Confirma Lorena Martínez que impugnará el triunfo de Martín Orozco - LJA Aguascalientes
26/04/2025

  • Guerra sucia e intromisión de la Iglesia Católica podrían derivar en la nulidad de la elección
  • Su movimiento en defensa del voto será totalmente institucional y pacífico

 

“Por acuerdo de los dirigentes de los partidos políticos que integramos la alianza Aguascalientes grande y para todos, vamos a recurrir a las instituciones legales que velan por la vigencia de los derechos políticos, para asegurarnos que el proceso electoral del pasado 5 de junio, para la elección de gobernador, se haya llevado a cabo en estricto apego a la Constitución y las leyes electorales”, manifestó la excandidata a la gubernatura de Aguascalientes, Lorena Martínez Rodríguez, en un encuentro con militantes y simpatizantes en la explanada del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Martínez Rodríguez explicó que se ha logrado recabar evidencia suficiente para presentar ante las autoridades correspondientes los recursos necesarios en virtud de que el Partido Acción Nacional (PAN) recurrió a prácticas irregulares a fin de ganar el voto el 5 de junio.

“Las prácticas políticas no éticas ni convencionales, mejor conocidas como guerra sucia, que sin duda deben ser desterradas de un régimen democrático que tiene reglas estrictas, arbitraje y penalizaciones para los infractores de la ley”, dijo Lorena Martínez quien denunció que además de la calumnia y los ataques, Acción Nacional recurrió al financiamiento público en sus campañas.

Otro factor determinante para que el blanquiazul encabezara las preferencias, no sólo en Aguascalientes, sino en otros puntos del país, fue la intervención de la Iglesia católica y organismos civiles de corte conservador, quienes llegaron a exigir a la feligresía a no votar por el Revolucionario Institucional, situación que dijo Martínez Rodríguez, implica una clara violación al Estado de derecho.

“Si (Benito) Juárez estuviera, vivo se volvería a morir, soy una mujer comprometida con el cambio social, forjada en los principios del Partido Revolucionario Institucional, soy una creyente y convencida del Estado laico y voy a defender al Estado laico en Aguascalientes (…) vamos a defender que la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos se respete en Aguascalientes y todo México”, dijo Lorena Martínez.

La candidata priista indicó que se existe confianza en que las evidencias recopiladas puedan derivar incluso en la nulidad de los resultados, esto al considerar los antecedentes de la pasada elección del año pasado, en que la intervención del gobernador Carlos Lozano de la Torre provocó que se repitieran los comicios: “La impugnación de resultados es un recurso y un derecho de todos los partidos políticos y que ellos (PAN) recientemente también han ejercido (…) tendremos la oportunidad de corregir esa situación y asegurarnos que la siguiente autoridad estatal goce de la legitimidad que solamente los procesos electorales legales. La ratificación de que la legalidad debe prevalecer sobre los intereses particulares, dará en su caso un nuevo proceso electoral del que todos saldremos fortalecidos”.

Como parte de su discurso, de cerca de 17 minutos de duración, efectuado entre las múltiples pausas derivadas de las ovaciones de la concurrencia, Lorena Martínez aclaró que el movimiento que encabeza será completamente institucional, por lo que descartó manifestaciones y protestas que pudieran afectar a la ciudadanía: “En ningún momento queremos generar espacios de incertidumbre o desestabilización política, únicamente buscamos que los tribunales validen y verifiquen que los resultados electorales no son consecuencia de prácticas ilegales (…) reiteramos que es un proceso pacífico contemplado en las leyes locales y federales, durante su desahogo no se afectará la vida cotidiana de las y los habitantes de Aguascalientes”.



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4 thoughts on “Confirma Lorena Martínez que impugnará el triunfo de Martín Orozco

  1. No soy panista, pero creo que eso de guerra sucia, la hacen todos los partidos o estoy equivocado? así que si el PRI quiere atacar por ese lado… pues que primero saque la biga de su ojo.

  2. Guerra sucia, no se equivoque de donde salia la guerra sucia, si no su esbirro la víbora Morales que hasta espió y edito audios telefónicos, no se muerda la lengua. Bueno tiene que ocupar a sus abogados para que no duerman jajajaj

  3. Aguascalientes, Ags. Junio martes 14 de 2016
    ACADEMIA DESDE LO VIRTUAL: ¿ESTADO DE DERECHO? ¿ESTADO LAICO? Y ¿REGALITO DEL CIELO?
    ELECCIONES DEL 05 DE JUNIO DE 2016. POR UN RAZONAMIENTO INTELIGENTE E INFORMADO CIUDADANO.

    Dejemos que las autoridades electorales competentes, realicen su trabajo contratado y mediante SENTENCIA JUDICIAL nos recuerden y determinen ¿Qué ES UN ESTADO DE DERECHO, ESTADO LAICO y REGALITO DEL CIELO?

    Este es el panorama que se vislumbra; así es como pintan las cosas: Laico es un término que proviene de un vocablo latino, y que sirve para referirse a aquello que NO SE ENCUENTRA BAJO ÓRDENES CLERICALES.

    En Aguascalientes aproximadamente somos 1 millón 250 mil habitantes, ese es realmente Aguascalientes.

    La suma de los porcentajes de electores que votaron considerando una lista nominal 2016 RFE-INE de 893 mil 637 (100%), fue el siguiente:

    (PAN: 203,417=22.76%) (PRI: 189,852=21.25%) = DIFERENCIA 1.51%.

    QUE ES ESTADO DE DERECHO.

    Comunidad social con una organización política común y un territorio y órganos de gobierno propios que es soberana e independiente políticamente de otras comunidades. Estado cuyo poder y cuya actividad están REGULADOS Y GARANTIZADOS POR LEY.

    Estado de derecho está formado por dos componentes: el Estado (como forma de organización política) y el derecho (como conjunto de las normas que rigen el funcionamiento de una sociedad).

    QUE ES UN ESTADO LAICO. Principio histórico de separación Estado-iglesias.

    Para que un Estado pueda considerarse laico es necesario que cumpla con una serie de requisitos.

    1) QUE RESPETA LA CREENCIA DE AQUELLOS QUE NO CREEN. Es decir, tienen derecho a vivir en un espacio donde no deban responder por mandatos que no respetan; y
    2) DE LOS QUE CREEN. Que cuentan con una legislación no creyente en el ámbito jurídico y una que se adecua a sus creencias, en el marco de lo espiritual, moral y religioso.

    Partido Socialdemócrata
    vs.
    Secretario Ejecutivo en su carácter de Secretario del Consejo General del Instituto Federal Electoral

    Jurisprudencia 11/2011

    ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y MINISTROS DE CULTO. LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN ES LA COMPETENTE PARA SANCIONARLOS POR LA INFRACCIÓN A NORMAS ELECTORALES.- De la interpretación funcional y sistemática de los artículos 41 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 3°, 6°, 8°, fracción I; 14, 25, 29, 30, 31, 32 y 33 de Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 27, fracción XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 341, párrafo 1, inciso I); 353, párrafo 1, inciso a); 354 y 355, párrafo 4 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 76, 77, 78 y 79 del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral, se colige que el principio histórico de separación Estado-iglesias orienta las normas que regulan las relaciones entre éstos, de manera que las iglesias no se inmiscuyan en la vida civil y política del país y las autoridades tampoco interfieran en la vida interna de las iglesias y asociaciones religiosas. Para preservar tal principio en la materia, el citado código electoral federal establece las conductas infractoras que pueden ser cometidas por los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier religión, así como la facultad del Instituto Federal Electoral de integrar y sustanciar el procedimiento atinente para la investigación y en su caso, la acreditación de los hechos que violen las normas contempladas en ese propio ordenamiento; por su parte, la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público dispone las sanciones que pueden ser aplicadas a los referidos sujetos cuando quede demostrada su responsabilidad por actos conculcatorios del orden jurídico electoral. Por ello, en el evento de que se vulnere la prohibición de realizar acciones de PROSELITISMO ELECTORAL O DE INDUCCIÓN AL VOTO CIUDADANO, las atribuciones del Instituto Federal Electoral se materializan en la integración del expediente motivo de la denuncia, lo cual indefectiblemente conlleva, efectuar las indagaciones necesarias, recabar la información, pruebas y documentos que resulten indispensables para determinar si existe una transgresión a las disposiciones electorales; en tanto, la facultad sancionatoria respecto de dichas conductas contraventoras corresponde exclusivamente a la Secretaría de Gobernación.

    CON MIS ATENTOS SALUDOS ALEGRES Y SIN ESTRÉS.

  4. Ja ja ja.
    Ni la burla perdona la Lic. Lorena.
    Ya perdiste.
    Todas las mañas utilizadas por el PRI, será que el alumno superó al maestro.

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