el cual establece cuáles son los derechos culturales. En él, dijo, se prevé que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales e indicó que dicha reforma se complementa con la realizada en materia de derechos humanos el 10 de junio de 2011.

En el Foro de las Artes del Centro Nacional de las Artes (Cenart), donde compartió la mesa de diálogo con Nuria Sanz, directora de la Organización de las Naciones Unidas para la EducacIón, la Ciencia y la Cultura (Unesco) en México, y Berenice Gervassi, de la Secretaría de Gobernación, Luis Cacho explicó que los derechos culturales que se derivan del artículo 4 constitucional y que ahora son derechos humanos son: acceso a la cultura, disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia y el ejercicio de los derechos culturales.

“La obligación del Estado, a través de cualquiera de sus órganos, es proteger, fomentar y preservar estos derechos. En lo que respecta específicamente a la Secretaría de Cultura, como dependencia encargada de la materia, sus órganos desconcentrados y las paraestatales del sector, es respetar y preservar estos derechos humanos.”

Manifestó que al otorgarse una beca, al permitir la entrada a un museo o al organizar una función de ballet, se están cumpliendo con los derechos culturales previstos en la Constitución. “Al ser los derechos culturales derechos humanos en los artículos 4 y 1, el juicio de amparo es el primer instrumento que tenemos para que se protejan estos derechos”.

Destacó que México forma y ha formado parte de los tratados internacionales, los cuales tienen supremacía sobre leyes federales o legales, por lo cual tratándose de derechos humanos, la Constitución y tratados tienen la misma jerarquía: “Tenemos un panorama muy preciso de lo que corresponde en materia de derechos culturales para la protección, preservación y ejecución de los derechos humanos”.


Luis Raúl González Pérez, presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), refirió que la cultura engloba las formas de vida, el lenguaje, la literatura escrita y oral, la música, los sistemas de religión y creencias, así como los deportes.

“La cultura involucra a todos y cada uno de los aspectos que definen la propia naturaleza humana, reviste un importante significado para la vida y como tal es esencial en la realización del ideal del ser humano libre; la protección y garantía de los derechos culturales son los puntos cardinales para alcanzar la dignidad de las personas.

Señaló que el goce y disfrute de los derechos culturales inciden en el ejercicio de otros derechos humanos, particularmente debido a su propia transversalidad del concepto de cultura y su relevancia para el devenir de la humanidad. “El derecho humano al participar en la vida cultural se encuentra íntimamente relacionado con los derechos, a la autodeterminación de los pueblos e incluso a los de carácter político, igualdad y de no discriminación”.

“Con las reformas al artículo 4, párrafo 12, se reconoce el derecho de acceso a la cultura y el disfrute de los bienes y servicios que presta el estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa, estableciendo los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.”

Hizo referencia al artículo 28, respecto a la protección de los intereses morales y materiales correspondientes a las producciones científicas, literarias o artísticas, los cuales son reconocidos y establecidos: “La protección constitucional en esta materia de derechos culturales es central dada la diversidad étnica y lingüística que nos privilegia, la riqueza de nuestra historia, valores, creencias y tradiciones, el amplio acervo artístico y gastronómico y los insoslayables avances académicos y producciones científicas”.

Luis Raúl González comentó que es decisivo para la realización ideal del ser humano libre ejercer a plenitud los derechos culturales.

Con información de la Secretaría de Cultura


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