Vandalismo constitucional (1 de 2) / Tlacuilo - LJA Aguascalientes
23/04/2025

A la memoria del 5 de Febrero.

La Constitución Política de un país es la síntesis de los más preclaros esfuerzos colectivos por construir una vida digna de ser vivida; es el documento que le da congruencia social a todas las etapas de la vida de un ser humano desde su nacimiento hasta su muerte, y más allá, si su contribución a su sociedad y su entorno mereciese ser recordada; en esa Constitución está su historia, su conciencia y su destino. Es la que le da sentido de pertenencia nacional, contenido y plenitud a todo un pueblo: la columna vertebral que le da sustento al Estado.

Una persona que carece de conciencia nacional, que no se siente parte de una cultura propia cimentada en valores superiores que finalmente devienen en universales, es como un animal sin rumbo; un espécimen individual que tuvo que medrar a costa de los demás porque no pudo conquistar el simple pero sublime título de ciudadano.

Nace América Latina. Los pueblos de esta nuestra región -comunidad con raíces milenarias de todos los continentes a la que José Vasconcelos diera el sugestivo título de Raza Cósmica,– después de tres siglos de saqueo por parte del imperio español, lucharon por su independencia. Conquistando así su libertad política una veintena de nuevas naciones, número probablemente mayor al de todas las naciones existentes en el mundo de entonces con gobiernos constituidos reconocidos diplomáticamente.

Y con ella nació México. La América Mexicana -cuyo nombre náhuatl proviene de la metrópoli prehispánica Mexico-Tenochtitlan– está construida sobre los documentos fundacionales generados por Morelos en el primer acto independiente de derecho público denominado Congreso de Anáhuac, que son los Sentimientos de la Nación y el Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la América Septentrional -emitidos desde el Palacio Nacional de Chilpancingo en 1813- y la Constitución de Apatzingán, derivada de la declaración anterior y promulgada el año de 1814 pero que no se puede considerar jurídicamente plena por el hecho de que no logró entrar en vigor en todo el territorio, que aún estaba dividido por la guerra. Sin embargo, su contenido doctrinario está vigente.

La Constitución proclamada diez años después (1824) es importante porque consumó formalmente la independencia de México, pero tampoco tuvo validez total en los hechos durante el efímero régimen monárquico de Iturbide porque no fue reconocida por las potencias extranjeras; en cambio, significó un retroceso de contenido republicano y democrático que sólo fue corregido y superado definitivamente por la Constitución de la Reforma de 1857, que retoma y perfecciona el contenido ideológico de los insurgentes; todo ello después de una encarnizada lucha fratricida fomentada por el naciente imperio estadounidense, que le permitió apoderarse de la mitad de nuestro territorio.

Reformas constitucionales. La misma Constitución de 1814, 1824 y 1857 es reformada nuevamente en 1917; conserva los avances de las anteriores y se le incorporan los programas de la Revolución triunfante, entre los cuales destacan los derechos sociales, formidable aportación doctrinaria que viene a complementar los derechos individuales de los enciclopedistas franceses, aplicados por primera vez en la Constitución de los Estados Unidos.

Pero me parece pertinente recalcar que el documento fundacional de nuestra nación es la Constitución de Apatzingán, proclamada por el Congreso de Anáhuac en 1814, de la cual se derivan todas las demás porque ninguna constitución es intocable ni eterna; sufren reformas parciales constantemente para bien o para mal de acuerdo con la calidad moral de los grupos de poder que ejercen el gobierno, la mayor o menor interferencia de las potencias extranjeras y la acción u omisión del pueblo en la vida cívica; es decir, la mayor o menor disposición de los ciudadanos para cumplir sus obligaciones y defender sus derechos; y sufren también reformas generales de fondo cuando los opulentos, minoritarios, recuperan el poder para restablecer sus privilegios (1824), o cuando el pueblo entero se revela exigiendo cambios sustantivos (1857 y 1917).

El nacionalismo revolucionario proclamado por la Constitución de 1917 nunca llegó a tener vigencia plena debido a las poderosas presiones provenientes de las potencias que vieron mermadas las fabulosas ganancias que obtenían del saqueo de nuestras materias primas y de nuestra fuerza de trabajo, cuando el gobierno empezó a poner en práctica el mandato que declaró que todos los recursos de las aguas, del suelo y el subsuelo eran propiedad de la nación. Y también debido a las presiones de la oligarquía interna que estaba sufriendo la incautación de sus inmensas propiedades, mientras la calidad de vida del pueblo se incrementaba gracias a la educación popular, el sistema de salud, la seguridad social, la reforma agraria, la expropiación petrolera, el desarrollo industrial, el fortalecimiento de la clase obrera y campesina, etc.


(Próxima semana, segunda y última parte)

Aguascalientes, México, América Latina

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