- La quinteta será enviada al fiscal estatal para que éste devuelva una terna al Legislativo
- Fueron 25 los diputados que avalaron la quinteta, con una ausencia y una abstención
- Los requisitos de los cinco perfiles son equiparables a la elección de ministerios públicos
Luego de que la Comisión de Gobierno del Congreso del Estado determinara la quinteta para la designación del fiscal especial para la atención de delitos electorales, adscrito a la Fiscalía General de Justicia del Estado; la LXII Legislatura enviará dichos perfiles al fiscal general del estado, Óscar González Mendívil, quien devolverá una terna de la que se extraerá la elección definitiva del mismo.
Jesús Eduardo Rocha Álvarez, vicecoordinador del grupo parlamentario PRI-PVEM, e integrante de la Comisión de Gobierno, dio lectura al acuerdo correspondiente, donde recordó que desde 2014 se establecieron las normas que marcan el presente nombramiento, desde la aprobación de la Ley General de Delitos Electorales, hasta la iniciativa estatal que creó la Fiscalía General de Justicia del Estado y su carácter autónomo, además de la aprobación del Código Electoral del Estado y sus especificaciones concernientes al papel del fiscal especial de delitos electorales.
Para el procedimiento, detalló, una vez que se elige al fiscal general del estado, el Congreso del Estado está obligado a proceder en el nombramiento del fiscal especial en la atención de delitos electorales. Recordó que apenas el pasado 8 de julio se realizó la designación del fiscal general del estado; a partir de dicho día, los legisladores tenían un plazo de 15 días para conformar una quinteta y aprobarla por mayoría calificada.
Tras cumplir con esa etapa, Rocha Álvarez explicó que en no más de cinco días de recibida la quinteta por parte del fiscal estatal, éste deberá de devolver una terna ante la LXII Legislatura, misma que, al igual que en el caso del fiscal, comparecerá ante los integrantes de la Comisión de Justicia para que, luego de integrar el informe correspondiente, se disponga a ser votado ante el pleno de los legisladores. De lo contrario, al igual que como se planteó en el caso del fiscal general, el Congreso tendrá ocho días para votar la terna, si no se elegirá entre uno de los integrantes de la quinteta; o bien, de no recibir la quinteta, el fiscal estatal tendrá cinco días para realizar el nombramiento de la quinteta o terna conformada.
Explicó que la designación se sujeta a un trámite especial, que puede ser equiparado a los requisitos y forma mediante la que se eligen los elementos del Ministerio Público estatal. Sobre los requisitos, consideró que los cinco personajes cumplen con los requisitos de elegibilidad, entre los que especificó se encuentran:
- a) Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos. b) Contar con título de licenciado en Derecho expedido y registrado legalmente, con la correspondiente cédula profesional, y que se acredite, por lo menos, un año de ejercicio profesional. c) En su caso, tener acreditado el Servicio Militar Nacional. d) Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable como responsable de un delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal por delito culposo calificado como grave por la ley o estar sujeto a proceso penal. e) No estar suspendido ni haber sido destituido o inhabilitado por resolución firme como servidor público, ni estar sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa federal o local, en los términos de las normas aplicables. f) No hacer uso ilegal de sustancias sicotrópicas, de estupefacientes u otras que produzcan efectos similares, ni padecer alcoholismo.
El acuerdo fue avalado a través de cédulas en las que se emitieron las posiciones de los legisladores de forma secreta, arrojando 25 votos a favor, una abstención y la ausencia del legislador del PT, Jesús Rangel de Lira. Los cinco perfiles enviados al fiscal general del estado son: Gerardo Cruz Bedolla, Guillermo Rafael Escárcega Álvarez, José Guadalupe López Ramírez, Héctor López Velarde Delgado y Juan Alejandro Martínez Franco.