La Comisión de Estadística de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), aprobó la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos (ICCS por sus siglas en inglés). Este hecho constituye un paso histórico para el mejoramiento en la medición, comparabilidad y análisis de las estadísticas de delincuencia a nivel regional y global.
La ICCS surge del proyecto presentado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y el Centro de Excelencia para Información Estadística de Gobierno, Seguridad Pública, Victimización y Justicia (UNODC-INEGI), que tiene su sede en la Ciudad de México.
La aprobación de esta nueva clasificación, como una mejor práctica internacional, tendrá un efecto positivo en la recolección, coherencia y pertinencia de las estadísticas sobre delincuencia, además de proporcionar un marco común para la clasificación de datos procedentes de registros administrativos y de encuestas de victimización, así como el desarrollo de metodologías para la medición de delitos difíciles de registrar (corrupción, trata de personas, tráfico ilícito de migrantes, crimen organizado, delito cibernético y lavado de dinero).
La Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos facilitará la medición y comparabilidad de datos sobre delitos entre países, regiones y el mejor conocimiento de estos fenómenos a nivel global para orientar las políticas y los programas públicos en materia de prevención del delito, combate a la delincuencia, estado de derecho y reforma de justicia penal.
Hace 64 años, en 1951, la Comisión Social de las Naciones Unidas puso por primera vez sobre la mesa la importancia de contar con una clasificación uniforme de delitos. A partir de 2009, con la participación de UNODC y de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (UNECE), se retoma el debate para desarrollar el Marco General sobre una Clasificación de Delitos. En 2011 el INEGI aprobó la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos, que fue incluida en el Marco General de una Clasificación de Delitos desarrollado por UNODC y UNECE, aprobado en junio de 2012. A principios de ese año, la propuesta de elaborar una clasificación internacional de delitos fue discutida en la 43 sesión de la Comisión Estadística de las Naciones Unidas (UNSC), donde por primera vez en la historia de esta Comisión, este importante tema fue tratado en su sesión plenaria, a propuesta del INEGI y de UNODC.
Con el respaldo de más de 100 países, el pleno de la Comisión de Estadística de Naciones Unidas aprobó la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos como recomendación internacional.
El primer nivel de la Clasificación contiene las siguientes once categorías:
Categorías (nivel I) | |
01 | Actos que causan la muerte o que tienen la intención de causar la muerte. |
02 | Actos que causan daños o que tienen la intención de causar daños a la persona. |
03 | Actos lesivos de naturaleza sexual. |
04 | Actos contra la propiedad que entrañan violencia o amenaza de violencia contra una persona. |
05 | Actos contra la propiedad solamente. |
06 | Actos que conllevan el uso de sustancias psicoactivas u otras drogas. |
07 | Actos que conllevan fraude, engaño o corrupción. |
08 | Actos contra el orden público, la autoridad y las disposiciones del Estado. |
09 | Actos contra la seguridad pública y la seguridad del Estado. |
10 | Actos contra el entorno natural. |
11 | Otros actos delictivos no clasificados en otra parte. |
Durante la presentación de la Clasificación Internacional realizada en el Pleno de la Comisión de Estadística de Naciones Unidas y ante Delegados de todos los países miembros y de diversos organismos internacionales representados en este órgano, se refirió que a partir de 2009 la Comisión Económica para Europa y la UNODC crearon un Grupo de Trabajo responsable de desarrollar una serie de principios generales para la Clasificación Internacional que permitieran generar un marco base sobre la estructura del delito y la justicia penal, no sobre la base de los códigos penales nacionales, sino de acuerdo a acontecimientos y/o comportamientos que puedan considerarse de forma diferente en los sistemas jurídicos de cada país, pero que podrían ser acordados en un marco internacional con fines estadísticos. Estos principios fueron aprobados por la Conferencia de Estadísticos Europeos en 2012.
La aprobación de la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos, como una recomendación internacional fue respaldada por más de 100 países. Esta nueva Clasificación Internacional tendrá un efecto positivo en la recolección, la comparabilidad, la coherencia y la pertinencia de las estadísticas sobre delincuencia, además de que proporcionará un marco común para la clasificación de datos procedentes de registros administrativos y de encuestas de victimización. En consecuencia, facilitará la medición y comparabilidad de datos sobre delitos entre países, regiones y el mejor conocimiento de estos fenómenos a nivel global.
La aplicación de esta nueva clasificación soporta la capacidad de producir, difundir y analizar con precisión los datos sobre delincuencia que servirán para orientar las políticas y los programas públicos en materia de prevención del delito, combate a la delincuencia, estado de derecho y reforma de justicia penal, sin que ello implique cambios o esfuerzos de armonización de los marcos legales existentes. Siendo ésta, la idea revolucionaria que permitió la construcción de la ICCS.
- ¿Por qué una Clasificación Internacional de Delitos con fines estadísticos?
Las estadísticas sobre delitos y el sistema de justicia penal son fundamentales para medir los cambios en los niveles delictivos, el seguimiento a la respuesta del Estado a la delincuencia, la evaluación de las políticas públicas y la comprensión de las diversas facetas de la delincuencia en diferentes contextos. Frecuentemente, algunos datos de las diferentes etapas del proceso de justicia penal están disponibles, pero se requiere su recopilación y organización estadística para generar información valiosa para su uso en la toma de decisiones. La comparación de las estadísticas de la delincuencia a través del tiempo, entre países o con otros datos disponibles ha sido históricamente difícil debido a la falta de definiciones estandarizadas y a la ausencia de un marco estadístico acordado internacionalmente para hacer posible este tipo de comparaciones.
Diversas fuentes de datos dentro de un país o dentro de una misma jurisdicción utilizan diferentes definiciones y conceptos para organizar su información siguiendo una lógica jurídica, lo cual dificulta su organización estadística. La estrecha relación entre los marcos legales y las estadísticas crea dificultades desde una perspectiva analítica, ya que los datos estadísticos a menudo se organizan y se clasifican de acuerdo con las disposiciones legales, que no siempre son relevantes desde el punto de vista analítico. Por otra parte, la comparabilidad en el tiempo y entre las diferentes jurisdicciones puede verse obstaculizada por cambios en la legislación, por el hecho de que el mismo acto puede ser tipificado como delito en una disposición jurídica en diferentes países, o bien porque puede ser considerado un delito en un país pero no en otro.
La Clasificación Internacional de Delitos con fines estadísticos se ocupa de estas cuestiones, proporcionando un estándar metodológico y estadístico y un marco de definición común para mejorar la calidad y la comparabilidad de los datos. Los delitos se agrupan de una manera significativa y sistemática, lo cual facilita la capacidad de compilar, producir, difundir y analizar datos sobre delitos y justicia de manera precisa.
La ICCS dispone de una estructura jerárquica significativa donde los datos sobre todas las formas de delito puedan estar incluidos en categorías que poseen similitud en materia conceptual, analítica y normativa.
A nivel nacional la estructura ofrece una clasificación que permite organizar los datos relativos al registro de delitos con fines estadísticos respetando las definiciones adoptadas en los códigos penales de los países que por lo general resultan difíciles de utilizar para fines analíticos. Para el caso de México, la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos deberá ajustarse en lo mínimo, pues la Norma Mexicana publicada por INEGI en 2011 fue un insumo importante para crear la Clasificación Internacional.
A nivel internacional, la adopción de una clasificación estadística de delitos es necesaria para aumentar la comparabilidad de datos sobre delincuencia en todos los países, lo que reviste suma importancia para mejorar el análisis de las tendencias a nivel mundial y regional. Aun cuando persisten otros problemas que dificultan alcanzar un alto nivel de comparabilidad de los datos (prácticas de registro diferentes, reglas de cuantificación dispares, diferente capacidad técnica y de organización, entre otros), el uso de conceptos, nomenclaturas y criterios de agregación armonizados constituyen un paso fundamental para mejorar la comparabilidad estadística.
La Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos (ICCS por sus siglas en inglés) es la herramienta metodológica que permite agrupar delitos de manera significativa y sistemática facilitando su registro, cuantificación y posterior análisis. Esta herramienta ha sido desarrollada para hacer frente al desafío que impone el registro, conteo y comparabilidad de los delitos entre las diferentes instituciones del sistema de justicia penal (policía, fiscalía, tribunales, prisiones) y entre diferentes fuentes de datos (expedientes administrativos y estudios estadísticos), no sólo a nivel nacional, sino a nivel global. Una clasificación para los datos sobre los delitos y la justicia penal contribuye a mejorar la comprensión del fenómeno delictivo a nivel nacional, regional e internacional y, por ende, a mejorar las políticas públicas.
- Construcción de la Clasificación Internacional de Delitos con fines estadísticos
En 1951 la Comisión Social de las Naciones Unidas señaló por primera vez la importancia de desarrollar una clasificación uniforme de delitos. Sin embargo, los esfuerzos sucesivos para desarrollarla mostraron ser un desafío debido a las disparidades en las definiciones, las legislaciones nacionales y los diferentes sistemas de información.
En 2009, la Conferencia de Estadísticos Europeos estableció un grupo de trabajo, dirigido por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC por sus siglas en inglés) y la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (UNECE) para desarrollar el marco general de una clasificación de delitos basado en descripciones de los comportamientos delictivos en lugar de utilizar las definiciones contenidas en los códigos penales. Dicho marco fue aprobado por la Conferencia de Estadísticos Europeos en junio 2012. En este marco fue incluida la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos de INEGI México, publicada en 2011 como una mejor práctica internacional.
La propuesta de elaborar una clasificación internacional de delitos fue discutida en la sesión 43ª de la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas (UNSC) y la sesión 21 de la Comisión para la Prevención del Delito y Justicia Penal (CCPCJ), donde INEGI presentó el “Informe sobre estadísticas de delincuencia”, tema que por primera vez en la historia de la Comisión Estadística de ONU era tratado en sus sesiones plenarias. En su siguiente sesión, ambas Comisiones aprobaron el plan para desarrollar una Clasificación Internacional de Delitos con fines estadísticos propuesta por UNODC y el INEGI.
Este proceso fue encabezado activamente por la UNODC, el INEGI de México, y el Centro de Excelencia para Información Estadística de Gobierno, Seguridad Pública, Victimización y Justicia (UNODC-INEGI), en el que colaboraron Oficinas Nacionales de Estadística, expertos internacionales en estas materias, otras instituciones gubernamentales del sistema de justicia penal, organizaciones regionales e internacionales, la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Eurostat, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Organización de Estados Americanos (OEA). Asimismo, la Clasificación fue revisada por el Grupo de Expertos en Clasificaciones Estadísticas Internacionales y el Grupo de Coordinación de las Clasificaciones Internacionales de la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas.
- Características Principales de la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos
Descripción de comportamientos. La gran disparidad existente entre lo que los países consideran actos “delictivos” ha hecho que sea imposible una definición global del delito en abstracto que no tenga relación con las leyes penales que los establecen. El común denominador de lo que constituye un “delito” es que consta de una serie de actos que se definen como tales y que son punibles por la ley.
Así, la Clasificación Internacional aprobada se basa en descripciones de comportamientos y no en tipificaciones jurídicas derivadas de las legislaciones penales.
En la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos se considera como un delito al comportamiento que contraviene o viola los límites del comportamiento humano de acuerdo a lo establecido en cada legislación nacional. Los elementos comunes a cualquier delito son el victimario que es el responsable de la conducta delictiva y la víctima (persona, empresa o institución) que es quien la padece.
La Clasificación agrupa sistemáticamente todos los comportamientos definidos como delitos en categorías discretas y jerárquicas y comprende el universo de los hechos delictivos que pueden aparecer en la mayoría de las leyes nacionales.
La Unidad de la Clasificación. La unidad básica de la Clasificación es el comportamiento que constituye un delito. La descripción de un comportamiento que es evidentemente un delito, en la mayoría de casos es suficiente para su definición. Sin embargo, en algunos casos se requiere considerar elementos adicionales, como la intencionalidad (estado de ánimo) del autor o de la condición / estado de la víctima (por ejemplo, menores de edad); en otros casos, un delito es definido por una secuencia de comportamientos, como en el caso de la trata de personas.
Describir y clasificar el tipo de comportamiento delictivo es el principal objetivo de la Clasificación, la cual busca asignar todos los delitos penales a las categorías de acuerdo a una serie de criterios definidos metodológicamente. La ICCS también prevé una serie de atributos adicionales del comportamiento delictivo que, aunque no determinan la naturaleza del delito, son muy importantes para analizar datos estadísticos sobre delitos y justicia. Por ejemplo, las características de los victimarios o agresores y las víctimas, el uso de armas, la relación entre la víctima y el agresor, además del género y la edad.
La Clasificación puede utilizarse en el registro de presuntos comportamientos delictivos y en otras etapas del proceso de justicia penal, como la procuración y la impartición de justicia. Al utilizarse esta herramienta metodológica consistentemente en todas las fuentes de datos relevantes, se podrán medir los flujos y vínculos entre las diferentes etapas del sistema de justicia penal. Por ejemplo, si la Clasificación se aplica en todas las etapas del proceso de justicia penal, se pueden establecer vínculos entre los datos asociados a un delito determinado, el número de detenciones por el mismo tipo de delito y, en consecuencia, en los procesamientos, sentencias y sobre las personas en prisión por el mismo tipo de infracción.
- Principios de las clasificaciones estadísticas
Por definición, una clasificación estadística es un conjunto de categorías discretas, exhaustivas y mutuamente excluyentes que pueden ser asignadas a una o más variables usadas en la recolección y presentación de datos y que describen las características de una población en particular. En el desarrollo de la Clasificación Internacional de Delitos con fines estadísticos se ha puesto particular énfasis en seguir los siguientes principios de las clasificaciones estadísticas internacionales:
Categorías mutuamente excluyentes |
Cada delito está considerado en una sola categoría.La descripción de cada categoría se define claramente según el evento / comportamiento con la orientación adicional proporcionada por las inclusiones y exclusiones legales (ejemplos de delitos en la legislación nacional que son respectivamente incluidos o excluidos de cada categoría), en las que se establecen claramente los límites de cada categoría. |
Categorías exhaustivas |
Cada posible manifestación del fenómeno en estudio debe ser incluido en la Clasificación.La ICCS pretende cubrir todas las manifestaciones de la delincuencia. Sin embargo, este principio debe adoptarse con la debida consideración de lo que es factible. El número de actos tipificados en las leyes, disposiciones reglamentarias y decisiones judiciales en un país determinado, así como los cambios legislativos continuos, han hecho complejo cualquier intento de construir una lista completa de todos los delitos que existen a nivel mundial. Un objetivo realista para la Clasificación es capturar actos o hechos conocidos por ser considerados delitos en un número suficiente de países con cierto nivel de detalle, lo cual permite mantener la practicidad de la Clasificación y su pertinencia en el contexto de las políticas públicas a nivel internacional. Por otro lado, la Clasificación no incluye en sus categorías aquellos eventos que constituyen infracciones administrativas (como violaciones de tráfico), pero sí incluye eventos o comportamientos que son considerados como delito en algunos países, mientras que se consideran legales en otros. Está Clasificación no busca apoyar o legitimar la criminalización de cualquier comportamiento presentado dentro de sus categorías, sino que se debe considerar como una Norma estadística, para los países que adopten la ICCS, que soporta la proporción de información con cobertura global de cada manifestación de la delincuencia para fines estadísticos. |
Categorías estadísticamente viables |
Es posible distinguir de manera efectiva, precisa y consistente entre las categorías de la Clasificación sobre la base de la información disponible.La viabilidad estadística de una clasificación significa que las observaciones pueden ser asignadas a una categoría de acuerdo con la información disponible. Por ejemplo, sobre la base de las respuestas a las preguntas realizadas a través de encuestas o bien a la información que se puede recolectar a partir de registros administrativos.
Durante el proceso de desarrollo de la Clasificación se llevaron a cabo pruebas de aplicación en conjuntos de datos existentes en un número significativo de países con regímenes de derecho heterogéneos, quienes asignaron sus datos de delitos según las categorías de la Clasificación. |
- Criterios utilizados para desarrollar la Clasificación
Los delitos pueden ser clasificados y analizados a partir de distintos ángulos: su impacto en las víctimas, la forma en que se han perpetrado, el motivo del agresor y la gravedad de la infracción, por nombrar algunos. En la construcción de la Clasificación, se ha dado prioridad a los criterios que son particularmente relevantes desde una perspectiva de política pública. Por consiguiente, las categorías de la Clasificación y los datos que se produzcan de acuerdo a su estructura, deberán proporcionar información que pueda ser comprendida y utilizada en el desarrollo de las políticas de prevención y reducción del delito, así como de justicia penal.
Los criterios utilizados para construir la estructura jerárquica de las Clasificación buscan responder a una variedad de necesidades y demandas de información. En particular, se han utilizado los siguientes criterios para definir las categorías de la ICCS:
- Ámbito de la política pública del hecho o comportamiento (protección de los derechos de propiedad, la protección de la salud, etc.)
- Objetivo del hecho o comportamiento (persona, objeto, entorno natural, Estado, etc.)
- Gravedad del hecho o comportamiento (los actos que llevan a la muerte, actos que causen daño, etc.)
- Medio por el cual el hecho / comportamiento es perpetrado (mediante la violencia, la amenaza de la violencia, tipo de arma utilizado, etc.).
Con base en estos criterios, las infracciones penales se pueden agrupar en categorías homogéneas, las cuales se agrupan en cuatro niveles jerárquicos diferentes: niveles 1 (Categorías), 2 (Divisiones), 3 (Grupos) y 4 (Clases). Hay 11 categorías (nivel 1) diseñadas para cubrir todos los actos o comportamientos que constituyen un delito.
- Estructura de la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos
El primer nivel de la Clasificación contiene las siguientes once categorías:
Categorías (nivel I) | |
01 | Actos que causan la muerte o que tienen la intención de causar la muerte. |
02 | Actos que causan daños o que tienen la intención de causar daños a la persona. |
03 | Actos lesivos de naturaleza sexual. |
04 | Actos contra la propiedad que entrañan violencia o amenaza de violencia contra una persona. |
05 | Actos contra la propiedad solamente. |
06 | Actos que conllevan el uso de sustancias psicoactivas u otras drogas. |
07 | Actos que conllevan fraude, engaño o corrupción. |
08 | Actos contra el orden público, la autoridad y las disposiciones del Estado. |
09 | Actos contra la seguridad pública y la seguridad del Estado. |
10 | Actos contra el entorno natural. |
11 | Otros actos delictivos no clasificados en otra parte. |
- Características adicionales de los delitos
Las categorías de la Clasificación capturan y describen la naturaleza de los actos o comportamientos. Por ello, es esencial explorar una serie de características adicionales para la plena identificación y análisis de los patrones y las tendencias de los delitos. Actualmente, los sistemas de registro de delitos sólo captan un número limitado de datos adicionales al número de delitos. Normalmente la existencia de datos adicionales suele estar determinada por factores como las necesidades específicas a raíz de las políticas públicas vigentes, las capacidades de registro y procesamiento de datos a nivel local, subnacional y nacional; el nivel de desarrollo y sofisticación del sistema nacional de estadísticas de la delincuencia; y el grado de automatización y digitalización. En particular, el último criterio (si se trata de registro en papel o en un sistema computarizado) determina si un sistema nacional de estadísticas de la delincuencia puede soportar una estructura integral de características adicionales como la propuesta en la Clasificación Internacional de Delitos con fines estadísticos.
Un gran número de características del evento o comportamiento, o bien de características asociadas a la víctima y al agresor, son del interés de las autoridades en diferentes partes del mundo, por lo cual resulta eficaz establecer un conjunto armonizado de características adicionales de desagregación que permitan estudiar los delitos, a los agresores y a las víctimas con fines analíticos y comparativos.
Por ejemplo, utilizar las mismas características adicionales sobre la relación víctima-agresor (tales como pareja / cónyuge, socio / cónyuge, pariente sanguíneo, etc.) sería de gran ayuda para el análisis de los patrones y tendencias de los delitos violentos y los factores que los propician y los atenúan.
Considerando su relevancia en el contexto del diseño y evaluación de políticas públicas, la Clasificación Internacional de Delitos con fines estadísticos define el siguiente conjunto de características adicionales:
- Descriptores de los hechos o comportamientos: grado de terminación, el tipo de arma utilizada, el contexto situacional, la ubicación geográfica, la fecha y la hora, el tipo de ubicación, motivo, asociado a ciberdelincuencia, reporte del incidente;
- Descriptores de la víctima: sexo, edad, nacionalidad, condición jurídica, sector económico (de las empresas víctimas), el estado de intoxicación;
- Descriptores del agresor: sexo, edad, relación víctima-agresor, ciudadanía, estado legal, estado de intoxicación, reincidencia.
Las características adicionales propuestas pueden ser implementadas por las instituciones que registran los delitos incorporando su registro para todo tipo de delito, lo que permite un análisis completo de su contexto, el agresor y la víctima.
Conjunto mínimo de características de los datos sobre delitos para la formulación de políticas públicas | ||
Hechos | Víctimas | Agresor |
At: Intento/acto consumado | SV: Sexo de la víctima | SP: Sexo del agresor |
We: Tipo de arma utilizada | AV: Edad de la víctima | AP: Edad del agresor |
SiC: Contexto situacional | STV: Edad legal de la víctima (menor/adulto) | STP: Edad legal del agresor (menor/adulto) |
Geo: Ubicación geográfica | Cit: Ciudadanía | ViP: Relación entre la víctima y el agresor |
Lo: Tipo de lugar | LS: Condición jurídica de la víctima(persona natural/jurídica) | Cit: Ciudadanía |
Mot: Motivación | Int: Estado de intoxicación de la víctima | LS: Condición jurídica del agresor (persona natural/jurídica) |
Cy: Acto relacionado con la ciberdelincuencia | ES: Sector económico de la víctima | Int: Estado de intoxicación del agresor |
Rep: Denuncia realizada | ES: Sector económico del agresor | |
Rec: Condición de reincidente del agresor | ||
ES: Actividad económica del agresor |
8) Aplicación de la Clasificación Internacional de Delitos con fines estadísticos
La implementación de la ICCS a nivel de los países será un proceso gradual, que requerirá de un cuidadoso mapeo de los delitos de cada país en el marco del Clasificación. La adecuación o desarrollo de tablas de correspondencia nacionales entre la ICCS y las clasificaciones nacionales del delito facilitarán la implementación de la Clasificación en cada país. Para apoyar el proceso, la UNODC en coordinación con el Centro de Excelencia para Información Estadística de Gobierno, Seguridad Pública, Victimización y Justicia (UNODC-INEGI) desarrollarán herramientas adicionales y documentos, incluyendo un manual de aplicación para facilitar el mapeo de los datos nacionales considerando la estructura de la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos. El manual de implementación constará de diferentes volúmenes destinados a ayudar a los países a adaptar gradualmente las estadísticas sobre delincuencia a la Clasificación Internacional. A través del manual se buscará también abordar el mapeo de los sistemas de registros administrativos de delitos, los datos generados a partir de las encuestas de victimización, así como reglas para el conteo y la codificación de los delitos con fines estadísticos.
9) Aplicación en México de los Estándares Internacionales a las Metodologías y Normas Técnicas en materia de Clasificación de Delitos con fines estadísticos
Una vez aprobada la ICCS, corresponde ahora al INEGI como órgano coordinador y rector del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG), así como a los diversos órganos colegiados que conforman al Subsistema Nacional de Información de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia, hacer una revisión de los diversos documentos conceptuales, metodológicos y operativos que tienen por objeto producir información estadística en estas materias, a efecto de tomar en consideración esta nueva Clasificación como el estándar internacional e incorporarla en sus procesos de discusión y promover los ajustes pertinentes a los documentos locales.
En este marco, en México la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos deberá tomar de manera particular lo establecido por la nueva Clasificación Internacional. Si bien esta Norma Técnica en su elaboración e implementación adoptó los marcos que a nivel internacional existían en la materia, ahora que se ha formalizado la aprobación del estándar internacional, se deberá asegurar la correcta alineación a dicha Clasificación e incluso abrir el espacio para considerar también los delitos del Fuero Federal, proceso en el que se encuentra ya trabajando el INEGI.
Con información del INEGI