- La Sala Regional resolvió los recursos de apelación presentados por PRI, PAN y Humanista
- Los partidos pasarán de repartirse más de 39 millones, a 50 millones 33 mil pesos
- Apelaciones se basaron en quejas sobre cálculo del IEE en montos y corrección a Congreso
El pasado mes de diciembre de 2014 se aprobó el paquete económico 2015 en el Congreso del Estado, mismo que entre muchas cosas aprobó el presupuesto correspondiente al Instituto Estatal Electoral (IEE), mismo que contemplaba los recursos que serían destinados para el presupuesto ordinario de los partidos políticos en la entidad. Fue criticado el hecho de que los diputados aprobaran un presupuesto basándose en criterios del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, a pesar de la entrada en vigor de la nueva Ley General de Partidos Políticos, aprobada a mediados de 2014 en el Congreso de la Unión, donde se establecían criterios específicos para la distribución de los recursos a los partidos, normativa que después se vio reflejada en una resolución de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, donde establecía la obligación del IEE de realizar la asignación a los nuevos partidos (Morena, Humanista, y Encuentro Social) conforme la reciente legislación.
Dicho fenómeno incentivó a que el Consejo General del IEE aprobara un acuerdo posterior, donde realizara correcciones al presupuesto asignado por el Legislativo estatal, pasando de aprobar un presupuesto de 50 millones 33 mil pesos, a 39 millones 472 mil 45.43 pesos; sin embargo, los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Humanista, impugnaron dicho acuerdo, al argumentar diversos agravios, entre los que destacaron la no retroactividad de la ley, tras la previa aprobación del acuerdo del IEE donde estableció el 28 de agosto una asignación conforme el Código Electoral Local, que ascendió a los más de 50 millones de pesos; y además establecer que la “autoridad electoral no tenía por que haber hecho un nuevo cálculo”.
En el caso del PRI, el recurso de apelación se centró en que el IEE se debió basar en el Código Electoral vigente, tomando la fórmula del 80 por ciento del padrón electoral, y no el 65 por ciento como lo establece la Ley General de Partidos Políticos, afirmando que “es ilegal debido a la competencia que tienen los estados para legislar en materia de financiamiento público”. Mientras que el Partido Humanista aseguró que la autoridad electoral hizo una equivocada interpretación de la legislación federal, considerando que al tratarse de partidos políticos con registro nacional, el cálculo del salario mínimo debió haberse realizado con el salario vigente para el Distrito Federal.
La Sala Regional del TEPJF resolvió a favor de los partidos, señalando que los agravios interpuestos son legítimos en lo correspondiente a la adopción de un acuerdo posterior al del 28 de agosto (retroactividad de la ley), señalando que el IEE no tenía razones para aprobar un nuevo acuerdo de asignación presupuesto, por lo que resolvió que el Consejo General del organismo público local electoral tendrá que confeccionar un nuevo acuerdo en el que se establezca la distribución de los 50 millones 33 mil pesos, cifra que ya había contemplado el Congreso del Estado basándose lo aprobado por la instancia electoral el 28 de agosto, y quedando revocado el acuerdo CG-A-01/15 del Consejo General del IEE, en el que la asignación para presupuesto ordinario de los partidos se traducía en los 39 millones 472 mil 45.43 pesos.