Todo lo que digas, podrá ser utilizado en tu contra…
Tarjeta Miranda
Tanto el relator de las Naciones Unidas como Amnistía Internacional, en sus informes presentados en 2015, señalaron que la práctica de la tortura es cotidiana y generalizada en México. En el documento Promesas en el papel, impunidad diaria: la epidemia de tortura en México continúa, Amnistía Internacional afirmó que las denuncias sobre este tema aumentaron a más del doble entre 2013 y 2014. Aparentemente, en respuesta a esas voces, la Presidencia de la República presentó una iniciativa para la creación de la Ley General contra la Tortura, que se recibió por el Senado en este último mes del año, para darle trámite.
La iniciativa realmente se presenta por mandato constitucional: el 10 de julio se reformó el artículo 73 de la Constitución Federal, y creó la facultad exclusiva de la Federación para hacer normas sobre tortura, quitando ese poder a las legislaturas locales para evitar normas contradictorias que provoquen impunidad. Este decreto obligó a que esa ley estuviera creada a más tardar el 11 de enero de 2016, por lo que desde ahí se ve falta de voluntad política, al presentarse una iniciativa de última hora, y con un presupuesto de egresos e ingresos ya aprobado, que seguramente no la contempló para operación.
Esta reforma e iniciativa reconocen la existencia de tortura en México; una aceptación simbólica con poca relevancia, ya que no existen datos duros que evidencien procesos sancionatorios contra las personas que la cometieron. Pero, ¿qué es la tortura?, un acto globalmente prohibido: un servidor público, u otra persona con consentimiento del funcionario, causa dolores o sufrimientos físicos o mentales a un ser humano, para obtener información, una confesión, castigarla, intimidarla, coaccionarla, por motivos de discriminación, o cualquier otra circunstancia. Es anular la personalidad de un ser humano, es decir, volverlo objeto inanimado sin derechos para obligarlo a hacer algo.
La tortura puede ser física, psíquica e inherente. La física se trata de agresión al cuerpo para provocar dolor y doblegar la voluntad; la psíquica, en violentar mentalmente a la persona hasta coaccionar y condicionar su voluntad, y, derivada de ella, la inherente, que es la coacción que se genera por la atmósfera de intimidación que rodea a un ser humano cuando está detenido en sede policial para su investigación, pues en un ambiente de este tipo, se limita su libertad hasta impedir una libre elección, por lo que el sujeto termina por doblegarse. Torturar implica violentar derechos humanos, para investigar la violación de derechos humanos.
El contenido de la iniciativa de la Ley General contra la Tortura pretende “acabar” con esta práctica, al sancionar a sus autores. Si bien en mayor parte de su contenido, trata de armonizarse con la Convención contra la Tortura y la Convención Interamericana para prevenir y sancionarla, describiendo tipos penales, distinguiendo tortura de tratos crueles e inhumanos, fijando sanciones y autoridades especializadas que investiguen los hechos, etc., también lo es que contiene palabras ambiguas y subjetivas, que pueden seguir permitiendo impunidad en un derecho penal que es de estricta aplicación, pues la ambigüedad no permite a un juez condenar a un acusado.
Pero además, seguimos percibiendo que en el derecho penal existe una gran cantera de votos, parafraseando a Enrique Gimbernat, al seguir con el discurso de que la creación de normas resolverá la problemática social: la disminución de la tortura, la realización de técnicas adecuadas para investigar, y la actuación debida de las autoridades no ocurrirá con la simple creación de leyes de último momento. Esto será eficaz cuando se satisfagan adecuadamente las necesidades sociales, y se incremente la educación y valores de los ciudadanos; cuando los jueces provoquen disuasión de estas actividades, al restar valor a confesiones y declarar pruebas prohibidas a las obtenidas mediante incomunicación o tortura; cuando se denuncie y procese a los autores de esos ataques; cuando realmente la persona sea protegida en sus derechos. Pero el discurso menos costoso siempre será el de combatir la delincuencia con la redacción de leyes, volviendo a la época cavernaria donde, en palabras de Zaffaroni, “el hombre primitivo dibujaba en las paredes la imagen del animal que quería cazar, y de esa manera pensaba que se acababa la amenaza; pero no tenía nada, sólo tenía la imagen. Ahora no dibujamos las paredes; ahora dibujamos tipos penales donde ponemos todo aquello que es negativo y peligroso, y creemos que eso modifica la realidad; la neutralización de todos los males”.
Esperemos que esta nueva ley no se trate de un discurso o distractor viejo, disfrazado de nuevas estrategias, engañando a espectadores creyentes de que las soluciones están en el papel, y no en los hechos; pues “primero está todo lo que la gente quiere oír, luego lo que la gente quiere creer, después todo lo demás, y finalmente está la verdad…” (diálogo en la película Agente Internacional -The International- 2009).
¡Que tengan un gran año 2016! ¡Felicidades eternas! @ElohiMB | [email protected]