Exfutbolistas del Necaxa podrían enfrentar una condena de hasta 40 años en prisión - LJA Aguascalientes
03/12/2024

  • La sentencia depende del dictamen que entregue la Fiscalía General de Justicia; se investiga la correlación entre las agresiones y la muerte de Luis Mariscal
  • También está pendiente de resolverse un amparo promovido por los jugadores

 

Los futbolistas del Club Necaxa Luis Antonio Gorocito Resende y Alejandro Molina Núñez podrían enfrentar penas de hasta cuarenta años de cárcel en caso de comprobarse que la muerte de Luis Rodolfo Mariscal López fue consecuencia de la golpiza recibió la madrugada del 16 agosto.

Los agresores del fallecido, estudiante del Instituto Tecnológico de El Llano, se encuentran recluidos en el Centro de Readaptación Social (Cereso) para varones mientras enfrentan un proceso penal por el delito de lesiones dolosas calificadas con ventaja, sin embargo, el delito en su contra podría reclasificarse al de homicidio si se demuestra la causalidad entre las lesiones y la defunción, informó Juan Manuel Ponce Sánchez, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes (STJE).

La sentencia que se dicte a los deportistas depende de los resultados periciales que entregue la Fiscalía General de Justicia (FGJ), instancia que actualmente investiga el cuerpo del agredido: “lo primero que debe comprobarse es si efectivamente (la muerte) tuvo su origen en las lesiones que le fueron propinadas, si se confirma que estuvo vinculada con los hechos, estaremos en presencia no de un delito de lesiones sino de un tema de homicidio”.

El joven de apenas 21 años reingresó al Hospital Centenario Miguel Hidalgo la noche del pasado 2 de noviembre, tras presentar problemas para respirar. Horas más tarde, perdió la vida debido a una tromboembolia pulmonar, de acuerdo con el parte médico. Después de la pelea, Mariscal permaneció unas semanas hospitalizado por un traumatismo craneoencefálico y tres fracturas de cráneo, lo que ameritó tres cirugías, una de las cuales había quedado pendiente de realizar.  

El peritaje se encuentra actualmente en etapa de desahogo de pruebas. Una vez que se concluya el dictamen, la Fiscalía deberá dar parte del mismo al Juzgado Primero de lo Penal a cargo de Margarita Zapata Vallejo, quien determinará la situación jurídica de los jugadores.

Según el Código Penal para el Estado de Aguascalientes: “cuando un homicidio ocurre en riñas se sanciona de cuatro a diez años de prisión, cuando es homicidio simple la penalidad es de ocho a veinte años y cuando es homicidio calificado con cualquier agravante la purga es de 15 a 40 años”.

Pero mientras no se dicte una sentencia, la FGJ no tiene una fecha límite para entregar el informe a la juez. Hasta entonces, el proceso continuará desarrollándose como un delito de lesiones.

El magistrado añadió que también se encuentran pendientes los resultados de un juicio de amparo que la defensa legal de los exnecaxistas promovió en su defensa, los alegatos son la probable responsabilidad de los implicados y si las agresiones fueron dolosas o en riña: “la juez había resuelto que eran lesiones dolosas calificadas, pero su resolución fue impugnada ante tribunales federales y habrá que esperar a ver cómo se resuelve el amparo”.


–¿El que los hechos se hayan producido bajo el influjo del alcohol tiene algún efecto sobre la pena?

–No es ninguna excluyente de la responsabilidad, porque una persona se somete voluntariamente a la ingesta de alcohol o drogas y derivado de ello se tiene que responsabilizar de las consecuencias. En algunos delitos, como los culposos, la ingesta de alcohol es incluso una agravante y no se tiene la posibilidad de salir libre bajo fianza. Hay ocasiones en que cuando se procesa a una persona, ésta dice no estar consciente de sus actos por los efectos de la bebida, sobre todo cuando al conducir en estado de ebriedad ocasionan algún hecho, pero si piensan que esto los excluirá de responsabilidad la respuesta es no.

Ponce Sánchez aclaró que el proceso vigente no altera la condición de estancia de Luis Gorocito, de origen uruguayo, quien tendrá que cumplir con el periodo de prisión preventiva y si se dicta una sentencia, ésta tendrá que compurgarse. No obstante, la autoridad judicial está obligada a respetar su derecho de defensa consular: “la ley nos obliga a hacer del conocimiento de la autoridad consular que un connacional de ellos está siendo juzgado por si quieren ofrecerle algún tipo de asesoría y representación legal”.

 


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Hilda Hermosillo

Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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