El trabajo digno, derecho consagrado en la Constitución y en la propia Ley Federal del Trabajo, no sólo contempla al aspecto de remuneración suficiente para acceder a los satisfactores mínimos de bienestar, sino que está también ligado al tema de las condiciones y del trato que el trabajador recibe en sus centros laborales.
Poco se habla de este tema, por eso mi interés en compartir la siguiente reflexión:
La noción de trabajo decente incorporada ya a la Ley Federal del Trabajo, incluye todos los principios fundamentales que se desprenden de la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1998, como lo son, libertad sindical y libre contratación, no discriminación, prohibición del trabajo forzoso, y prohibición de las peores formas de explotación infantil.
Contiene además tres elementos adicionales no contemplados por la Declaración de 1998 de este organismo internacional como el derecho al acceso a la Seguridad Social, el derecho a la formación profesional, como la capacitación continua y el derecho a la Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Estos componentes amplían la noción de trabajo decente en el sistema laboral mexicano. Si un trabajo no reúne los elementos establecidos por el artículo segundo de la Ley Federal del Trabajo, ya reformada, no podrá considerarse como trabajo decente.
La libre negociación colectiva en la LFT integra la noción de trabajo decente en México, además que la libre negociación colectiva, forma parte de los derechos y principios fundamentales que se desprenden de la Declaración de 1998 de la OIT.
¿Qué hace diferente a México, en el terreno laboral, respecto de otros países de su misma condición económica?
En esencia se pueden enlistar varios preceptos pero solo pondré los más importantes: La libertad de asociación y la libertad sindical, así como el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva. La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
Ingredientes importantes para el tema de calidad del trabajo lo constituyen además la penalización del hostigamiento y acoso sexual, un fenómeno bastante recurrente en los diversos centros de trabajo.
De esta manera, conjuntando estos conceptos diversos, podemos inferir que cuando se habla de trabajo digno, no sólo se habla de la remuneración, elemento importantísimo para mejorar la calidad de vida, pero dista mucho de ser el único ingrediente que dé por resultado los empleos de calidad a los que los mexicanos aspiramos.
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