- Se tendrá una gran cantidad de artículos transitorios por tenerse dos formas de procesos electorales
- Las candidaturas independientes y los partidos políticos locales son los temas más sensibles del debate
Una vez que las comisiones unidas de Asuntos Electorales y Gobernación y Puntos Constitucionales acuerden un dictamen final y éste sea remitido a la Comisión de Gobierno, el nuevo Código Electoral será votado en el Pleno con la probabilidad de aprobarse por mayoría calificada y no por unanimidad como se esperaba, ya que los acuerdos políticos no han sido fáciles.
Como presidente de la Comisión de Asuntos Electorales, Jorge Varona detalló la necesidad de ser cuidadosos en la redacción de los artículos transitorios, pues el documento final presentará una gran cantidad de ellos, ya que por un tiempo se tendrá dos formas de proceso: elecciones concurrentes con elecciones federales y elecciones puramente locales.
En el caso de las elecciones concurrentes explicó que toda la normatividad es federal, es decir, depende del Instituto Nacional Electoral, mientras que en las locales se debe establecer fechas, funciones y todo el sistema operativo en el Código Electoral, “es una transitoriedad que nos va a llevar hasta el año 2024 o 2025; se acordaron otros temas que van a entrar en vigor de inmediato y otras de manera gradual”, en aras de que los partidos políticos se adecuen a las nuevas disposiciones.
Uno de los puntos donde el grupo parlamentario del PRI insistió fue en candidaturas independientes y partidos políticos locales, “necesitamos cuidar que no se frivolicen esos temas, aunque es muy respetable que todos los ciudadanos aspiren, que no se convierta simplemente en un deseo personal que no esté sustentado socialmente”.
De ahí que se estableciera el registro preliminar de los aspirantes a candidatos independientes mediante la recaudación de un determinado porcentaje mínimo de firmas del padrón electoral, “debemos cuidar que las candidaturas independientes no sea la puerta trasera para que se meta dinero de dudoso origen para su financiamiento”, por ello se acordó privilegiar a éstas la prerrogativa pública (financiamiento público) para evitar el dinero privado.
Los candidatos independientes tendrán que ser sujetos de fiscalización y de rendición de cuentas por ser dinero público, y de igual manera sucederá con los partidos políticos locales en caso de existir alguno.
Temas sensibles
Entre los temas sensibles que continúan siendo base del debate político están las candidaturas independientes, específicamente los requisitos. Hasta la tarde de ayer se estaba en acuerdo de no especificar extremos, no hacer tan complicados los requisitos pero tampoco tan mínimos.
Entre la discusión concluida en acuerdo general es que los candidatos independientes deberán tener un mínimo de años sin militancia partidista para que realmente se les reconozca como independientes, “esto evitará que si ya quise postularme por un partido y no me postuló, entonces me voy de independiente, el famoso chapulinismo”. Tras largos debates se acordó que establecieran un periodo mínimo de seis años sin militancia partidista.
Entre las revisiones realizadas se encontraron tesis contradictorias de la Sala Superior del Tribunal Electoral, de las salas regionales y de la Suprema Corte en materia de recaudación de firmas para el registro como candidatos independientes, teniendo estados en los que han puesto porcentajes muy elevados de hasta el diez por ciento de la lista nominal mientras que otros lo disminuyen a tres por ciento.
“Coincidimos en que lo razonable es un cinco por ciento para todos”, aunque para la última reunión de trabajo se dejó pendiente el acuerdo final pues se planteaba que fuera un cinco por ciento para la elección de gobernador y cuatro por ciento para diputados y alcaldes.
El segundo tema sensible son los partidos políticos locales, pues aunque la reforma constitucional local no estableció la posibilidad de partidos políticos locales (pues dijo que nadie lo sugirió en la mesa de trabajo), el Partido Nueva Alianza propuso que se mencione en un artículo del Código Electoral, remitiéndose a que se regularán conforme a las disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos.
Varona Rodríguez señala que la reforma constitucional nacional y la Ley General de Partidos Políticos prevén la existencia de partidos políticos locales, por lo tanto, aunque la Constitución local no lo establezca y no figure en el Código Electoral local, existe la posibilidad jurídica de estos partidos.
“El grupo parlamentario PRI-PVEM lo apoyamos porque consideramos que es un punto de equilibrio, aunque el PAN piensa distinto”, en la Ley General de Partidos Políticos se prevé que si un partido político nacional pierde el registro nacional, éste puede convertirse en un partido político local casi en automático, en este caso no necesita acreditar la militancia ni hacer asambleas.
La controversia es si deben o no colocarlo en el Código, pues hasta la mañana de ayer todos menos el grupo de Acción Nacional manifestaban que sí deben establecerlo, pues en cierto modo están obligados por encontrarse en la Ley General, “aunque lo omitamos para efectos jurídicos no va a pasar nada, por eso creemos que debemos anotarlo”.
“Confío en que todo salga por consenso, y si no, al menos por mayoría calificada, esto para evitar que se sugiera que sí se mayoriteó”, a pesar de ser el grupo mayoritario en la actual legislatura, hizo énfasis en que no pueden imponer acuerdos ni obligar a que haya unanimidad en la votación.
Aunque el PRI ha mantenido desde el inicio del debate que buscarían sacar un Código Electoral por unanimidad, reconoció que si hay posturas irreductibles de algunos grupos parlamentarios, se respetarán, pero se tendrá que dejar la votación por lo que diga la mayoría.