- El periodo de propaganda de los partidos tendrá una duración de 60 días naturales
- Las campañas electorales concluirán el 4 junio, tres días antes de la jornada electoral
Los candidatos a diputados federales no podrán gastar más de 1 millón 267 mil 38 pesos
Luego de que los partidos políticos llevaran a cabo el registro de sus candidatos a diputados federales por Aguascalientes, y que transitaran por un proceso denominado como intercampañas, en el que existía la prohibición de la propaganda de los diferentes perfiles, este domingo inician formalmente las campañas electorales, proceso en el que los aspirantes de los distintos institutos políticos difundan su imagen y propuestas.
La normativa electoral establece que “las campañas electorales para diputados, en el año en que solamente se renueve la Cámara respectiva, tendrán una duración de sesenta días”. Por lo que al iniciar este 5 de abril, concluirán el próximo 4 de junio, tres días antes de que se celebren los comicios electorales.
Según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe): “la campaña electoral es el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos nacionales, las coaliciones y los candidatos registrados para la obtención del voto”, por lo que “se entiende por actos de campaña las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquéllos en que los candidatos o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas”.
Se establece que “se entiende por propaganda electoral el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la campaña electoral producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar ante la ciudadanía las candidaturas registradas” y que “tanto la propaganda electoral como las actividades de campaña a que se refiere el presente artículo, deberán propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y acciones fijados por los partidos políticos en sus documentos básicos y, particularmente, en la plataforma electoral que para la elección en cuestión hubieren registrado”.
Mientras que con referencia a los gastos de los partidos da cuenta de “los gastos que realicen los partidos políticos, las coaliciones y sus candidatos, en la propaganda electoral y las actividades de campaña, no podrán rebasar los topes que para cada elección acuerde el Consejo General”.
Los topes son el máximo de recursos que puedan erogar los candidatos a diputados federales para la promoción de su imagen y realización de actividades de campaña. La misma Legipe recuerda que “el tope máximo de gastos de campaña para la elección de diputados por el principio de mayoría relativa será la cantidad que resulte de dividir el tope de gasto de campaña establecido para la elección presidencial entre trescientos. Para el año en que solamente se renueve la Cámara de Diputados, la cantidad a que se refiere esta fracción será actualizada con el índice de crecimiento del salario mínimo diario en el Distrito Federal”.
En este caso, los consejeros del Instituto Nacional Electoral determinaron un tope de gastos de un millón 260 mil 38 pesos, luego de haberse llevado una modificación al acuerdo, derivado del aumento al salario mínimo para 2015, ya que anteriormente el tope se fijó en un millón 209 mil 528 pesos.
Uno de los principales elementos que deberán tomar en cuenta los aspirantes a diputados federales será aquello que se establece en el numeral 2 del artículo 246 de la citada legislación electoral, al enfatizar que “en la propaganda política o electoral que realicen los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos, deberán abstenerse de expresiones que calumnien a las personas…”. A lo que se añade el hecho de que quien sea partícipe del rebase, pueda ser sujeto de la pérdida del registro, o en su caso, de la nulidad de la elección.