Hace unos días vi la noticia de una persona que cansada de que le descontaran de su salario las pérdidas en el lugar que trabajaba, decidió asaltar a sus propios compañeros y a la empresa. Esto me sobresaltó porque me recordó una muy desagradable sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que permite que los salarios de los trabajadores sean embargados por las deudas de carácter civil o mercantil que hubiesen contraído, cosa grave que como sociedad tendríamos que reflexionar un poco más a fondo.
En semanas pasadas refutaba a otro editorialista hidrocálido que hablaba sobre las bondades de don Porfirio Díaz, mientras él consideraba la idea de perdonarlo, yo señalaba que a pesar de eso, jamás deberíamos claudicar a los principios de la Revolución, justamente porque ésta nació de las injusticias que se cometieron en el mandato del oaxaqueño; aquí tengo uno de los perfectos ejemplos: las tiendas de raya. Los hacendados, todos lo sabemos, pagaban a sus empleados con vales que sólo eran canjeable en sus propias tiendas, donde los productos eran más caros de tal forma que los campesinos se endeudaban e iban transformando a estos créditos en impagables. Esta situación fue uno de los detonantes más importantes de la violencia, incluso la turba lo primero que hacía era quemar las tiendas de raya.
Virtud a esta situación el Constituyente de 1917 decidió dejar exento de embargo al salario mínimo, en este sentido proteccionista, la Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 112 la imposibilidad de embargar el salario, no sólo al mínimo, salvo el caso de pensiones alimenticias y otros supuestos relacionados con cuestiones laborales menores, pero que dejaban fuera a los embargos por deudas de carácter civil o mercantil. El asunto de fondo está ligado con el concepto de libertad: laborar para mantener una deuda transforma de facto al trabajador en un esclavo, desmotiva el objeto de la fuerza laboral, recibir a cambio una remuneración.
Sin embargo, la segunda Sala de la Corte emitió la jurisprudencia SALARIO MÍNIMO. LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL PUEDE ORDENAR EL EMBARGO SOBRE EL EXCEDENTE DE SU MONTO, PARA EL ASEGURAMIENTO DE OBLIGACIONES DE CARÁCTER CIVIL O MERCANTIL CONTRAÍDAS POR EL TRABAJADOR, EN PRINCIPIO, SÓLO RESPECTO DEL 30% DE ESE EXCEDENTE, esta idea me parece va a crear una moderna tienda de raya donde el hacendado no será el patrón, sino los bancos e instituciones crediticias que se abalanzarán sobre el salario de los trabajadores. Mire usted, en un sistema financiero decente yo pensaría que esto no es injusto, pero en un sistema como el nuestro habrá que tratar de hacer recapacitar a la Corte. Y es que, por ejemplo, el costo de los intereses en una tarjeta de crédito es altísimo en relación a otros países de la OCDE; pero deje usted estas tarjetas, piense en créditos blandos que pululan en todas las colonias populares donde no sólo los intereses son absolutamente desproporcionados (he visto ejemplos de hasta el 120% anual) sino donde la ignorancia de la gente y la falta de controles permiten firma en blanco de pagarés, la no entrega de recibos cuando se pagan mensualidades y una gigantesca cantidad de injusticias.
Más aún, el salario mínimo protegido por la Corte es, todos los sabemos, insuficiente para el pago de las necesidades más apremiantes de la población. Con los altos intereses de las deudas, de facto miles de trabajadores, tal vez millones, estarán embargados y las cantidades que les sean retenidas apenas alcanzarán para el pago de réditos, de tal suerte que toda su vida, el 30% su salario, será prácticamente para pagar intereses. Esto debe poner en alerta roja en principio a toda la sociedad, pero principalmente a los patrones, nada peor que un trabajador desmotivado.
Cuando en Canana convocó al proyecto Revolución que consistía en invitar a directores nacionales a realizar cortometrajes sobre los cien años de aquel movimiento mexicano, la cineasta Mariana Chenillo abordó la temática intitulando a su participación precisamente La tienda de raya, lejos de una visión de época, se concentró en una reinterpretación a la luz de lo que se vive en el México moderno, una historia real de una empleada de supermercado que decidió demandar a su patrón ya que parte de su pago era en vales que sólo se podían cobrar en la propia tienda. En aquel juicio, el trabajador ganó y se obligó a la tienda a no pagar más con vales. Hoy, la situación es diversa, la sentencia de la segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es grave, peligrosa, transforma al sistema financiero mexicano en una gigantesca tienda de raya, vale aquí recordar ese viejo dicho, el que no conoce su historia está condenado a repetirla.