- El dictamen aprobado por los diputados fue turnado a la Cámara de Senadores
- Afirma Orozco Sandoval que no se está prohibiendo el derecho a la manifestación
El dictamen aprobado por la Cámara de Diputados de las modificaciones a los artículos 11 y 73 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicano, en materia de movilidad universal, denominado por algunos ciudadanos como Ley Antimarchas, a decir de Martín Orozco Sandoval, senador por el Partido Acción Nacional (PAN), de ninguna manera prohíbe el derecho a la manifestación ni pone en riesgo el libre tránsito, tras una breve discusión entre legisladores del PAN y del Partido de la Revolución Democrática (PRD) el jueves pasado, las modificaciones fueron turnadas para su estudio a las comisiones de Puntos Constitucionales, de Comunicaciones y Transportes y Estudios Legislativos, así como para opinión de la Comisión Especial de Movilidad.
En medio de múltiples protestas por todo el país -tan sólo en Aguascalientes el lunes y el viernes hubo dos- para exigir el regreso de los 43 estudiantes de la Normal Rural Isidro Burgos de Ayotzinapa, Guerrero, fue desempolvada por los diputados la propuesta de modificaciones a los artículos antes mencionados, que fue presentada el 24 de septiembre de 2013 por Marcos Aguilar Vega, diputado por el PAN.
A decir de Orozco Sandoval, las modificaciones son en el sentido de que en los artículos 11 y 73 constitucionales, “en el espacio físico en donde un manifestante tiene el derecho de hacerlo, también tiene derecho una persona de transitar libremente y de hacer sus compras, el gobierno tendrá la obligación de implementar las medidas necesarias -no la represión- para que los dos que tienen su derecho, puedan aprovecharlo”, por lo que en ningún momento se está hablando de una prohibición al tema de manifestación.
Negó que el derecho a libre tránsito esté en riesgo, ya que es un derecho universal pero tanto para el que quiere manifestarse como para el que quiere ir a comprar algo a una tienda en donde pase la manifestación, por lo que con este decreto “simplemente se le manda la pelotita a los gobiernos para que implemente las acciones necesarias para que los dos que tienen la libertad de tránsito la puedan establecer”, aclaró que al ser sólo una reforma constitucional, no se dan muchos detalles, por lo que no se puede decir si se pondrán candados a los manifestantes, “vendrán las reformas secundarias en los estados, ya que se les dan 60 días para que se dé en la Cámara de Senadores, se publique y 90 días para que se implemente”.
Anteriormente el artículo 11 constitucional decía: “El Estado garantizará el derecho de toda persona a la movilidad universal, atendiendo a los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad y sustentabilidad”, con las modificaciones ahora dice: “Toda persona tiene derecho a la movilidad universal. La ley general que emita el Congreso de la Unión establecerá las bases para hacer efectivo este derecho, atendiendo a los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad y sustentabilidad”.
Dentro de las consideraciones establecidas en el dictamen el cual se puede consultar en la siguiente dirección http://bit.ly/1yKLBJP, se indica que “un aspecto que no pasa inadvertido es que el derecho a la movilidad universal se refiere entre otros, como lo señala la Carta de Derechos Humanos emergentes al reconocimiento del derecho de toda persona a migrar y establecer su residencia en el lugar de su elección, sin que este derecho pueda ser usado para criminalizar la protesta ni Interpretado en modo alguno como un concepto para restringir los derechos humanos y democráticos de reunión, manifestación y expresión, consagrados en la propia Constitución en los artículo 1 , 6 y 9”.