En días recientes mi familia y yo acudimos a un hospital del servicio público para visitar a un amigo enfermo internado en la Unidad de Cuidados Intensivos. En la sala de espera, atestada de personas sentadas en sillas y en el suelo, de pie o reclinadas contra la pared, encontramos a la esposa e hijos del paciente. Estaban desconsolados porque no habían logrado ver a su enfermo en varias horas. Además se hallaban confundidos porque los informes médicos sobre el estado de su paciente eran escuetos, confusos y escasos. En la mayoría de las ocasiones que habían solicitado la información, les había sido proporcionada por la enfermera o la trabajadora social, no por el médico. Habían escuchado frases como “lo reportan estable”. “Señorita, pero díganos, ¿está mejor?, ¿ya despertó?, ¿cuándo podremos verlo? Y la respuesta siempre era la misma: “Eso no se lo puedo decir, solamente su médico” Con lo cual el desconcierto crecía porque el médico no aparecía. Ocurrió varias veces que el médico que hablaba con ellos no era el mismo que les había notificado en la ocasión anterior y se mostraba ajeno al caso. Y esto es una escena que como médico he presenciado durante muchos años, en hospitales de nuestra ciudad y también de otras en las que he tenido oportunidad de trabajar. Así son las cosas en la enorme mayoría de los casos. Habrá como siempre honrosas excepciones, pero la situación no ha mejorado con el paso de los años, con el aumento de hospitales ni con la maravillosa aportación de la tecnología. ¿Cuál es la solución? Existen para ello los “Derechos Humanos de los Pacientes” que fueron concebidos en la Organización Mundial de la Salud y actualmente en México están avalados por la Secretaría de Salud, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y los Comités de Bioética, que por reglamento tienen todos los hospitales públicos y privados. Son diez, con extensión a veintiuno. Lo curioso es que en ninguno de ellos se mencionan los derechos de los familiares del paciente. Como si no existieran. En ningún momento se habla del derecho a la información directa, veraz y proporcionada por el médico. En el número 18 se establece que el paciente tiene derecho a recibir la visita de los familiares. Pero el artículo tiene una trampa, ya que se agrega que será “siempre y cuando no vaya en perjuicio del tratamiento”, con lo cual se autoriza a los profesionales de la salud a negarle la entrada a Terapia Intensiva, por cualquier motivo, que el paciente nunca sabría cuán cierto es. En el artículo 11 se menciona que el paciente tendrá derecho a solicitar su alta voluntaria cuando lo desee, sin que esto le obstaculice volver a ser internado en la misma institución. Y todos lo sabemos, cuando un paciente pide su alta, lo primero que se le informa es que nunca volverá a ser admitido. Y esto lo escuché personalmente cientos de veces. Lo cierto es que los avances científicos y tecnológicos que han llevado a la Medicina a niveles de excelencia no han corrido al parejo de la elevación de la calidad humana en la atención de los enfermos y mucho menos de sus familiares. Este sigue siendo un tema por resolver. Los pacientes y su familia sufren por su enfermedad y además por el maltrato de aquellas personas que deberían darles bondad, confianza y seguridad.