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miércoles, diciembre 17, 2025

Audita SAT sin notificar a contribuyentes

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Un tercio de las revisiones se realizarán en medios electrónicos en todo el país a partir de este año
  • Prodecon atenderá quejas por auditorías electrónicas

 

Desde el mes de enero la ley faculta al Sistema de Administración Tributaria (SAT) para realizar revisiones electrónicas a los contribuyentes que presenten irregularidades fiscales.

A raíz de modificaciones al Código Fiscal de la Federación enmarcadas en la Reforma Hacendaria, además de las visitas domiciliarias o revisiones de gabinete, el brazo fiscalizador de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP) podrá auditar a los contribuyentes sin previa notificación a través de medios electrónicos, detalló el delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), José Antonio Guerra Caparrós.

La revisión o auditoría electrónica se aplica a quienes cumplen con el envío de la contabilidad electrónica. Actualmente cualquier comunicación con la autoridad fiscal debe ser a través del buzón tributario, disponible en el portal de internet del SAT. La dependencia ya no acepta la contabilidad en impreso.

Guerra Caparrós abundó que el procedimiento se podrá llevar a cabo partiendo de la información que la autoridad fiscal tenga en su poder sin requerir al contribuyente ni necesariamente avisarle del inicio del mismo, concluyendo con la emisión de una resolución preliminar e incluso la predeterminación de un posible adeudo: “el contribuyente no recibiría una orden de visita, sólo una preliquidación o una resolución provisional porque se entiende que la autoridad ya revisó lo que tiene en su sistema y calcula un monto a pagar en máximo 15 días o comprobar que en SAT comete algún error. El SAT resolverá en un plazo de 40 días después de que obtenga la información del contribuyente”.

Calculó que se llevarán a cabo entre siete mil y diez mil auditorías electrónicas durante este año en todo el país: “para que se dé esta comunicación los contribuyentes deben tener su correo electrónico registrado en el SAT con excepción de los que están en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) porque su contabilidad está en la herramienta Mis Cuentas, también los que están en actividades profesionales y los del régimen de arrendamiento”.

El funcionario federal destacó que los causantes que enfrenten una auditoría electrónica pueden recurrir a Prodecon en caso de percibirla injusta. Agregó que en caso de recibir una preliquidación, el contribuyente puede pagar esa diferencia o soportar toda la visita electrónica para comprobar, mediante documentos electrónicos, que no es correcta la determinación de la autoridad.

También se tiene la opción de iniciar un acuerdo conclusivo que interrumpe la revisión electrónica para que la persona pueda llegar a un acuerdo con la autoridad a partir de las observaciones formuladas por Prodecon e incluso se puede acceder a la condonación del cien por ciento de las multas. También se puede impugnar ante Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, sin embargo este procedimiento puede ser demorado.

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