El pasado 21 de agosto, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores emitió la convocatoria pública para ocupar el cargo de magistrado electoral en 15 entidades federativas, entre las cuales se encuentra Aguascalientes.
Dichos magistrados integrarán los Tribunales Electorales que, de conformidad con lo mandatado en la reforma electoral 2014, deberán funcionar de manera permanente y estarán integrados por tres a cinco magistrados (en Aguascalientes, la normativa estableció que serán tres sus integrantes), Tribunales que tendrán a su cargo la resolución de las controversias que se susciten en la materia, teniendo además la característica de no estar adscritos al Poder Judicial de la entidad federativa de que se trate, por lo que próximamente tendremos en Aguascalientes un organismo autónomo más.
De acuerdo con la convocatoria a que hago referencia, el 28 de septiembre del presente año la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores presentará los nombres que integran la propuesta de magistrados por Aguascalientes ante el pleno de la citada Cámara para su eventual votación.
El procedimiento para su designación resulta bastante expedito, ya que será en menos de 30 días en que se conocerán a las personas que resulten designados como magistrados electorales. De la lectura de la convocatoria se aprecia que los aspirantes se limitarán a presentar a la multicitada Junta de Coordinación Política, entre el 14 y el 18 de septiembre, junto con su solicitud de registro, diversa documentación de índole curricular, además de un ensayo de tres a cinco cuartillas de extensión, respecto a alguno de los siguientes tópicos: Análisis de la reforma constitucional electoral; Análisis de las reformas secundaria; Competencia del INE; y Armonización de las legislaciones locales con la reforma político electoral. La Junta de Coordinación Política remitirá las solicitudes a la Comisión de Justicia, la cual contará con diez días naturales, es decir, del 18 al 28 de septiembre, para presentar la lista de los candidatos que resulten idóneos para ocupar los cargos de magistrados, y con base en ello, será la Junta quien propondrá al pleno de la Cámara de Senadores los nombres de quienes ocuparán los cargos de magistrados electorales en los Tribunales Electorales de estas 15 entidades federativas.
Al respecto debemos recordar que, anteriormente, en el estado no existía un organismo jurisdiccional especializado en la materia que revistiera la característica de permanente, ya que sólo durante los procesos electorales, el Poder Judicial del estado integraba uno, el cual se encargaba de atender y resolver, exclusivamente durante la duración de los comicios, las controversias que se pudieran presentar, así como también de declarar la validez de las elecciones. Una vez concluido el proceso electoral correspondiente, el Supremo Tribunal de Justicia se erigía como autoridad jurisdiccional en materia electoral.
Posteriormente, con la profesionalización de los organismos electorales que mandataba la reforma político electoral 2007, en Aguascalientes se legisló para brindar cierta permanencia a un órgano electoral de carácter jurisdiccional encargado de resolver los medios de impugnación que se presentaran entre procesos electorales, creándose con ello la todavía existente Sala Administrativa Electoral del Estado de Aguascalientes.
Con la entrada en vigor de la reforma político electoral 2014, la Constitución General de la República y por supuesto la propia ley reglamentaria (LGIPE), establece que en cada entidad federativa deberá constituirse un tribunal electoral permanente, independiente de los poderes judiciales de cada estado, cuyos magistrados durarán en su encargo siete años (por única ocasión se designarán escalonadamente), por lo que en Aguascalientes, la Sala Administrativa Electoral funcionará únicamente para los asuntos administrativos, dejando la resolución de asuntos electorales al multicitado Tribunal Electoral del Estado.
El nuevo Tribunal Electoral, además de las características novedosas que ostenta (permanencia, autonomía y un modelo de designación), tendrá entre su marco de competencia, además de la resolución de los medios locales de impugnación (inconformidad, apelación y nulidad), la resolución de los procedimientos especiales sancionadores que se instauren con motivo de las denuncias que presenten los partidos políticos y candidatos durante el proceso electoral, y que anteriormente estaban a cargo en su resolución del Instituto Estatal Electoral. El reto es importante, ya que deberán de determinar las conductas irregulares de los partidos políticos, por lo que sus eventuales sanciones serán las que busquen inhibir las infracciones que pudieran presentarse en el desarrollo de la contienda electoral, garantizando una elección equitativa.
Así las cosas, en aproximadamente 15 días estará integrado el último órgano electoral local que el sistema estatal electoral contempla, iniciado con el nombramiento del fiscal especializado en materia electoral, pasando por la reciente integración del nuevo Consejo General del Instituto Estatal Electoral y terminando ahora con la integración del Tribunal Electoral del Estado, con ello, las instancias de estado, encargadas de organizar, vigilar, sancionar y, en su caso, revisar las actuaciones del inminente proceso electoral, estarán plenamente integradas y listas para enfrentar el inicio del proceso electoral local 2015-2016, y con ello poner a prueba el nuevo andamiaje legislativo en materia electoral.
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