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lunes, diciembre 22, 2025

Sala Monterrey del TEPJF modifica acuerdo sobre paridad y ordena al IEE emitir uno nuevo

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  • Las demandas para revocación señalaron que el IEE pretendió regular la distribución de candidaturas con base en una resolución revocada por el TEPJF, lo que vulneraba la libertad de configuración legislativa de la entidad y, con ello, el principio de certeza al dictar reglas nuevas en un proceso electoral ya iniciado

 

Al resolver los juicios de revisión constitucional electoral y para la protección de los derechos políticos-electorales SM-JRC-10/2016 y SM-JDC-36/2016 que presentaron el Partido Acción Nacional (PAN) y Luis Daniel Ruiz Rangel, candidato del Partido Nueva Alianza a la presidencia municipal de San Francisco de los Romo, en la que impugnaron un acuerdo del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE), la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó dicho acuerdo y ordenó al Instituto local dictar uno nuevo, al estimar que algunas de las reglas que contenía eran inválidas al no tener como base la Constitución ni la ley electoral estatal.

El acuerdo emitido por el Instituto Electoral contemplaba una serie de determinaciones, reglas y criterios para garantizar el principio de paridad de género en la postulación de cargos de diputados e integrantes de Ayuntamiento en el proceso electoral local 2015-2016.

El PAN y Ruiz Rangel en sus demandas señalaron que el Instituto Estatal pretendió regular la distribución de candidaturas con base en una resolución revocada por el TEPJF, lo que además de estar afectado de invalidez, vulneraba la libertad de configuración legislativa de la entidad y, con ello, el principio de certeza al dictar reglas nuevas en un proceso electoral ya iniciado.

En su decisión, los magistrados consideraron procedente modificar el acuerdo, y a fin de procurar claridad y certeza a los distintos actores políticos, ordenaron al Instituto Electoral emitir uno nuevo, tomando en cuenta lo resuelto en la sentencia de la Sala Regional.

En otra determinación, el pleno revocó una resolución dictada por el Registro Federal de Electores a través de la Junta Distrital Ejecutiva 02 con sede en Aguascalientes, ordenó expedir y entregar la credencial para votar al ciudadano Julio Antonio Saucedo Ramírez al estimar que la autoridad administrativa no cumplió con las obligaciones que le impone la ley de dar aviso al solicitante y éste pudiera concluir el trámite con la recepción del documento de identificación  y ciudadanía.

Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió un juicio de revisión constitucional electoral y dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho quien la preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz, Reyes Rodríguez Mondragón.

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