Insiste abogado en que Martín Orozco carece de fuero constitucional - LJA Aguascalientes
15/11/2024

 

  • Además, acusa a gobernador electo de emplear documentos falsos al tramitar su candidatura
  • El abogado José Óscar Valdés Ramírez espera que el juicio se resuelva la semana entrante

 

El abogado José Óscar Valdés Ramírez considera poco viable que Martín Orozco Sandoval logre tomar protesta como gobernador debido al proceso penal iniciado en 2009 por presunto tráfico de influencias y ejercicio indebido de atribuciones.

Además, el especialista en Derecho Penal acusó al panista de haber empleado documentos falsos durante el registro de su candidatura, cuando presentó una carta de antecedentes no penales firmada por Héctor Delgadillo Pereida, juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Tribunal Superior de Justicia del Estado, donde no aparece la supuesta orden de aprehensión y auto de formal prisión que recibió en 2010 a consecuencia de una permuta de terrenos durante su último año como alcalde de Aguascalientes: “Martín Orozco ya había competido para ser gobernador en el pasado, ya tenía carta de antecedentes penales en el proceso de hace seis años, sin embargo en éste la carta aparece limpia de antecedentes penales (…); o mintió en el pasado o mintieron ahora”.

Agregó que se dio vista al Ministerio Público de la Federación para que verifique la documentación y determine si incurrió en delito. A pesar de que la falsificación está tipificada en el artículo 162 del Código Penal Para el Estado de Aguascalientes como del fuero local, la tesis de jurisprudencia 1a./J. 151/2007 lo sitúa en el ámbito federal. En este caso, el registro de candidaturas se llevó a cabo ante el Instituto Nacional Electoral (INE).

En respuesta a lo declarado por el presidente estatal del Partido Acción Nacional (PAN), Paulo Martínez López a La Jornada Aguascalientes el 23 de junio, Valdés Ramírez insistió en que, en estos momentos, Martín Orozco Sandoval carece de fuero constitucional de acuerdo con los artículos 125 y 62 de la Constitución Mexicana; el senador con licencia perdió dicha protección desde que recibió constancia de mayoría como gobernador electo y, en ese supuesto, podría ser aprehendido para continuar con su proceso en prisión “como cualquier otro ciudadano” pues no gozaría nuevamente de fuero hasta haber tomado protesta como gobernador constitucional.

“El panista no ha sido llevado a prisión porque cuenta con el fuero de senador, pues para ese efecto se consiguió un amparo en 2012, se amparó pidiendo la suspensión inmediata del proceso penal hasta la conclusión de su encargo como senador de la República porque aún se encontraba en pie la orden de ingresar al penal para substanciar el procedimiento”.

Contrarió también al presidente del Supremo Tribunal de Justicia (STJE) del estado de Aguascalientes, Juan Manuel Ponce Sánchez, quien el 20 de junio declaró a este medio de comunicación que el juicio contra Orozco Sandoval se detuvo en la presentación de pruebas y si el panista conserva el puesto de gobernador, luego de las impugnaciones presentadas, las acusaciones quedarán archivadas por los próximos seis años: “Absolutamente falso, recordemos que no estamos ante el juicio adversarial, sino ante hechos cometidos en el sistema mixto inquisitorio, esto es averiguación previa, no carpeta de investigación”.

Valdés aseguró que hay antecedentes de dos funcionarios con órdenes de aprehensión que fueron detenidos antes de tomar protesta de su siguiente cargo, al recordar particularmente el caso de David Sánchez Guevara, exalcalde de Naucalpan (Estado de México) quien fuera detenido el año pasado antes de rendir protesta como diputado federal por el PRI.


De acuerdo con el artículo 169 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, el ejercicio indebido del servicio público se sanciona con dos a seis años de prisión, de 50 a 100 días multa, al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados y la destitución e inhabilitación de uno a cuatro años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

A los responsables de tráfico de influencias, según el artículo 175, se le aplicarán de dos a seis años de prisión, de cien a 500 días multa, el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados y la destitución e inhabilitación de dos a cinco años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.

El litigante aseguró desconocer de todo el asunto hasta que fue contratado por el PRI: “Aquí lo que veo son una serie de complicidades muy, muy graves; una serie de omisiones muy graves”.

El recurso fue presentado la semana pasada y la resolución se espera a más tardar la semana siguiente. Este medio de comunicación trató de localizar a los defensores legales de Martín Orozco Sandoval, sin embargo, no hubo respuesta.

 


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Hilda Hermosillo

Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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