- Al momento solamente se ha celebrado una audiencia de juicio oral en el estado
- Se han dictado 65 sentencias a partir de la entrada en vigor del sistema acusatorio
En Aguascalientes se han integrado nueve mil 391 carpetas de investigación bajo el nuevo sistema de justicia penal acusatorio, que fue implementado el 27 de mayo en la totalidad del territorio estatal, de acuerdo a un informe obtenido vía transparencia; las carpetas de investigación son integradas a partir del material presentado por agentes del Ministerio Público, policías y peritos respecto a la probable comisión de un delito.
En respuesta a la solicitud de acceso a la información 34719, el Poder Judicial del Estado detalló que a partir de la fecha antes mencionada, con corte en agosto, se han celebrado 441 audiencias, en las que las partes reúnen elementos de prueba para esclarecer los hechos bajo la dirección de un juez de control.
En ese mismo periodo se han dictado 167 controles de detención y autos de vinculación a proceso, la fase previa al juicio oral en la que el imputado es informado del delito que se le acusa; el lugar, tiempo y circunstancias del hecho que la ley considera como delito en el que existe la probabilidad de que participó, en los términos del artículo 19 de la Constitución Federal.
Hasta el momento, solamente se ha celebrado una audiencia de juicio oral por delito del fuero común en Aguascalientes, misma que tuvo lugar el pasado 2 de septiembre en el Tribunal de Oralidad del Tercer Partido Judicial con sede en el municipio de Pabellón de Arteaga. Con la reforma penal del 2008, los juicios deben cumplir con los requisitos de publicidad, contradicción, concentración e inmediación.
De acuerdo a la información contenida en el expediente PAI.PJE.159/2016, se han dictado 65 sentencias bajo el nuevo sistema de justicia penal acusatorio (no se precisa si fueron desahogadas a través de procedimiento abreviado) y 60 personas han sido enviadas a prisión preventiva. Del mismo modo, se dio a conocer que 98 casos fueron resueltos por métodos alternos.
En su respuesta a la solicitud de información, el Poder Judicial no especificó el monto de resarcimiento de los daños.
La Constitución establece, en su artículo 20, que el proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, la protección del inocente, la procuración de que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.