- La sanción a Carlos Lozano de la Torre, como precedente en Aguascalientes
- Los contenidos deben integrar una serie de pruebas: Landeros Ortiz
Los contenidos políticos que circulan en redes sociales con el objeto de promocionar la imagen de funcionarios que buscan ser candidatos a algún puesto de elección popular durante los comicios del próximo año, sí pueden ser objeto de sanción por parte de la autoridad electoral, siempre y cuando estos estén acompañados de pruebas que permitan fundamentar alguna violación a la legislación electoral.
Como precedente del asunto se encuentra la sentencia emitida en contra de Carlos Lozano de la Torre por haber cometido irregularidades durante la pasada jornada electoral federal, entre ellas realizar una publicación en Twitter alusiva a beneficiar el voto para los candidatos del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
“Sí es posible, y el antecedente local más inmediato es la anulación del Distrito Federal I, vincularon también cuentas de twitter y facebook, estamos hablando de una vinculación que hace a las pruebas de la denuncia completas”, indicó Fernando Landeros Ortiz, consejero presidente del Instituto Estatal Electoral (IEE).
Agregó que la promoción irregular en redes sociales puede y debe ser certificada por notarios y autoridades electorales, tarea que calificó compleja por la dinámica de las redes, en donde se pueden eliminar y publicar contenidos de manera sencilla, “que a través de documentos y certificaciones, de notarios y la Oficialía Electoral puede certificar ciertas páginas que en ese momento o a tal hora se estaba exhibiendo tal publicidad pero no de manera aislada, se debe alimentar con otras cuestiones. De que es posible, lo es, aunque también es complejo, sobre todo por la dinámica de las redes sociales, lo que puede salir ahorita, en 20 minutos puede que no esté, que ya lo hayan eliminado, no queda indicio alguno, la captura de pantalla no da mucha certeza”. Landeros Ortiz agregó “en el caso de la elección del Distrito Federal I, en la contestación de la demanda el denunciado acepta la existencia de esa publicación, se tienen que dar ciertos elementos que acompañen a la denuncia, pero sí una red social puede servir como un medio probatorio para comprobar una infracción”.
Aunque el Instituto Estatal Electoral es el árbitro para los comicios locales, y parte de sus facultades es conocer sobre los recursos o denuncias que a lo largo del proceso presenten los participantes de la contienda; no realizarán trabajos de monitoreo ni vigilancia. Landeros Ortiz explicó que además de que se trata de una labor “titánica”, son los partidos o candidatos interesados los que deben presentar sus inconformidades, para luego ser evaluadas por los consejeros electorales.