- Aumentarían penas y se agregarían diversos supuestos en materia de violación y abusos a menores
- Álvarez Michaus desconoció las estadísticas en la materia específicas en el estado
La niñez y la adolescencia representan importantes etapas de la vida humana, en las que además del desarrollo físico, motor y cognitivo se resalta la construcción de la personalidad y el carácter de la persona, por lo que Mario Álvarez Michaus, diputado por el Partido Acción Nacional, presentó esta semana una iniciativa por la cual se reforma el Código Penal en sus artículos 115, 116, 117, 118, 119, 120, 122 y 123, en materia de las siguientes figuras penales típicas protectoras de la libertad sexual, normal desarrollo físico y sicosexual, y libre desarrollo de personalidad.
Para ello, se realizó un estudio comparado de las legislaciones vigentes de los estados de Yucatán, Tlaxcala, Tabasco, Sinaloa, Quintana Roo, Querétaro, Morelos, Jalisco y el Distrito Federal, ya que son entidades que se consideran con una mejor protección en la materia; el diputado destacó que el principal análisis realizado fue la punibilidad de los delitos de Hostigamiento o Acoso Sexual, los Atentados al Pudor o Abusos Deshonestos o Abusos Sexuales, la Corrupción de Menores e Incapaces o Explotación de Menores, la Pornografía Infantil o de Incapaces, el Estupro, la Violación, la Violación Equiparada, el Abuso Sexual y el Abuso Sexual Equiparado, “buscamos, como grupo parlamentario, hacer del ordenamiento penal de Aguascalientes, un Código Modelo en esta sensible materia”.
Las adecuaciones consisten en los siguientes puntos:
Hostigamiento Sexual: incremento de la punibilidad de hasta por las dos terceras partes de sus mínimos y máximos, cuando la víctima sea menor de edad, incorporándose una consideración especial para los jóvenes que antes no era contemplada.
Atentados al Pudor: incremento en la pena para el caso de menores de doce años, pasando de un rango de tres a seis años de prisión, a otro que contempla de cuatro a siete años de prisión, además que se incorpora una protección adicional para las víctimas mayores de doce años pero menores de 18 años, considerándose la pena con cuatro a siete años de prisión y de multa de 100 a 500 días.
Corrupción de Menores e Incapaces: se agrega un supuesto de protección para el caso de la víctima que es menor de doce años de edad o por cualquier causa no puede resistir la conducta del sujeto activo, en cuyo caso se propone que la punibilidad para el responsable se aumente hasta en una mitad respecto de los mínimos y máximos señalados en principio. Aquí, se incorporaría el tipo penal de Corrupción de Menores e Incapaces Equiparada, para agregar el supuesto que contemplan otras entidades como Morelos y Sinaloa; es considerado delito con una pena de tres a cinco años de prisión, y de 200 a 500 días de multa.
Pornografía Infantil o de Incapaces: se agrega un supuesto de sanción mayor para el caso en que el responsable tuviera por víctimas a uno o varios menores de doce años de edad, con la aplicación de diez a 15 años de prisión y de 500 a mil días de multa.
Estupro: en este concepto existen otras entidades federativas que consideran como tope máximo siete, ocho y hasta diez años, el panista propone incrementar un año el rango de punibilidad establecido, pasando de uno a cinco años, a un rango de uno a seis años.
Violación: actualmente se contempla un supuesto de protección mayor para el caso de las víctimas que vayan de los doce a los 18 años de edad, la propuesta es una punibilidad para el responsable de doce a 18 años de prisión y de 150 a 250 días multa. Violación Equiparada: se incrementa el rango por ser una de las áreas prioritarias y más sensibles, “esta sería de las más importantes para reformar, pretendemos pasar del rango doce a 18 años de prisión y 150 a 250 días de multa, a un rango de 14 a 20 años de prisión y de 250 a 400 días multa, así como el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
Para el concepto de Abuso Sexual se propuso algo similar al de Violación, con una punibilidad para el responsable de cuatro a siete años de prisión y de 150 a 250 días multa; mientras que el Abuso Sexual Equiparado, se incrementaría el rango de punibilidad, para pasar del rango de tres a ocho años de prisión a uno de seis a diez años de prisión.
La iniciativa ya fue recibida en la Diputación Permanente en su sesión del pasado miércoles, la cual fue emitida a la Comisión de Justicia para su análisis; sin embargo, Álvarez Michaus desconoció las estadísticas en la materia específicas en el estado, nombrando sólo al Informe Nacional sobre Violencia y Salud realizado por la UNICEF, donde se señala que los sectores de la infancia que enfrentan condiciones más desventajosas son los indígenas, migrantes, institucionalizados, los que viven en la calle y los que son sexualmente explotados; niños expuestos a sufrir toda clase de abusos, malos tratos, abandono y violencia.
“Medir el maltrato infantil es imposible sin las herramientas metodológicas adecuadas, por eso requerimos adentrarnos más en el tema y empezar a trabajar en una legislación más especializada”, razón por la cual invitó a los integrantes de la LXII Legislatura a estudiar con plena objetividad dicha iniciativa sin tomar en cuenta colores partidistas, ya que finalmente los niños y adolescentes no tienen culpa alguna de los intereses políticos del estado.